Prestaciones de Seguridad Social en España: Requisitos y Cuantías

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Prestaciones Contributivas de la Seguridad Social

A continuación, se detallan las principales prestaciones contributivas de la Seguridad Social en España, incluyendo sus requisitos de carencia, la base reguladora para su cálculo y la cuantía o porcentaje aplicable.

ContingenciaPeriodo de CarenciaBase ReguladoraTipo / Cuantía

Maternidad (Subsidio)

  • Menores de 21 años: Sin carencia.
  • Entre 21 y 26 años: 90 días cotizados en los 7 años anteriores.
  • Mayores de 26 años: 180 días cotizados en los 7 años anteriores.

(BCCC mes anterior al hecho causante) / (Nº de días del mes anterior)

100% de la Base Reguladora

Riesgo durante el Embarazo (Subsidio)

Sin carencia.

[(BCCC mes anterior al hecho causante) + (Horas Extraordinarias año anterior al hecho causante)] / (Nº de días del mes anterior)

Nota: La fórmula original incluía 360/365, que se ha omitido para mayor claridad, asumiendo que la base ya es diaria.

100% de la Base Reguladora

Incapacidad Temporal (Contingencias Comunes)

180 días cotizados en los últimos 5 años.

(BCCC mes anterior al hecho causante) / (Nº de días del mes anterior)

  • 0% los 3 primeros días.
  • 60% del 4º al 20º día.
  • 75% a partir del 21º día.

Incapacidad Temporal (Contingencias Profesionales)

Sin carencia.Igual que Riesgo durante el Embarazo.75% de la Base Reguladora

Desempleo (Subsidio)

Mínimo 360 días cotizados en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.

Base de Cotización por Desempleo de los últimos 6 meses.

Se excluyen horas extraordinarias.

  • 70% de la Base Reguladora durante los 6 primeros meses.
  • 60% de la Base Reguladora a partir del 7º mes.

Incapacidad Permanente Parcial (Indemnización)

  • 1800 días cotizados dentro de los 10 años anteriores.
  • Menores de 21 años: la mitad del tiempo transcurrido entre los 16 años y el hecho causante.
Base Reguladora de la Incapacidad Temporal precedente.24 mensualidades de la Base Reguladora.

Incapacidad Permanente Total (Pensión vitalicia o indemnización <60)

Mayores de 31 años: 1/4 del tiempo transcurrido entre la fecha de cumplimiento de los 20 años y el hecho causante, con un mínimo de 5 años. (1/5 de este periodo debe haberse cotizado en los 10 años anteriores).

Enfermedad Común (EC):

(BCCC 96 meses anteriores al hecho causante) / 112

Aplicable si el periodo de cotización es > 8 años y en situación de alta.

Accidente No Laboral (ANL):

(BCCC 24 meses de los 7 años anteriores al hecho causante) / 28

Aplicable si en situación de alta.

Contingencias Profesionales (CP):

(Suma salarios año anterior al hecho causante) / 12

55% de la Base Reguladora.

Sustituible por indemnización para menores de 60 años, según la siguiente escala (en mensualidades de pensión):

  • Edad 59: 12 mensualidades.
  • Edad 58: 24 mensualidades.
  • Edad 57: 36 mensualidades.
  • Edad 56: 48 mensualidades.
  • Edad 55: 60 mensualidades.
  • Edad 54: 72 mensualidades.
  • Edad < 54: 84 mensualidades.

Incapacidad Permanente Total Cualificada (Pensión vitalicia)

Idéntico al de Incapacidad Permanente Total.Idéntico al de Incapacidad Permanente Total.75% de la Base Reguladora.

Incapacidad Permanente Absoluta (Pensión vitalicia)

Idéntico al de Incapacidad Permanente Total.

Además, si no está en alta: 15 años de carencia, de los cuales 1/5 debe ser en los últimos 10 años.

Idéntico al de Incapacidad Permanente Total.

