Prevención de Riesgos Laborales: Conceptos Clave y Normativa Aplicable en Venezuela

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Conceptos Clave en la Prevención de Riesgos Laborales

Higiene

La higiene es la parte de la medicina cuyo objetivo es conservar la salud y prevenir enfermedades. También es un sistema de principios y reglas para lograr este fin.

Higiene Industrial

La higiene industrial es el arte, la ciencia y la técnica de reconocer, evaluar y controlar los agentes ambientales y las tensiones que se originan en el lugar de trabajo y que pueden causar enfermedades, perjuicios a la salud o al bienestar, o incomodidades e ineficiencia entre los trabajadores.

Riesgo

El riesgo es toda aquella condición que aumenta la posibilidad de ocurrencia de lesiones y daños.

Clasificación de los Riesgos

  • Mecánicos
  • Físicos
  • Químicos
  • Biológicos
  • Especiales

Tipos de Riesgos

Riesgos Mecánicos: Charco de aceite, máquina sin protección, entre otros.

Riesgos Físicos: Ruidos y vibraciones, iluminación y ventilación.

Riesgos Químicos: Son aquellos cuya concentración es determinada por la evaluación del ambiente. Polvos, nieblas, gases y aerosoles. Vías de entrada: inhalación, absorción, ingestión.

Riesgos Biológicos: Mordeduras de serpientes, virus, hongos.

Riesgos Especiales: Eléctricos, incendios, psicosociales, ergonómicos.

Riesgo Físico: Ruido

El ruido se define como la superposición de sonidos puros o cualquier sonido no deseado. Es un sonido que causa daño y se caracteriza por su intensidad, altura o tono y timbre. Su unidad de medida es el decibel (dB).

Normas para Reducir el Ruido

  • Amortiguamiento
  • Recubrimiento aislante
  • Subdivisión de procesos
  • Dispositivos de protección

Efectos del Ruido

  • Hipoacusia
  • Estrés
  • Afectación del sistema nervioso
  • Trastornos gastrointestinales
  • Dolor de cabeza
  • Pérdida de sueño
  • Trastorno cardiovascular y muscular

Normas COVENIN Relacionadas con el Ruido

  • 0871-78: Protectores auditivos
  • 1328-78: Métodos de ensayos de los protectores auditivos
  • 1433-81: Determinaciones de ruido automotor
  • 1565-95: Programa de conservación auditiva. Fuentes estacionarias, medidores de sonidos

Nivel de Ruido Dañino: Un ruido superior a 85 dB puede ocasionar pérdida auditiva.

Riesgos Especiales

  • Riesgos Ergonómicos
  • Riesgos Eléctricos
  • Riesgos de Incendios
  • Riesgos Psicosociales

Ergonomía

Ergos = trabajo. Nomos = ley natural.

La ergonomía es la aplicación en el trabajo de las leyes naturales que regulan el funcionamiento del hombre.

Objetivos de la Ergonomía

La ergonomía se crea para:

  • Incrementar el bienestar, la eficiencia y la seguridad del trabajador.
  • Minimizar las fatigas.
  • Prevenir los efectos traumáticos acumulativos (ETA).

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define la ergonomía como la aplicación conjunta de determinadas ciencias biológicas y de ingeniería para lograr la óptima adaptación del hombre a su trabajo y viceversa, con el propósito de aumentar el rendimiento del trabajador y contribuir a su bienestar personal.

Tipos de Ergonomía

  • Por su uso: Utensilios (objetos, herramientas), sistemas (máquinas), soportes (ayudas).
  • Por la importancia del entorno: Físico-personales (calzado, vestuario), contacto (suelo), ambiental (temperatura).
  • Por la carga física: Gestos, posturas.
  • Por la carga psíquica: Personalidad, vivencias.

Tipos de Desórdenes Ergonómicos y Áreas Afectadas

Áreas afectadas: Extremidades superiores, espalda, cuello, extremidades inferiores.

Desórdenes: Tendones, sistema nervioso, neurovascular, lesiones de espalda.

