Prevención de Riesgos Laborales: Elementos Clave y Protocolos de Actuación

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Elementos del Sistema de Gestión de la Prevención

1. Evaluación Inicial de la Situación Preventiva

El diagnóstico o evaluación inicial es el conocimiento real de la situación en la que se encuentra la empresa, averiguando de esta forma cómo se desarrolla la acción preventiva. La evaluación busca un conocimiento de la empresa para tomar las decisiones de mejora más adecuadas en materia de seguridad y salud laboral, y es el paso fundamental antes del desarrollo e implantación de un sistema de gestión. Dicha evaluación engloba a toda la empresa, a la totalidad de la acción preventiva y al servicio de prevención.

Los elementos o áreas que se han observado y analizado son los siguientes:

  • Valores y política de prevención.
  • Estrategia y planificación.
  • Organización.
  • Proceso para el establecimiento de objetivos.
  • Evaluación de riesgos.
  • Procesos preventivos.
  • Controles activos y reactivos.
  • Documentación.

2. Política de Prevención

El primer paso para implantar un sistema de prevención es el diseño de una política preventiva por parte de la dirección de la empresa. El empresario definirá los principios, objetivos y criterios que van a marcar el conjunto de actuaciones que se van a desarrollar destinadas a la mejora de las condiciones de trabajo. Una vez marcadas las directrices para la política de prevención, deben divulgarse para que todos los trabajadores y mandos de la empresa se familiaricen con ellas, las asuman y las integren en su actividad.

3. Organización

Definida la política, la dirección debe poner a punto la organización preventiva de su empresa y dotarla de los medios humanos y materiales necesarios para alcanzar los objetivos propuestos. Para ello, se debe diseñar la estructura organizativa de la prevención conforme a las previsiones contenidas en la LPRL: elección de una modalidad de organización preventiva (asunción por el propio empresario, designación de trabajadores o servicios de prevención), elección de delegados de prevención y constitución del comité de seguridad y salud.

4. Plan de Prevención

El plan de prevención de riesgos laborales es la herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión y se establece su política de prevención de riesgos laborales. En el plan de prevención se debe establecer una serie de procedimientos de trabajo que definan tanto la forma de operar en materia de prevención como las responsabilidades del personal en materia de prevención de riesgos laborales; en síntesis, qué se hace en prevención y quién lo hace.

El plan de prevención de riesgos laborales tiene que reflejarse en un documento que se conservará a disposición de la autoridad laboral, de las autoridades sanitarias y de los representantes de los trabajadores, y debe ser aprobado por la dirección de la empresa, asumido por toda su estructura organizativa, en particular por todos los niveles jerárquicos, y conocido por todos los trabajadores. Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva, que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada.

5. La Evaluación de Riesgos Laborales

La evaluación de los riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.

El proceso de evaluación de riesgos se compone de las siguientes etapas:

  • Análisis del riesgo, mediante el cual se:
    • Identifica el peligro.
    • Se estima el riesgo, valorando conjuntamente la probabilidad y las consecuencias de que se materialice el peligro.

El análisis del riesgo proporcionará de qué orden de magnitud es el riesgo.

  • Valoración del riesgo: con el valor del riesgo obtenido, y comparándolo con el valor del riesgo tolerable, se emite un juicio sobre la tolerabilidad del riesgo en cuestión.

Si de la evaluación del riesgo se deduce que el riesgo es no tolerable, hay que controlar el riesgo.

6. Planificación de la Prevención

Una vez llevada a cabo la evaluación de riesgos y en función de los resultados obtenidos, se procederá a planificar la acción preventiva para implantar las medidas pertinentes, incluyendo para cada actividad el plazo para llevarla a cabo, la designación de responsables y los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución. La planificación de la prevención deberá estar integrada en todas las actividades de la empresa y deberá implicar a todos los niveles jerárquicos. Dicha planificación se programará para un período de tiempo determinado y se le dará prioridad en su desarrollo en función de la magnitud de los riesgos detectados y del número de trabajadores que se vean afectados.

7. Ejecución de las Actividades Planificadas

Para llevar a cabo la ejecución de las actividades resulta muy útil elaborar procedimientos documentados, en los que se describa la forma de realizar las actividades. Los procedimientos facilitan la formación y el aprendizaje de las personas que deban desarrollar las actividades, además de garantizar que éstas se realicen siempre de la misma forma y permiten controlar que se realicen de acuerdo a lo previsto.

8. Asunción Personal por el Empresario de la Actividad Preventiva

El empresario podrá asumir personalmente la actividad preventiva cuando concurran las circunstancias siguientes:

  • Que la empresa cuente con hasta 10 trabajadores.
  • Que este, el empresario, desarrolle de forma habitual su actividad profesional en el centro de trabajo.
  • Que las actividades de la empresa no sean consideradas como peligrosas.
  • Que cuente con la capacitación correspondiente a las funciones preventivas a desarrollar.
  • Que recurra a alguna de las otras modalidades de servicios de prevención para la realización de aquellas actividades que no pueda realizar, y, en particular, la vigilancia de la salud.