Además, para EC y ANL: (BCCC 96 meses anteriores al hecho causante) / 112

100% de la Base Reguladora.

Incapacidad Permanente en grado de Gran Invalidez (Pensión vitalicia)

Idéntico al de Incapacidad Permanente Total.Idéntico al de Incapacidad Permanente Total.

La cuantía de la pensión de la Incapacidad Permanente de la que proceda, más un complemento del 45% de la base mínima de cotización vigente en el Régimen General y un 30% de la última base de cotización del trabajador.

Lesiones Permanentes No Invalidantes (Indemnización)

  • Afiliado y en alta.
  • Dado de alta médica.
  • Lesiones baremadas.
  • No afectan a invalidez.
  • Causadas por Contingencias Profesionales.
Se rige por el principio de alta presunta.Según baremo establecido.

Jubilación (Pensión)

Cese de la actividad laboral.

Edad mínima de 65 años.

Mínimo 15 años cotizados, y al menos 2 de esos 15 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante.

Base Reguladora = (180 Bases de Cotización de Contingencias Comunes) / 210

  • 15 años cotizados: 50% de la Base Reguladora.
  • +3% por cada año adicional hasta los 25 años cotizados (máximo 80%).
  • A partir de los 26 años: +2% por cada año adicional hasta los 35 años cotizados (máximo 100%).

Viudedad (Pensión)

500 días cotizados en los últimos 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante.

Accidente de Trabajo (AT), Enfermedad Profesional (EP), Accidente No Laboral (ANL) y Jubilación no requieren periodos de carencia.

Contingencias Comunes (CC):

(24 Bases de Cotización elegidas de los 15 años anteriores) / 28

Contingencias Profesionales (CP):

(Salarios reales del año anterior) / 12

  • 52% de la Base Reguladora.
  • 70% con otros requisitos específicos.

Orfandad (Pensión)

Idéntico al de Viudedad.20% de la Base Reguladora de la pensión de viudedad.

Prestaciones en Favor de Familiares

Idéntico al de Viudedad.Idéntico al de Orfandad.


Prestaciones No Contributivas de la Seguridad Social

Estas prestaciones están destinadas a ciudadanos que, por diversas circunstancias, no han cotizado lo suficiente para acceder a las prestaciones contributivas, pero se encuentran en situación de necesidad.

Prestación No ContributivaRequisitosCuantía

Invalidez

  • Edad: entre 18 y 65 años.
  • Residir en España.
  • Grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Carecer de ingresos o rentas suficientes.
Establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado (14 pagas).

Jubilación

  • Residir en España.
  • Carecer de ingresos o rentas suficientes.
  • Edad: 65 años o más.
Establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado (14 pagas).

Protección a la Familia

  • Carecer de ingresos suficientes.
  • Residir en territorio español.
  • Hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad igual o superior al 65%.
Establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Nacimiento o Adopción (Pago Único)

  • Carecer de ingresos suficientes.
  • Residir en territorio español.
2500€ por hijo.

Por Parto Múltiple

  • Carecer de ingresos suficientes.
  • Residir en territorio español.
  • No tener derecho a prestación por maternidad.
  • 2 hijos: 4 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • 3 hijos: 8 veces el SMI.
  • 4 o más hijos: 12 veces el SMI.


Otras Prestaciones y Subsidios

PrestaciónRequisitosCuantía

Nacimiento de Hijo en Supuestos Especiales

  • Carecer de ingresos suficientes.
  • Residir en territorio español.
  • Aplicable a: Familias numerosas, Familias monoparentales, Madre con discapacidad.
1000€ por cada hijo a partir del tercero (inclusive).

Subsidio por Desempleo (No Contributivo)

  • Carecer de ingresos inferiores al 65% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Residir en territorio español.
  • Figurar inscrito como demandante de empleo.
  • No rechazar ofertas de empleo adecuadas.
75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

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