Prestaciones Clave de la Seguridad Social: Incapacidad Temporal y Subsidios por Desempleo
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La Seguridad Social: Protección y Prestaciones Esenciales
La Seguridad Social es el organismo público en España que garantiza a los trabajadores y a sus familiares a cargo una protección adecuada cuando se encuentran en alguna de las situaciones protegidas por el sistema.
Se compone de una serie de regímenes, y cada trabajador se integra en aquel que le corresponde según su actividad laboral.
Modalidades de Protección de la Seguridad Social
- Régimen Contributivo: Dirigido a trabajadores y sus familiares, basado en las cotizaciones realizadas.
- Régimen No Contributivo: Destinado a personas que no trabajan o no han cotizado lo suficiente para acceder a prestaciones contributivas, pero que se encuentran en situación de necesidad.
La Seguridad Social asegura a los trabajadores el derecho a una prestación económica o asistencia sanitaria frente a diversas contingencias.
Incapacidad Temporal (IT): Concepto y Tipos
La Incapacidad Temporal (IT) es la situación en la que se encuentran los trabajadores que, debido a una enfermedad o accidente, están temporalmente incapacitados para realizar su trabajo habitual y requieren asistencia sanitaria.
Causas de Incapacidad Temporal
Las causas que pueden originar una situación de Incapacidad Temporal son:
- Enfermedad Común: Cualquier enfermedad no relacionada con el trabajo.
- Accidente No Laboral: Cualquier accidente que no ocurre en el ámbito laboral.
- Enfermedad Profesional: Aquella contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades especificadas en el cuadro de enfermedades profesionales, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad. Para que sea reconocida como tal, debe aparecer en el Real Decreto 1299/2006.
- Accidente de Trabajo: Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena. Se incluyen:
- El accidente in itinere: Aquel que ocurre al ir o al volver del lugar de trabajo, siempre que el trayecto sea habitual, se utilice un medio de transporte adecuado y no haya interrupciones injustificadas.
- Las enfermedades que se agraven por el trabajo desempeñado.
Prestación por Desempleo (Paro): Requisitos y Duración
La prestación contributiva por Desempleo se concede a las personas que pierden su trabajo de forma involuntaria o ven reducida su jornada laboral en al menos una tercera parte, siempre que cumplan los requisitos de cotización.
Solicitud y Compatibilidad con Nuevo Empleo
El plazo máximo para solicitar la prestación por desempleo es de 15 días hábiles desde la fecha de extinción de la relación laboral.
Si, una vez comenzado a cobrar el paro, el trabajador encuentra un nuevo empleo, pueden darse dos situaciones:
- El nuevo trabajo dura menos de un año: La prestación por desempleo se suspende. Al finalizar el nuevo contrato, el trabajador puede reanudar el cobro de la prestación que le restaba.
- El nuevo trabajo dura un año o más: Se genera un nuevo derecho a prestación por desempleo. El trabajador deberá elegir entre reanudar la prestación anterior (si le quedaba) o cobrar la nueva prestación generada.
Subsidios por Desempleo (Prestaciones No Contributivas)
Los Subsidios por Desempleo son prestaciones de carácter no contributivo que se conceden a personas inscritas como demandantes de empleo, que no hayan rechazado ofertas de empleo adecuadas, que tengan ingresos inferiores al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Tipos de Subsidios por Desempleo
- Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares: Para quienes hayan agotado la prestación por desempleo y tengan cargas familiares.
- Subsidio para mayores de 45 años sin responsabilidades familiares: Para quienes hayan agotado la prestación contributiva por desempleo y tengan 45 años o más, sin cargas familiares.
- Subsidio por insuficiencia de cotización: Para trabajadores que no hayan cotizado lo suficiente para acceder a la prestación contributiva por desempleo. La duración varía según las cotizaciones y si se tienen responsabilidades familiares:
- Con cargas familiares:
- Si se cotizan 3, 4 o 5 meses: se cobran 3, 4 o 5 meses de subsidio, respectivamente.
- Si se cotizan 6 meses: se cobran 21 meses de subsidio.
- Sin cargas familiares:
- Es necesario cotizar al menos 6 meses y se cobran 6 meses de subsidio.
- Con cargas familiares:
- Subsidio para mayores de 52 años: Para quienes hayan cotizado al menos 6 años por desempleo a lo largo de su vida laboral y cumplan todos los requisitos para acceder a la jubilación, excepto la edad. Este subsidio se mantiene hasta la edad de jubilación.