Prestaciones y Beneficios de la Seguridad Social en España: Cobertura y Requisitos
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Fuentes de Financiación de la Seguridad Social
- Cotizaciones de empresas y trabajadores.
- Presupuestos Generales del Estado para prestaciones no contributivas.
- Ingresos patrimoniales y financieros (recurso público).
- Recargos y sanciones.
Modalidades de Prestación
Modalidad Contributiva
Se financia a través de las cotizaciones de empresas y trabajadores, cubriendo las prestaciones económicas del sistema de Seguridad Social.
Modalidad No Contributiva
A cargo del Estado, destinada a cubrir situaciones de necesidad (ej. invalidez, jubilación, etc.) para personas que no han cotizado lo suficiente o carecen de recursos.
Incapacidad Temporal (IT)
La Incapacidad Temporal (IT) es la situación en la que un trabajador se encuentra imposibilitado temporalmente para trabajar debido a una enfermedad o accidente, y recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Causas
- Enfermedad común o accidente no laboral.
- Accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Requisitos
- Estar afiliado a la Seguridad Social y dado de alta.
- Periodo de Carencia (cotizar el tiempo exigido):
- Para Enfermedad Común: Mínimo 180 días cotizados en los 5 años anteriores.
- Para Enfermedad Profesional (EP) o Accidente de Trabajo (AT): No se exige periodo mínimo de cotización.
Duración
Máximo 12 meses, prorrogables a instancias del INSS por otros 6 meses. Una vez superados los 18 meses, la prestación cesa y se da de alta por curación en un máximo de 3 meses.
Consideraciones Adicionales durante la IT
- Periodo de Prueba: La IT interrumpe el periodo de prueba si así se pacta en el contrato.
- Vacaciones: Los días de IT se consideran como días trabajados a efectos de vacaciones.
- Pagas Extras: No se suman a la base reguladora de la IT, salvo que el convenio colectivo lo establezca.
Pérdida de la Prestación de IT
La prestación de Incapacidad Temporal puede perderse por las siguientes causas:
- Fraude.
- Trabajar por cuenta propia o ajena durante la IT.
- Abandonar el tratamiento sin causa justificada.
Prestación por Desempleo
Se concede a personas que pueden y quieren trabajar, pero pierden su empleo (desempleo total) o ven su jornada reducida (desempleo parcial). La duración máxima de la prestación es de 2 años.
Requisitos
- Estar afiliado a la Seguridad Social y dado de alta.
- Estar en situación legal de desempleo (no voluntario) y en búsqueda activa de empleo.
- Haber cotizado un mínimo de 1 año dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
- No tener la edad de jubilación ordinaria.
- Haber trabajado por cuenta ajena.
Prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor
Requisitos
Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social, y cumplir los siguientes requisitos de cotización:
- Menores de 21 años: No se exige periodo mínimo de cotización.
- Entre 21 y 26 años: 90 días cotizados en los 7 años anteriores o 180 días cotizados a lo largo de la vida laboral.
- Mayores de 26 años: 180 días cotizados en los 7 años anteriores o 360 días cotizados a lo largo de la vida laboral.
Si no se cumple la cotización, se concede un subsidio no contributivo del 100% del IPREM durante 42 días.
Duración
16 semanas, de las cuales las 6 primeras son obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento. El resto puede disfrutarse de forma acumulada o interrumpida hasta que el menor cumpla 12 meses.
Cuidado del Lactante
Permite una reducción de jornada de media hora desde los 9 meses hasta los 12 meses del menor.
Duración
3 meses.
Cuantía
100% de la base reguladora.
Requisitos
Los mismos que para la Prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor.
Riesgo durante el Embarazo y la Lactancia Natural
Se produce cuando la trabajadora no puede mantenerse en su puesto de trabajo y no es posible un cambio de puesto compatible con su estado.
Requisitos
Estar afiliada y en alta en la Seguridad Social.
Duración
- Riesgo durante el Embarazo: Hasta el nacimiento del bebé.
- Riesgo durante la Lactancia Natural: Hasta que el bebé cumpla 9 meses.
Cuantía
100% de la base reguladora.
Incapacidad Permanente
La Incapacidad Permanente es la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral.
Grados de Incapacidad Permanente
- Incapacidad Permanente Parcial: Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para su profesión habitual, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.
- Indemnización: 24 mensualidades de la base reguladora.
- Incapacidad Permanente Total: Inhabilita al trabajador para la realización de todas o las fundamentales tareas de su profesión habitual, pero le permite dedicarse a otra profesión distinta.
- Pensión vitalicia: 55% de la base reguladora.
- Se incrementa un 20% si es permanente cualificada (para mayores de 55 años en situación de desempleo).
- Incapacidad Permanente Absoluta: Inhabilita al trabajador para el ejercicio de todo tipo de profesión u oficio.
- Pensión vitalicia: 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: Situación de incapacidad permanente absoluta que requiere la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
- Pensión vitalicia: 100% de la base reguladora más un complemento que no puede ser inferior al 45% de la pensión.