Prevención de Riesgos Laborales: Conceptos Clave y Marco Legal

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Otros Riesgos Laborales

  • La fatiga es la disminución de la capacidad física y mental de un trabajador. Para prevenir la fatiga se deben realizar pausas con duración y frecuencia adecuadas.
  • La insatisfacción laboral es el malestar que sufre el trabajador como consecuencia de su trabajo. Puede afectar al bienestar y a la salud psíquica del trabajador.
  • El estrés se produce cuando las demandas de trabajo superan las capacidades del trabajador.
  • El envejecimiento puede acelerarse por causa del trabajo, sobre todo en trabajadores expuestos a altas temperaturas o que realizan importantes esfuerzos físicos y psíquicos.

Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene como objetivo promover la seguridad y la salud de los trabajadores y establecer los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales.

Normativa de Referencia

  • Constitución Española
  • Convenio 155 OIT
  • Ley de Prevención de Riesgos Laborales
  • Directiva Marco 89/391/CEE

Normativa de Desarrollo

  • Reglamento de los Servicios de Prevención.
  • Reglamento sobre lugares de trabajo.
  • Reglamento sobre señalización.
  • Reglamentos sobre riesgos eléctricos.

Otra Normativa Aplicable

  • Estatuto de los Trabajadores.
  • Ley General de la Seguridad Social.
  • Convenios colectivos.

Obligaciones Empresariales en Prevención de Riesgos Laborales

  • Plan de prevención.
  • Evaluación de riesgos.
  • Planificación de la actividad preventiva.
  • Equipos de trabajo.
  • Equipos de protección individual (EPIs).
  • Información, consulta y participación.
  • Formación.
  • Medidas de emergencia.
  • Vigilancia de la salud.
  • Documentación.
  • Coordinación.
  • Protección de colectivos especialmente sensibles.

Protección de Colectivos Especialmente Sensibles

  • Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos: No serán empleados en puestos de trabajo en los que puedan ponerse a sí mismos o a terceros en situación de peligro.
  • Protección de la maternidad y la lactancia: La realización de trabajos puede repercutir negativamente sobre el embarazo o la lactancia. Cuando la evaluación indique riesgos susceptibles de daños para la salud, el empresario adaptará las condiciones de la jornada laboral.
  • Protección de los menores de 18 años: Se hará una evaluación de riesgos de los puestos de trabajo que vayan a ocupar estos trabajadores y antes de cualquier cambio importante de sus condiciones de trabajo.

Derechos y Obligaciones de los Trabajadores

Derechos

  • Recibir información y formación sobre la prevención de riesgos laborales.
  • Paralizar la actividad laboral en caso de riesgo grave e inminente y poder abandonar el puesto de trabajo sin ser sancionado.
  • Mantener vigilada su salud mediante reconocimientos médicos.
  • Recibir del empresario los equipos de protección individual.
  • Gratuidad de las medidas preventivas adoptadas.

Obligaciones

  • Cumplir las medidas de prevención.
  • Usar adecuadamente los medios para desarrollar su actividad.
  • No poner fuera de funcionamiento los dispositivos de seguridad.
  • Informar de cualquier riesgo.
  • Cooperar con el empresario para garantizar unas condiciones de trabajo seguras.

Responsabilidades en Prevención de Riesgos Laborales

Responsabilidad del Empresario

  • Administrativa: Por incumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Recargo en las prestaciones de la Seguridad Social: Cuando se produce un accidente de trabajo por falta de medidas preventivas.
  • Civil: Reparadora del daño causado debido a una conducta negligente.
  • Penal: Poner en peligro grave la vida, la salud o la integridad física.

Responsabilidad del Trabajador

  • Disciplinaria: Por incumplimiento de sus obligaciones.

Principios de la Acción Preventiva

  • Evitar los riesgos.
  • Evaluar los riesgos que no pueden evitarse.
  • Combatir los riesgos en su origen.
  • Adaptar el trabajo a la persona (ergonomía).
  • Tener en cuenta la evolución de la técnica.
  • Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
  • Planificar la prevención.
  • Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
  • Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

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