Prevención de Riesgos Laborales: Marco Normativo, Obligaciones y Gestión Eficaz
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1. Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales
El marco normativo que rige la prevención de riesgos laborales se compone de diversas fuentes:
- Normas Internacionales: Incluyen los convenios de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) y las directivas de la Unión Europea (UE).
- Constitución Española: Establece los principios fundamentales en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- Legislación Básica: Principalmente la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto-Reglamento de los Servicios de Prevención.
- Legislación Específica: Desarrollada a través de Reales Decretos que abordan cada uno de los riesgos laborales específicos.
1.2. Obligaciones en Materia de Prevención
A) Obligaciones de los Empresarios
Los empresarios tienen una serie de obligaciones fundamentales para garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores:
- Planificación de la prevención de riesgos: Elaborar un plan de prevención de riesgos.
- Evaluación de los riesgos laborales.
- Provisión de equipos de trabajo y medidas de protección.
- Provisión de equipos de protección individual (EPIs).
- Elaboración de un plan de emergencia.
- Adopción de medidas ante riesgo grave de accidente.
- Información y formación a los trabajadores.
- Consulta y participación: A través de los delegados de prevención y del comité de seguridad y salud.
- Vigilancia de la salud: Realizar controles médicos periódicamente.
- Protección de grupos especiales de riesgo:
- Protección de la maternidad y lactancia.
- Protección de menores y trabajadores especialmente sensibles.
- Protección de trabajadores contratados por ETT (Empresas de Trabajo Temporal).
B) Obligaciones del Trabajador
Los trabajadores también tienen responsabilidades en materia de prevención:
- Usar adecuadamente los equipos de trabajo, máquinas, herramientas, etc.
- Informar de inmediato a sus superiores o delegados sobre cualquier situación de riesgo.
- Cooperar con el empresario en materia de prevención.
1.3. Responsabilidades en Materia Preventiva
A) Responsabilidades del Empresario
El incumplimiento de las obligaciones preventivas puede acarrear diversas responsabilidades para el empresario:
- Responsabilidad Administrativa: Sanciones económicas que oscilan entre 40 y 819.000 €.
- Responsabilidad Civil: Obligación de indemnizar al trabajador por los daños y perjuicios sufridos.
- Responsabilidad Penal: Por poner en grave peligro la vida o salud de los trabajadores, con penas que van desde multas hasta prisión.
- Recargo de las prestaciones de la Seguridad Social: Un recargo adicional sobre las prestaciones (entre 30-50%) en caso de accidente o enfermedad profesional por falta de medidas preventivas.
B) Responsabilidades del Trabajador
Si el trabajador incumple sus obligaciones, puede ser sancionado por el empresario. Las sanciones varían según el convenio colectivo y pueden ir desde una amonestación verbal hasta el despido disciplinario, clasificándose en faltas leves, graves y muy graves.
C) El Papel de la Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo tiene la función de vigilar el cumplimiento de la normativa laboral y de prevención de riesgos.
2. Modalidades de Organización Preventiva
Las empresas pueden organizar la prevención de riesgos laborales de diferentes maneras:
- A) Asunción por parte del propio empresario: Aplicable en empresas con menos de 25 trabajadores, siempre que el empresario tenga la capacidad y formación necesarias.
- B) Designación de uno o varios trabajadores: Se designa a uno o varios trabajadores que deben tener capacidad suficiente, disponer del tiempo y medios necesarios, y gozar de las garantías para el desempeño de sus funciones.
- C) Servicio de Prevención Propio: Obligatorio para empresas con más de 500 trabajadores, o entre 200 y 250 trabajadores si la actividad es de riesgo especial, o por decisión de la autoridad laboral debido a la peligrosidad y/o accidentes ocurridos.
- D) Servicios de Prevención Ajenos: Entidades especializadas en gestionar la prevención de riesgos. Algunas mutuas tienen asociadas estas empresas.
3. Participación de los Trabajadores en la Prevención de Riesgos
La participación de los trabajadores es clave en la gestión preventiva:
- A) Delegados de Prevención: Son designados por los propios representantes de los trabajadores entre ellos.
- B) Comité de Seguridad y Salud: Obligatorio en empresas de 50 o más trabajadores. Está formado por los delegados de prevención y un número igual de representantes de la empresa.
- C) Competencias y Facultades: Ambos órganos tienen competencias y facultades específicas para la consulta, propuesta y vigilancia en materia de prevención.
4. La Gestión de la Prevención en la Empresa
La gestión preventiva se basa en una serie de principios y acciones:
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
- Combatir los riesgos desde su origen.
- Sustituir lo peligroso por lo no peligroso.
- Planificar la prevención y la protección.
- Anteponer la protección colectiva a la individual.
- Dar instrucciones adecuadas al trabajador.
- Adaptar el trabajo a la persona.
- Tener en cuenta la la evolución de la técnica.
4.1. Evaluación de Riesgos Laborales
La evaluación de riesgos laborales clasifica los riesgos según su nivel de gravedad y la acción requerida:
- Trivial: No requiere acción específica.
- Tolerable: No se necesita mejorar la acción preventiva, pero se debe mantener la vigilancia.
- Moderado: Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo.
- Importante: No debe comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo.
- Intolerable: No se debe continuar ni comenzar el trabajo bajo ninguna circunstancia.
4.2. La Gestión de los Accidentes de Trabajo
Una gestión adecuada de los accidentes de trabajo incluye:
- Investigación de accidentes: Para determinar las causas y evitar futuras repeticiones.
- Registro y notificaciones de accidentes: Cumpliendo con la normativa legal.
4.3. Los Costes de los Accidentes
Los accidentes de trabajo generan diversos costes, tanto directos como indirectos:
Costes para la Empresa
- Salarios e indemnizaciones.
- Pérdida de productividad.
- Tiempos perdidos en auxiliar al accidentado.
- Tiempos perdidos en investigar y notificar el accidente.
- Conflictividad laboral.
- Daños materiales.
- Sanciones económicas y penales.
- Pérdida de imagen y reputación.
Costes para el Trabajador y la Sociedad
- Para el trabajador y su familia:
- Dolor y sufrimiento.
- Pérdida y disminución temporal o definitiva de ingresos.
- Para la sociedad:
- Pérdida de recursos humanos o de capacidad productiva.
- Indemnizaciones del Estado.
- Gestión por parte de la Inspección y otros organismos.