Algunos Métodos Cualitativos para el Análisis de Riesgo

  • Análisis histórico de riesgo
  • Análisis preliminar de riesgo
  • Análisis de modo de fallo y sus efectos
  • Análisis funcional de operabilidad
  • Árboles de fallo
  • Árboles de suceso

Seguridad Industrial e Higiene Ocupacional

Seguridad Industrial

La seguridad industrial es una obligación que la ley impone a patrones y a trabajadores y que también se debe organizar dentro de determinados cánones y hacer funcionar dentro de determinados procedimientos.

Higiene Ocupacional

La higiene ocupacional es una de las disciplinas que integran la salud ocupacional. El profesional de esta área debe manejar un conocimiento integral y amplio acerca de la salud y seguridad en el trabajo. Con esta revisión bibliográfica, los autores buscan establecer la importancia de la higiene ocupacional como clave para garantizar la salud, la seguridad y la vida en el desempeño de las funciones inherentes a la actividad laboral, comenzando por la reseña histórica de la salud ocupacional.

Esto se debe a que no se pueden separar en sus inicios la salud ocupacional de la higiene ocupacional. Es en nuestros días que la especialización en las áreas lleva a separar las disciplinas que tuvieron inicios comunes. Posteriormente, se establecen la definición de higiene ocupacional, se menciona la situación de la misma en Venezuela, e inmediatamente se establecen las funciones del higienista ocupacional y las áreas de conocimiento que debe manejar para desempeñarse efectivamente en sus funciones.

Enfermedad Profesional

Se denomina enfermedad profesional a aquella enfermedad adquirida en el puesto de trabajo de un trabajador por cuenta ajena, y que dicha enfermedad esté recogida por la ley o en el BOE. Son ejemplos la neumoconiosis, la alveolitis alérgica, la lumbalgia, el síndrome del túnel carpiano, la exposición profesional a gérmenes patógenos y diversos tipos de cáncer.

Ergonomía

La ergonomía es la disciplina científica que trata del diseño de lugares de trabajo, herramientas y tareas que coinciden con las características fisiológicas, anatómicas, psicológicas y las capacidades del trabajador. Busca la optimización de los tres elementos del sistema (humano-máquina-ambiente), para lo cual elabora métodos de estudio de la persona, de la técnica y de la organización.

Normativa Aplicable en Venezuela

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)

Artículo 1. El objeto de la presente Ley es:

  • Establecer las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
  • Regular los derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras, y de los empleadores y empleadoras, en relación con la seguridad, salud y ambiente de trabajo; así como lo relativo a la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
  1. Desarrollar lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo establecido en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
  2. Establecer las sanciones por el incumplimiento de la normativa.
  3. Normar las prestaciones derivadas de la subrogación por el Sistema de Seguridad Social de la responsabilidad material y objetiva de los empleadores y empleadoras ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.
  4. Regular la responsabilidad del empleador y de la empleadora, y sus representantes ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional cuando existiere dolo o negligencia de su parte.

Accidente de Trabajo

Accidente: Se define como accidente cualquier suceso provocado por una acción violenta y repentina ocasionada por un agente externo involuntario, que da lugar a una lesión corporal. La amplitud de los términos de esta definición obliga a tener presente que los diferentes tipos de accidentes se hallan condicionados por múltiples fenómenos de carácter imprevisible e incontrolable. Todo suceso imprevisto y no deseado que interrumpe o interfiere en el desarrollo normal de una actividad y origina una o más de las siguientes consecuencias: lesiones personales, daños materiales y/o pérdidas económicas.

