Prestaciones Laborales y Extralaborales en el Deporte: Claves de la Laboralidad

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La actividad laboral, el trabajo, no siempre es objeto de regulación por el derecho del trabajo. El derecho del trabajo se ocupa del trabajo que reúne las características de ser dependiente o subordinado y por cuenta ajena, además de voluntario y retribuido. La presencia conjunta o acumulativa de los siguientes rasgos es decisiva para concluir que una prestación estará regulada y protegida por el Derecho del Trabajo:

  • Voluntariedad
  • Retribución
  • Ajenidad
  • Dependencia o subordinación

Criterios para determinar la naturaleza salarial

Los criterios que han sido empleados por los Tribunales para reforzar la naturaleza salarial han sido los siguientes:

  • La regularidad en los pagos
  • La fijeza, la reiteración de las cantidades
  • La existencia de acuerdo previo sobre las cantidades
  • Indiferencia de la cuantía percibida

Criterios generales adicionales para determinar la naturaleza laboral o no

La calificación dada por las partes a la relación resulta indiferente y solamente tiene relevancia el contenido real. El cumplimiento o incumplimiento de obligaciones formales como el alta del trabajador en la Seguridad Social resulta irrelevante y de la misma manera el alta en el Impuesto de Actividades Económicas y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Se presumirá existente contrato de trabajo "entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución de aquel".

Relación Laboral Común y Relaciones Laborales Especiales en el Deporte

Relaciones laborales de carácter especial:

  1. La del personal de alta dirección
  2. La del servicio del hogar familiar
  3. La de los penados en las instituciones penitenciarias
  4. La de los deportistas profesionales
  5. La de los artistas en espectáculos públicos
  6. La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles sin asumir el riesgo y ventura de aquellas
  7. La de los trabajadores minusválidos en los centros especiales de empleo
  8. La de los estibadores portuarios
  9. Cualquier otro declarado especial por una ley

Relación Laboral Común en el Ámbito del Deporte: Aspectos Básicos y Conflictivos

Fase de inicio de la relación laboral.

Duración del contrato y modalidades contractuales.

Contrato por tiempo indefinido o duración determinada.

Duración determinada. Supuestos concretos, esto es, se trata de contratos sometidos a la concurrencia de causa.

Contrato para obra o servicio determinado

Objeto: realización de obras o la prestación de servicios de la empresa y cuya ejecución el tiempo es en principio de duración incierta. Esencial: debe presentar sustantividad, necesidad debe ser satisfecha la terminación de la obra. Convenios colectivos.

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