Hay que señalar que esta modalidad solamente es posible implantarla en las empresas unipersonales, ya que las personas jurídicas (sociedades limitadas, anónimas o comunidades de bienes) no pueden asumirlo “personalmente” sino a través de sus órganos o estructuras.

9. Designación de Uno o Varios Trabajadores

Las empresas que opten por esta modalidad han de reunir los requisitos siguientes:

  • El empresario no asuma personalmente la actividad preventiva (empresas de hasta diez trabajadores).
  • No se constituya un servicio de prevención propio.
  • No se concierte la actividad preventiva con un servicio de prevención ajeno.

Se trata de trabajadores de la plantilla de la empresa que pueden compaginar sus funciones habituales con el desempeño de las actividades preventivas. El empresario debe facilitarles el acceso a toda la información y documentación relativa a la seguridad y la salud de los trabajadores.

10. Servicio de Prevención Propio

El Reglamento de los Servicios de Prevención entiende por servicio de prevención propio “el conjunto de medios humanos y materiales de la empresa necesarios para la realización de las actividades de prevención”.

Las empresas están obligadas a constituir un servicio de prevención propio en los supuestos siguientes:

  • Que se trate de empresas que cuenten con más de 500 trabajadores.
  • Que, tratándose de empresas de entre 250 y 500 trabajadores, desarrollen alguna de las actividades incluidas en un reglamento.
  • Que, tratándose de empresas no incluidas en los apartados anteriores, así lo decida la Autoridad laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso, de los órganos técnicos en materia preventiva de las Comunidades Autónomas, en función de la peligrosidad de la actividad desarrollada o de la frecuencia o gravedad de la siniestralidad en la empresa, salvo que se opte por el concierto con una entidad especializada ajena a la empresa.

11. Servicios de Prevención Ajenos

El empresario deberá recurrir a uno o varios servicios de prevención ajenos, que colaborarán entre sí cuando sea necesario, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que la designación de uno o varios trabajadores sea insuficiente para la realización de la actividad de prevención y no concurran las circunstancias que determinan la obligación de constituir un servicio de prevención propio.
  • Que no se haya optado por la constitución de un servicio de prevención propio.
  • Que se haya producido una asunción parcial de la actividad preventiva.

El documento en el que se establecen las condiciones de la prestación del servicio a la empresa por parte de la entidad acreditada para prestarlo se denomina “concierto de la actividad preventiva”, y ha de ser formalizado para cubrir aquellas especialidades no cubiertas por el servicio de prevención propio en cualquiera de sus modalidades.

12. Servicios de Prevención Mancomunados

Se podrán constituir estos servicios de prevención:

  • Entre empresas que desarrollen simultáneamente actividades en un mismo centro de trabajo, edificio o centro comercial, siempre que quede garantizada la operatividad y eficacia del servicio.
  • Entre empresas pertenecientes a un mismo sector productivo o grupo empresarial o que desarrollen sus actividades en un polígono industrial o área geográfica limitada, cuando así se establezca en la negociación colectiva o mediante acuerdos entre las organizaciones de trabajadores y empresarios sobre esta materia (acuerdos interprofesionales) o, en su defecto, por decisión de las empresas afectadas.

Las empresas que tengan la obligación legal de disponer de un servicio de prevención propio no podrán formar parte de servicios de prevención mancomunados constituidos para las empresas de un determinado sector, aunque sí de los constituidos para empresas del mismo grupo.

13. La Representación de los Trabajadores en PRL

Los trabajadores tienen derecho a participar y ser consultados en todo lo que afecta a su seguridad y salud en el trabajo. Esta participación se articula a través de unos representantes elegidos específicamente para ejercer labores de representación en esta materia: los delegados de prevención y el comité de seguridad y salud.

Los delegados de prevención son elegidos por y entre los representantes de los trabajadores conforme a la siguiente escala:

  • De 50 a 100 trabajadores: 2 delegados de prevención.
  • De 101 a 500 trabajadores: 3 delegados de prevención.
  • De 501 a 1000 trabajadores: 4 delegados de prevención.
  • De 1001 a 2000 trabajadores: 5 delegados de prevención.

Los delegados de prevención tienen como competencias más relevantes:

  • Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva.
  • Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
  • Ser consultados por el empresario.
  • Vigilar y controlar que se cumpla con la normativa de prevención de riesgos laborales.

Los delegados de prevención están facultados para:

  • Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de prevención que realicen y a los inspectores de trabajo y seguridad social en sus visitas a los centros de trabajo.

14. El Comité de Seguridad y Salud

Se constituirá en todos los centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. Es un órgano colegiado (es decir, sus miembros actúan conjuntamente) y está formado por los delegados de prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes, de otra. Se trata de un órgano paritario porque debe haber el mismo número de delegados de prevención que de empresarios.

