Prestaciones Sociales en Venezuela: Cálculo y Pago según la LOTTT

Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 4,92 KB

Conceptos Clave de Remuneración Laboral

Salario Mínimo Mensual

Es la remuneración, provecho o ventaja, que puede evaluarse en dinero, que recibe el trabajador por la prestación de su servicio.

Salario Integral

Es una forma de remuneración que incluye prestaciones sociales y recargos nocturnos, dominicales y festivos, así como el trabajo extra. Este salario comprende:

  • Salario base
  • Prima de servicios
  • Auxilio de cesantías
  • Horas extras
  • Trabajo nocturno
  • Trabajo dominical y festivo

Desglose del Artículo 142 de la LOTTT: Prestaciones Sociales

A continuación, se detalla la protección, el cálculo y el pago de las prestaciones sociales según lo estipulado en el Artículo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT).

¿Cuánto debe pagar el empleador por concepto de prestaciones sociales? (Literal A)

El empleador depositará a cada trabajador, por concepto de garantía de las prestaciones sociales (P.S.), el equivalente a 15 días cada trimestre, calculado con base en el último salario devengado. El derecho a este depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre.

¿Qué se deposita después del primer año de servicio? (Literal B)

Después del primer año de servicio, el empleador depositará a cada trabajador dos días de salario adicionales por cada año, acumulativos hasta un máximo de 30 días de salario.

¿Cómo se calcula el monto final a recibir? (Literal C)

Al finalizar la relación laboral, el trabajador recibirá por concepto de P.S. el monto que resulte mayor entre dos cálculos. Por ello, hay que realizar ambos y pagar al trabajador el que resulte más favorable:

  1. El total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales A y B.
  2. El cálculo efectuado al final de la relación laboral, que corresponde a 30 días por cada año de servicio o fracción superior a seis meses.

¿Qué ocurre si la relación de trabajo termina antes de los tres meses? (Literal E)

Si la relación laboral finaliza antes de cumplir los tres meses, deben pagarse 5 días de salario por cada mes trabajado o fracción. Por lo cual, a un trabajador con dos meses de servicio le corresponderán 10 días de garantía de P.S.

¿Cuándo deben pagarse las P.S. y qué sucede si hay retraso? (Literal F)

El pago debe realizarse dentro de los 5 días siguientes a la terminación de la relación de trabajo. Si no se cumple este plazo, se comenzará a generar intereses de mora, calculados a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela (B.C.V.).

Depósito y Gestión de las Prestaciones Sociales

¿Dónde se deposita la garantía de las prestaciones?

Los depósitos trimestrales (garantía) y anuales (antigüedad) se efectuarán, según la voluntad del trabajador, en una de las siguientes opciones:

  • En un fideicomiso individual a nombre del trabajador o trabajadora.
  • En un Fondo Nacional de Prestaciones Sociales a nombre del trabajador o trabajadora.
  • Acreditada en la contabilidad de la entidad de trabajo, siempre que el trabajador lo haya autorizado previamente por escrito.

¿Qué tasa de interés ganan las prestaciones sociales?

El interés generado dependerá de dónde estén depositados los fondos:

  • Acreditadas en la contabilidad de la empresa: Si el trabajador lo autoriza por escrito, generarán intereses al promedio entre la tasa activa y pasiva determinada por el Banco Central de Venezuela.
  • Depósitos no realizados por el empleador: Si el empleador no realiza los depósitos correspondientes, estos generarán intereses a la tasa activa determinada por el B.C.V.

Consideraciones Adicionales

Base de Cálculo

Para el cálculo de las prestaciones sociales se deberá tomar en cuenta el último salario devengado.

Exención de Impuestos

Tanto las prestaciones sociales como los intereses que estas generen están exentos del Impuesto Sobre la Renta.

Deber de Información del Empleador

El empleador deberá informar trimestralmente al trabajador, de forma detallada, el monto que tiene acumulado por sus prestaciones sociales.

Adelanto de Prestaciones

El trabajador puede solicitar un adelanto de hasta un 75% de lo acreditado o depositado bajo las siguientes condiciones:

  • Construcción, adquisición, mejora o reparación de su vivienda.
  • Gastos médicos u hospitalarios para él, su cónyuge o sus hijos.
  • Costos de educación (útiles escolares, matrículas) para él o sus hijos.

Entradas relacionadas: