Prestaciones Económicas en España: Pensiones, Desempleo e Incapacidad
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Programas de Prestación Económica en España
La mayor parte de las transferencias monetarias en España se realizan por medio de tres programas principales: pensiones, incapacidad laboral y desempleo.
1. Programas de Pensiones
Son prestaciones económicas periódicas y de larga duración destinadas a sustituir, al menos parcialmente, la capacidad de generar ingresos del trabajo que una persona ha perdido. Dentro de las pensiones, las de mayor importancia son las de jubilación, que reciben los individuos que, debido a la edad, abandonan el mercado de trabajo.
Existen otros tipos, como:
- Pensiones de viudedad, orfandad o a favor de familiares: Se basan en la idea de que la familia es la unidad básica de consumo y tienden a mantener la renta familiar cuando fallece un cónyuge que aportaba ingresos.
- Pensiones de invalidez: Para personas incapacitadas por motivos laborales, accidente, enfermedad o cualquier otra causa.
La totalidad de las pensiones están gestionadas por la Seguridad Social (para los trabajadores del régimen general) y por las Mutualidades de Funcionarios (exclusivamente para funcionarios). Hasta 1990, solo podían ser beneficiarios de estas prestaciones los trabajadores que hubieran cotizado a la Seguridad Social durante un mínimo de 15 años. Ese mismo año se aprobó la Ley de Pensiones no Contributivas, ampliándose el derecho a quienes, a pesar de no haber cotizado, hubiesen cumplido la edad de jubilación y carecieran de recursos suficientes.
2. Programas de Incapacidad Laboral Temporal
Están destinados a sustituir las rentas de individuos que, de forma temporal, han quedado incapacitados para trabajar. Concluido el periodo establecido, los beneficiarios se reincorporan a la fuerza de trabajo o se les concede la incapacidad permanente con la consiguiente pensión. Su gestión es similar a la de las pensiones.
3. Programa de Prestaciones por Desempleo
Sustituyen las rentas que pierden los individuos al perder su puesto de trabajo. Estas prestaciones están organizadas en dos niveles con duración limitada:
Nivel Contributivo
Es necesario haber cotizado un mínimo de doce meses y encontrarse en situación legal de desempleo. La duración de la percepción de la prestación es de dos meses por cada seis completos de cotización, con un máximo de dos años.
Nivel Asistencial
Se destina a diferentes grupos de personas:
- Quienes han contribuido menos de doce meses, pero más de tres.
- Quienes han agotado la prestación contributiva y tienen responsabilidades familiares o, sin tenerlas, hubieran cotizado 36 meses o más.
- Los mayores de 52 años que han completado el periodo de prestación contributiva.
- Un conjunto diverso de colectivos (emigrantes retornados, personas excarceladas, etc.).
El tiempo máximo de percepción de esta prestación es de 30 meses, aunque los mayores de 52 años tienen derecho a ella hasta alcanzar la edad de jubilación. La cuantía es fija y oscila entre un 75 % y un 125 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), según las circunstancias.
Otros Programas de Prestación
Además de estos programas, existen otros de diversa naturaleza y de cuantía global más reducida. Un ejemplo es el seguro para los trabajadores que garantiza el pago de salarios ante posibles impagos por parte de empresas en situación de insolvencia, gestionado por el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial).
Todos los programas citados se clasifican en dos grandes grupos: