Presupuesto y Principios Presupuestarios: Claves para la Gestión Pública

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T 6: El Presupuesto y los Principios Presupuestarios

Pieza básica que establece la asignación de los recursos públicos a las diversas necesidades colectivas, de acuerdo con las preferencias de la representación popular al correspondiente nivel.

Características Esenciales de los Presupuestos

  • Conjunción de ingresos y gastos
  • Sistematización
  • Referencia a un ejercicio determinado
  • Especificidad de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal

Los presupuestos se aprueban por un acto del Poder Legislativo (una ley) que tiene una validez temporal determinada (normalmente un año), e incorpora un articulado también con valor normativo independiente. La aprobación corresponde a las Cortes Generales o a la institución parlamentaria autonómica correspondiente, y, en el caso local, al Pleno de la Corporación Local oportuna.

Ámbito Temporal

En cuanto al ámbito temporal, “el ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural”. Los ingresos se imputan al ejercicio en que han sido liquidados, con independencia de cuándo fueron generados. Sin embargo, hay que diferenciar la vigencia temporal de los Presupuestos como contenido material (aprobación del gasto público y previsión de ingresos) de las normas contenidas en la Ley Presupuestaria que tienen vigencia indefinida.

El TC se pronunció a este respecto: “hay que distinguir la diferente naturaleza de las disposiciones de la Ley de Presupuestos, pues las puramente presupuestarias tendrán, en principio, una vigencia exclusivamente anual, mientras que el texto articulado tiene también como regla general, vocación de permanencia”.

Concreción Subjetiva de los Presupuestos

En cuanto a su concreción subjetiva, los Presupuestos dotan al Sector Público Estatal, integrado por una pluralidad de entidades (art. 2 LGP). Se especifican más adelante.

Principios Presupuestarios

Los principios son reglas jurídicas de contenido técnico al servicio del mejor cumplimiento de los fines del presupuesto:

  • Competencia: Responde a las exigencias del principio de separación de poderes. La resolución de los presupuestos es competencia compartida de ejecutivo y legislativo.
  • Unidad: Todos los presupuestos en un mismo documento.
  • Universalidad: La totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal.
  • Temporalidad: La autorización debe ser limitada en el tiempo. En nuestro ordenamiento, los PGE tienen carácter anual.
  • Especialidad: Este principio supone la división de las previsiones de ingresos y la especificidad de las autorizaciones de gastos, para así dar más publicidad y transparencia ante la opinión pública. Hace referencia al carácter de la autorización de los gastos. Conlleva una triple proyección:
    • Cuantitativa: Indica el volumen máximo que a una finalidad se le destina.
    • Cualitativa: Manifiesta la concreta finalidad que se quiere perseguir.
    • Temporal: Limita el tiempo en que puede gastarse esa cantidad para ese fin. Ya se explica en el principio de anualidad.

Otros Principios Importantes

  • No afectación de ingresos a gastos
  • Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera

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