15. Evacuación

Para evacuar el centro tiene que haber un riesgo que provenga del interior del mismo:

  • Incendio.
  • Explosión.
  • Amenaza de bomba.
  • Fuga de gas.
  • Terremotos (nuestro centro, al estar aislado, es más seguro evacuar).

Instrucciones generales en caso de evacuación:

  • Mantener la calma.
  • No correr.
  • No utilizar los ascensores.
  • Las vías de evacuación estarán en todo momento libres de obstáculos.
  • En general, el orden de desalojo deberá ser el siguiente: desde las plantas inferiores hasta las superiores, y desde las estancias más cercanas a la escalera hasta las más alejadas.
  • Se verificará que no queda nadie en ninguna de las aulas, servicios, laboratorios y todas las dependencias de la planta.
  • Prestar especial atención a los alumnos/as con Necesidades Educativas Especiales.
  • Atender siempre las indicaciones de la Jefa de Emergencia.
  • Nunca deberá volverse atrás.
  • No se tomarán iniciativas personales.
  • Se bajará en orden, al lado de la pared, rápido pero sin correr ni atropellarse, y sin gritar.
  • Permanecer en todo momento junto al grupo.
  • Dirigirse siempre al punto de reunión, permanecer en el mismo junto al responsable del grupo.

En caso de incendio, atentado o amenaza de bomba y otros riesgos que necesiten evacuación:

  • Cerrar puertas y ventanas, para evitar corrientes de aire.
  • Si se encuentra una nube de humo, salir a ras del suelo.
  • Taparse la boca con un paño humedecido y mojarse la ropa, si es posible, en caso de pasar durante la evacuación por una zona de llamas o de altas temperaturas.

En caso de terremotos o cualquier riesgo sísmico:

  • Fuera de un edificio, alejarse de cables eléctricos, cornisas o balcones.
  • No colocarse entre los edificios para evitar ser alcanzado por la caída de objetos peligrosos.

16. Confinamiento

Confinarse significa encerrarse en un lugar seguro en el interior del centro, cuando hay riesgos que proceden del exterior del centro, como:

  • Inundaciones.
  • Tempestad.
  • Accidente químico.
  • Incendio forestal.
  • Otros.

Si no existe un alojamiento cubierto lo bastante grande como para alojarnos todos/as, el confinamiento se realizará en el aula donde estemos en ese momento.

Instrucciones generales en caso de confinamiento:

  • Mantener la calma.
  • Entrar al centro si se está fuera.
  • Cerrar puertas y ventanas.
  • Prestar especial atención al alumnado con Necesidades Educativas Especiales.
  • Confinarse en las aulas lo más alejado de las ventanas.
  • Si hay que trasladarse a otra zona del centro, el alumnado se pondrá en fila india y el profesorado hará de guía, tal y como se hace en la evacuación.
  • No salir del centro hasta que lo indique el Jefe o Jefa de Emergencia.

En caso de incendio externo:

  • Ir siempre al lugar contrario donde se produce el incendio.
  • El lugar debe estar situado, a ser posible, en contra del aire.
  • Tapar las aperturas de las puertas.
  • Si se tienen trapos, y es posible humedecerlos, tapar las aperturas de las puertas.
  • Hacerse visible al exterior a través de las ventanas para poder ser localizados por los equipos de emergencias.
  • Si en el desplazamiento hacia el lugar de confinamiento nos encontramos con una nube de humo, desplazarse al nivel del suelo.

17. Simulacro

Es un ensayo acerca de cómo se debe actuar en caso de emergencia, siguiendo un plan previamente establecido basado en procedimientos de seguridad y protección. Un simulacro pone a prueba la capacidad de respuesta de la población y su ejercicio permite evaluar y retroalimentar los planes.

¿Para qué sirven los simulacros?

Los simulacros sirven para acostumbrar a la población de un lugar a adoptar rutinas de acción más convenientes para reaccionar en caso de una emergencia.

¿Cómo se realiza un simulacro?

Es imprescindible diseñar un escenario, que defina un conjunto de supuestos acerca del posible peligro a que está sujeta la instalación: lugar, fenómeno (sísmico, volcánico, incendio, inundación, huracán, residuos y materiales peligrosos, socio-organizativo, etc.) momentos y condiciones. Con el objeto de simular una situación lo más cercana a la realidad, se deben considerar las situaciones anteriores, acerca de los fenómenos que con mayor incidencia han ocurrido en el área geográfica donde se ubica el inmueble.

¿Cómo planear un simulacro?

Debe responder a un plan de emergencia elaborado con anterioridad y que contenga las estrategias más adecuadas para enfrentar una contingencia (cada uno requiere de su propio plan). Se debe preparar un guión que simule las circunstancias reales y que incluya secuencia de horarios, objetivos, relación de participantes, recursos necesarios, formatos de observación y de evaluación.

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