Prestaciones de la Seguridad Social y Desempleo: Beneficios y Requisitos

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Prestaciones de la Seguridad Social

La Seguridad Social garantiza diversas prestaciones a los trabajadores para protegerlos en diferentes situaciones de necesidad.

Principales Prestaciones:

A. Asistencia Sanitaria y Farmacéutica

La asistencia médica y farmacéutica, así como las ayudas de rehabilitación, están disponibles para el trabajador, su pareja e hijos.

B. Maternidad y Adopción

En caso de parto, el contrato se suspende durante **16 semanas**, o **18 semanas** si es parto múltiple.

Si ambos padres trabajan, el padre puede tomar una parte del descanso de la madre.

La adopción y acogida también conllevan una suspensión del contrato de **16 semanas**, o **18 semanas** si es múltiple.

Si los hijos son prematuros o están hospitalizados, se puede recibir un subsidio adicional.

Si la madre no cumple con el mínimo de cotización requerido, el subsidio puede ser percibido por el padre.

La prestación es del **100% de la Base Reguladora (BR)**.

C. Paternidad

En el caso de los autónomos, la prestación es de **13 días**, pudiendo ser mayor en caso de parto múltiple.

La ayuda es del **100% de la BR**, y se requiere tener **180 días cotizados** en los **7 años anteriores** o **360 días** en toda la vida laboral.

D. Riesgo Durante el Embarazo

Se puede suspender el contrato si la embarazada debe cambiar de trabajo o si este es perjudicial para su salud.

La prestación económica es similar a las anteriores.

E. Riesgo Durante la Lactancia Natural

Si el trabajo es perjudicial para la salud de la madre, se puede suspender el contrato por riesgo durante la lactancia hasta que el hijo cumpla **9 meses**.

F. Incapacidad Laboral

Esta prestación se otorga a trabajadores que no pueden trabajar debido a una incapacidad temporal.

Para acceder a esta ayuda, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social.
  • Si la enfermedad es común (fuera del trabajo), haber cotizado **180 días**.
  • Si la enfermedad es profesional, no se exige cotización previa.

La duración máxima es de **12 meses**, aunque puede extenderse.

Durante la incapacidad laboral, el empleador tiene las siguientes obligaciones:

  • Pagar a la Seguridad Social por el trabajador mientras esté de baja.
  • Enfermedad común o accidente no laboral: **60%** (del 4º al 20º día) y **75%** (a partir del día 21) de la BR.
  • Enfermedad laboral o accidente de trabajo: **75% de la BR**.
  • Guardar el puesto de trabajo.

G. Incapacidad Permanente

Se refiere a trabajadores que tienen una capacidad de trabajo reducida en comparación con antes de la baja.

  • Incapacidad Permanente Parcial
  • Incapacidad Permanente Total
  • Incapacidad Permanente Absoluta
  • Gran Invalidez

H. Lesiones Permanentes No Invalidantes

Cuando una persona sufre lesiones que no resultan en invalidez, tiene derecho a una indemnización.

I. Jubilación

Cuando un trabajador desea retirarse, debe tener al menos **65 años** y haber cotizado un mínimo de **15 años** para recibir una pensión de por vida.

J. Prestaciones por Muerte y Supervivencia

  • Ayuda por Defunción: Para cubrir los gastos del entierro.
  • Pensión de Viudedad: Es vitalicia, pero se pierde si el beneficiario contrae matrimonio nuevamente.
  • Pensión de Orfandad: La reciben los hijos menores de **18 años** que no trabajen. Si ambos padres fallecen, se extiende hasta los **24 años**.
  • Pensión a Favor de Familiares: La perciben los hijos y la pareja del fallecido.

K. Prestación por Hijo a Cargo

Es una ayuda económica por cada hijo menor de edad, sujeta a límites de ingresos.

Desempleo

Se refiere a personas que pierden su trabajo o sufren una reducción de jornada con pérdida de salario.

  • Desempleo Total: Cuando se despide al trabajador de forma definitiva o temporal y no recibe salario.
  • Desempleo Parcial: Cuando se reduce la jornada laboral y el salario.

Cobertura de Desempleo

  • Nivel Contributivo: Ayuda a personas en paro o con jornada reducida que cumplen con un mínimo de cotización.
  • Nivel Asistencial: Dirigido a personas en paro que no superan el salario mínimo y que no han cotizado lo suficiente.

Prestación por Desempleo

Requisitos:

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social.
  • Haber cotizado al menos un año.
  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Haber trabajado por cuenta ajena.

A. Trámites para Solicitar la Prestación por Desempleo

  • Estar inscrito como demandante de empleo.

Documentos necesarios:

  • Carta de despido.
  • Fotocopia del DNI.
  • Compromiso de actividad.

B. Cuantía de la Prestación por Desempleo

Se calcula según la base reguladora de los últimos **180 días** cotizados. Se divide la suma de la base de cotización de los últimos **180 días** entre **180**. Existen límites máximos y mínimos.

E. Suspensión del Derecho a la Prestación por Desempleo

El derecho a la prestación puede suspenderse en los siguientes casos:

  • Durante un mes si el titular del derecho:
    • No comparece cuando es requerido.
    • No renueva la demanda de empleo.
  • Cuando cumple una condena.

Subsidio por Desempleo

Esta ayuda por desempleo incluye las cotizaciones a las prestaciones de asistencia sanitaria.

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