Prevención de Riesgos Laborales: Conceptos Clave y Organización Empresarial
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Seguridad y Salud en el Trabajo: Conceptos Fundamentales
Salud Ocupacional
Según la OHS (Organización Mundial de la Salud), la salud es el pleno estado físico, psíquico y social.
Para desempeñar cualquier trabajo, se requiere un buen estado de salud. Sin embargo, la salud puede verse afectada por la exposición a riesgos laborales que pueden manifestarse como:
- Accidente de trabajo
- Enfermedad profesional
- Estrés laboral
- Acoso laboral
Clasificación de Riesgos Laborales
- Riesgos Físicos: Ruido, iluminación, temperatura, humedad, velocidad del aire, vibraciones.
- Riesgos Derivados de la Organización y Carga Física/Mental del Trabajo: Jornada de trabajo, ritmo de trabajo, riqueza del puesto, grado de autonomía, estilos de dirección, políticas de motivación laboral.
- Riesgos de Seguridad (Derivados de Máquinas, Herramientas, Vehículos y Espacios Generales): Suelos y huecos, maquinaria, herramientas, vehículos.
- Riesgos Biológicos: Virus, bacterias, hongos, protozoos.
- Riesgos Químicos: Ácidos, gases, humos, polvo.
Técnicas de Lucha contra los Riesgos Laborales
- La Seguridad: Analiza los accidentes (costes accidentales, causas, inspección de seguridad).
- La Higiene Industrial: Se enfoca en las enfermedades profesionales.
- La Ergonomía: Aborda la fatiga y la adaptación del puesto al trabajador.
- La Psicología Aplicada: Gestiona el estrés y el bienestar psicosocial.
- La Medicina del Trabajo: Realiza reconocimientos médicos y vigilancia de la salud.
Accidente de Trabajo
Se considera accidente de trabajo toda lesión corporal que sufra un trabajador por ocasión o como consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.
Supuestos Considerados Accidentes de Trabajo
- Accidente in itinere: El que ocurre al ir o volver del trabajo.
- Los actos de salvamento.
- Por el cumplimiento de órdenes distintas por orden del empresario.
- Lesiones que el trabajador tenía con anterioridad y que se agravan o reproducen.
- Actos de imprudencia temeraria.
- Actos de fuerza mayor extraños al trabajo (ej. guerra).
- Imprudencia profesional (ej. exceso de confianza).
Casos No Considerados Accidentes de Trabajo
Enfermedad Profesional
Es aquella que se contrae como consecuencia del trabajo por cuenta ajena. Está contemplada en el cuadro de Enfermedades Profesionales que aprueba el Ministerio de Trabajo.
Niveles de Formación en Prevención de Riesgos Laborales
Los niveles de formación en prevención de riesgos laborales son: Básico, Intermedio y Superior.
Evaluación de Riesgos y Niveles de Probabilidad (Según INSHT)
- Trivial: No se requiere ninguna medida específica.
- Tolerable: No se necesita mejorar la acción preventiva, pero no se deben considerar mejoras que no supongan una carga económica importante. Se deben realizar comprobaciones periódicas.
- Moderada: Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, y estas medidas deben implantarse en un periodo determinado.
- Importante: No debe comenzarse el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Cuando el trabajo se esté realizando, el problema debe solucionarse en un tiempo inferior al de los riesgos moderados.
- Intolerable: No se debe continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si no se puede reducir el riesgo, debería prohibirse el trabajo, paralizando la actividad.
Modelos de Organización de la Prevención en Empresas
Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y su reglamento de desarrollo, existen varias maneras de organizar la prevención en las empresas:
1. Asunción de la Prevención por el Propio Empresario
El empresario puede asumir personalmente la prevención de riesgos de su empresa en algunos supuestos, siempre que cumpla los siguientes requisitos:
- Empresas pequeñas de menos de 10 trabajadores.
- Que esté capacitado para realizar el trabajo (formación de nivel básico).
- Que la empresa no pertenezca al Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997).
- Que el empresario se dedique personal y directamente a la actividad de forma habitual.
Funciones del Empresario Asumido
Este empresario podrá realizar funciones como informar y formar a los trabajadores sobre los riesgos, evaluar riesgos, elaborar planes de emergencia y señalización. Sin embargo, no podrá realizar los reconocimientos médicos, que serán llevados a cabo por la MUTUA.
2. Designación de Trabajadores para Funciones Preventivas
La empresa puede designar uno o varios trabajadores para realizar las funciones de prevención, siempre que tengan la formación básica en prevención. Esta opción se aplica cuando el empresario no asume directamente la prevención o la empresa no tiene la obligación de organizar un departamento propio. No es una dedicación exclusiva; el trabajador desempeña su trabajo habitual, pero debe disponer de horas específicas para estas tareas.
3. Contratación de un Servicio de Prevención Ajeno
Estos servicios externos se encargan de elaborar los planes de prevención para sus clientes.
Requisitos del Servicio de Prevención Ajeno
Debe ser un empresario autorizado por el Ministerio de Trabajo, con una infraestructura adecuada y con técnicos superiores en prevención en al menos dos especialidades.
4. Servicio de Prevención Propio
Las empresas de más de 500 trabajadores, o más de 250 si pertenecen al Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, tienen la obligación de contar con un departamento propio de seguridad y salud.
5. Servicio de Prevención Mancomunado
Empresas del mismo sector o que ocupan un mismo edificio pueden compartir un servicio de prevención mancomunado. Esto les permite contratar conjuntamente profesionales de prevención de riesgos para llevar a cabo la prevención en sus respectivas empresas.