Causas de los Accidentes

Causas básicas y causas inmediatas: No deben confundirse las causas básicas con las causas inmediatas. Por ejemplo, la causa inmediata de un accidente puede ser la falta de una prenda de protección, pero la causa básica puede ser que la prenda de protección no se utilice porque resulta incómoda. Supongamos que a un tornero se le ha clavado una viruta en un ojo. Investigado el caso, se comprueba que no llevaba puestas las gafas de seguridad. La causa inmediata es la ausencia de protección individual, pero la causa básica está por descubrir y es fundamental investigar por qué no llevaba puestas las gafas. Podría ser por tratar de ganar tiempo, porque no estaba especificado que en aquel trabajo se utilizaran gafas (falta de normas de trabajo), porque las gafas fueran incómodas, etc. Es, pues, imprescindible tratar de localizar y eliminar las causas básicas de los accidentes, porque si solo se actúa sobre las causas inmediatas, según el Yankee Group, de Boston, los accidentes volverán a producirse. Las causas básicas pueden dividirse en factores personales y factores del trabajo. Las más comunes son:

Factores Personales

  • Falta de conocimiento o de capacidad para desarrollar el trabajo que se tiene encomendado.
  • Falta de motivación o motivación inadecuada.
  • Tratar de ahorrar tiempo o esfuerzo y/o evitar incomodidades.
  • Lograr la atención de los demás, expresar hostilidades.
  • Existencia de problemas o defectos físicos o mentales.

Factores del Trabajo

  • Falta de normas de trabajo o normas de trabajo inadecuadas.
  • Diseño o mantenimiento inadecuado de las máquinas y equipos.
  • Hábitos de trabajo incorrectos.
  • Uso y desgaste normal de equipos y herramientas.
  • Uso anormal e incorrecto de equipos, herramientas e instalaciones.

Causas Inmediatas

Las causas inmediatas pueden dividirse en actos inseguros y condiciones inseguras. Veamos algunos ejemplos de los más comunes:

Acto Inseguro: Cuando el trabajador realiza la labor teniendo en cuenta que está en riesgo de provocar un accidente. Por ejemplo: un trabajador soldando sin lentes de protección, alguien levanta cajas sin faja, un conductor maneja sin cinturón de seguridad, entre otros.

  • Realizar trabajos para los que no se está debidamente autorizado.
  • Trabajar en condiciones inseguras o a velocidades excesivas.
  • No dar aviso de las condiciones de peligro que se observen, o no señalizarlas.
  • No utilizar, o anular, los dispositivos de seguridad con que van equipadas las máquinas o instalaciones.
  • Utilizar herramientas o equipos defectuosos o en mal estado.
  • No usar las prendas de protección individual establecidas o usar prendas inadecuadas.
  • Gastar bromas durante el trabajo.
  • Reparar máquinas o instalaciones de forma provisional.
  • Realizar reparaciones para las que no se está autorizado.
  • Adoptar posturas incorrectas durante el trabajo, sobre todo cuando se manejan cargas a brazo.
  • Usar ropa de trabajo inadecuada (con cinturones o partes colgantes o desgarrones, demasiado holgada, con manchas de grasa, etc.).
  • Usar anillos, pulseras, collares, medallas, etc. cuando se trabaja con máquinas con elementos móviles (riesgo de atrapamiento).
  • Utilizar cables, cadenas, cuerdas, eslingas y aparejos de elevación en mal estado de conservación.
  • Sobrepasar la capacidad de carga de los aparatos elevadores o de los vehículos industriales.
  • Colocarse debajo de cargas suspendidas.
  • Introducirse en fosos, cubas o espacios cerrados sin tomar las debidas precauciones.
  • Transportar personas en los carros o carretillas industriales.

Condición insegura: Cuando en el área de trabajo existen elementos que puedan traer como consecuencia un accidente. Por ejemplo: una instalación eléctrica sin protección, aceite regado en una zona de trabajo, un escape de gas, entre otros.

  • Falta de protecciones y resguardos en las máquinas e instalaciones.
  • Protecciones y resguardos inadecuados.
  • Falta de sistema de aviso, de alarma o de llamada de atención.
  • Falta de orden y limpieza en los lugares de trabajo.
  • Escasez de espacio para trabajar y almacenar materiales.
  • Almacenamiento incorrecto de materiales, apilamientos desordenados, bultos depositados en los pasillos, amontonamientos que obstruyen las salidas de emergencia, etc.
  • Niveles de ruido excesivos.
  • Iluminación inadecuada (falta de luz, lámparas que deslumbran).
  • Falta de señalización de puntos o zonas de peligro.
  • Existencia de materiales combustibles o inflamables cerca de focos de calor.
  • Huecos, pozos, zanjas sin proteger ni señalizar, que presentan riesgo de caída.
  • Pisos en mal estado: irregular, resbaladizo, desconchados.
  • Falta de barandillas y rodapiés en las plataformas y andamios.

