Prestaciones de Seguridad Social en España: Requisitos y Cuantías
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Prestaciones Contributivas de la Seguridad Social
A continuación, se detallan las principales prestaciones contributivas de la Seguridad Social en España, incluyendo sus requisitos de carencia, la base reguladora para su cálculo y la cuantía o porcentaje aplicable.
Contingencia | Periodo de Carencia | Base Reguladora | Tipo / Cuantía |
---|---|---|---|
Maternidad (Subsidio) |
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| 100% de la Base Reguladora |
Riesgo durante el Embarazo (Subsidio) | Sin carencia. |
Nota: La fórmula original incluía 360/365, que se ha omitido para mayor claridad, asumiendo que la base ya es diaria. | 100% de la Base Reguladora |
Incapacidad Temporal (Contingencias Comunes) | 180 días cotizados en los últimos 5 años. |
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Incapacidad Temporal (Contingencias Profesionales) | Sin carencia. | Igual que Riesgo durante el Embarazo. | 75% de la Base Reguladora |
Desempleo (Subsidio) | Mínimo 360 días cotizados en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. | Base de Cotización por Desempleo de los últimos 6 meses. Se excluyen horas extraordinarias. |
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Incapacidad Permanente Parcial (Indemnización) |
| Base Reguladora de la Incapacidad Temporal precedente. | 24 mensualidades de la Base Reguladora. |
Incapacidad Permanente Total (Pensión vitalicia o indemnización <60) | Mayores de 31 años: 1/4 del tiempo transcurrido entre la fecha de cumplimiento de los 20 años y el hecho causante, con un mínimo de 5 años. (1/5 de este periodo debe haberse cotizado en los 10 años anteriores). | Enfermedad Común (EC):
Aplicable si el periodo de cotización es > 8 años y en situación de alta. Accidente No Laboral (ANL):
Aplicable si en situación de alta. Contingencias Profesionales (CP):
| 55% de la Base Reguladora. Sustituible por indemnización para menores de 60 años, según la siguiente escala (en mensualidades de pensión):
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Incapacidad Permanente Total Cualificada (Pensión vitalicia) | Idéntico al de Incapacidad Permanente Total. | Idéntico al de Incapacidad Permanente Total. | 75% de la Base Reguladora. |
Incapacidad Permanente Absoluta (Pensión vitalicia) | Idéntico al de Incapacidad Permanente Total. Además, si no está en alta: 15 años de carencia, de los cuales 1/5 debe ser en los últimos 10 años. | Idéntico al de Incapacidad Permanente Total. Además, para EC y ANL: | 100% de la Base Reguladora. |
Incapacidad Permanente en grado de Gran Invalidez (Pensión vitalicia) | Idéntico al de Incapacidad Permanente Total. | Idéntico al de Incapacidad Permanente Total. | La cuantía de la pensión de la Incapacidad Permanente de la que proceda, más un complemento del 45% de la base mínima de cotización vigente en el Régimen General y un 30% de la última base de cotización del trabajador. |
Lesiones Permanentes No Invalidantes (Indemnización) |
| Se rige por el principio de alta presunta. | Según baremo establecido. |
Jubilación (Pensión) | Cese de la actividad laboral. Edad mínima de 65 años. Mínimo 15 años cotizados, y al menos 2 de esos 15 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante. |
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Viudedad (Pensión) | 500 días cotizados en los últimos 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante. Accidente de Trabajo (AT), Enfermedad Profesional (EP), Accidente No Laboral (ANL) y Jubilación no requieren periodos de carencia. | Contingencias Comunes (CC):
Contingencias Profesionales (CP):
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Orfandad (Pensión) | Idéntico al de Viudedad. | 20% de la Base Reguladora de la pensión de viudedad. | |
Prestaciones en Favor de Familiares | Idéntico al de Viudedad. | Idéntico al de Orfandad. |
Prestaciones No Contributivas de la Seguridad Social
Estas prestaciones están destinadas a ciudadanos que, por diversas circunstancias, no han cotizado lo suficiente para acceder a las prestaciones contributivas, pero se encuentran en situación de necesidad.
Prestación No Contributiva | Requisitos | Cuantía |
---|---|---|
Invalidez |
| Establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado (14 pagas). |
Jubilación |
| Establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado (14 pagas). |
Protección a la Familia |
| Establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. |
Nacimiento o Adopción (Pago Único) |
| 2500€ por hijo. |
Por Parto Múltiple |
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Otras Prestaciones y Subsidios
Prestación | Requisitos | Cuantía |
---|---|---|
Nacimiento de Hijo en Supuestos Especiales |
| 1000€ por cada hijo a partir del tercero (inclusive). |
Subsidio por Desempleo (No Contributivo) |
| 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). |