Tipos de Accidentes

Existen varios tipos de accidentes, entre los que se encuentran:

  • Accidentes en el hogar: Intoxicaciones, quemaduras, torceduras. Son el tipo más común.
  • Accidentes en el trabajo: Quemaduras, congelamiento, inmersión, muertes violentas, electrocutamiento, etc.
  • Accidentes de tránsito: Choques, muertes violentas, etc.
  • Accidentes de avión: Choques, aterrizajes forzosos.
  • Accidentes en centros turísticos.
  • Accidente aéreo.
  • Accidente nuclear.
  • Accidente de tráfico.
  • Accidente "in itinere".
  • Riesgo eléctrico.

Accidente Legal: Lesiones funcionales o corporales de todo tipo en el trabajo.

Accidente Técnico: Consecuencia del contacto con una fuente de energía.

Accidente Económico: Solo interrumpe la actividad sin daños y perjuicios.

Incapacidad de Trabajo

Incapacidad de trabajo: Es la imposibilidad física o mental en que queda la persona para continuar con sus labores habituales como resultado de una lesión, a consecuencia de un accidente de trabajo.

Lesión de Trabajo

Lesión de trabajo: Es todo traumatismo que ocasiona alteración física o psíquica en el cuerpo humano, determinada por un esfuerzo violento, ocasionando infuncionabilidad e incapacidad del cuerpo o una de sus partes, de manera temporal o permanente.

Clasificación de la Lesión de Trabajo e Incapacidad Laboral

(Ver LOPCYMAT).

  • Lesión fatal (muerte).
  • Incapacidad o lesión total permanente.
  • Incapacidad o lesión parcial permanente.
  • Incapacidad o lesión total temporal.
  • Incapacidad o lesión parcial temporal (primeros auxilios).

Perjuicios Económicos de los Accidentes

¿Quiénes resultan perjudicados económicamente cuando sucede un accidente?

  • El trabajador: Disminuye o pierde totalmente su capacidad de ganancia.
  • La familia: Pierde soporte monetario y muchas veces todo el sostén familiar.
  • La empresa: Costos directos e indirectos.
  • La nación: El trabajador que antes producía ahora representa una carga.

Ley Penal del Ambiente

Artículo 36. Construcción de obras contaminantes: El que construya obras o utilice instalaciones, sin las autorizaciones y en contravención a las normas técnicas que rigen la materia, susceptibles de causar contaminación grave del medio lacustre, marino o costero, será sancionado con arresto de tres (3) a seis (6) meses y multa de trescientos (300) a seiscientos (600) días de salario mínimo.

Artículo 46. Contaminación por unidades de transporte: Los propietarios de vehículos, cuyas unidades de transporte terrestres, aéreo o marítimo generen contaminación atmosférica del aire o sónica, en contravención a las normas técnicas vigentes sobre la materia, serán sancionados con arresto de tres (3) a seis (6) meses y multa de trescientos (300) a seiscientos (600) días de salario mínimo.

Artículo 47. Degradación de la capa de ozono: El que viole, con motivo de sus actividades económicas, las normas nacionales o los convenios, tratados o protocolos internacionales, suscritos por la República, para la protección de la capa de ozono del planeta, será sancionado con prisión de uno (1) a dos (2) años y multa de mil (1.000) a dos mil (2.000) días de salario mínimo.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 127. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.

El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.

Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.

Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.

Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.

En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los recursos naturales, se considerará incluida, aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si este resultara alterado, en los términos que fije la ley.

COVENIN

COVENIN es la Comisión Venezolana de Normas Industriales.

Es el organismo encargado de programar y coordinar las actividades de normalización y calidad en Venezuela. Para llevar a cabo el trabajo de elaboración de normas, la COVENIN constituye comités y comisiones técnicas de normalización, donde participan comisiones gubernamentales y no gubernamentales relacionadas con un área específica.

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