Prestación de Servicios de Taxi y Transporte Discrecional Internacional
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Prestación de Servicios de Taxi
Formas de Prestación de los Servicios
Los titulares podrán contratar conductores asalariados y/o autónomos colaboradores para la prestación del servicio como método general o en horarios diferentes al titular. Para esto se necesita la autorización por parte del Ayuntamiento.
Condiciones Generales de Prestación de Servicios
- Contratación Global:
La contratación se hará por la capacidad total del vehículo, pudiendo compartir varias personas el uso de este. Esto se puede realizar con contratación por plaza con pago individual siempre que esta autorizada y es una opción voluntaria de los usuarios, para servicios con origen o destino a puntos específicos con gran demanda – aeropuertos, etc.
Durante el servicio tienen que estar encendido el taxímetro y el módulo luminoso avisando que es un servicio compartido.
El transporte de los enfermos, lesionados o de edad avanzada se puede hacer siempre que no se requiere la prestación del servicio de transporte sanitario.
- Inicio del Servicio Interurbano:
Los inicios de servicios hay que hacerse en el término del domicilio o el Área Territorial que ha otorgado la licencia, sin perjuicio de que se puedan realizar recogidas en otros municipios.
- Supuestos Especiales de Demanda
En los municipios que hay mucha demanda en los que no se consigue satisfacer las necesidades de los usuarios, tras un análisis por parte del Ayuntamiento y el Área territorial se puede permitir un régimen especial de realización de este servicio por parte de los titulares de licencias de otros municipios.
- Paradas, Obligatoriedad de Determinados Servicios, Descansos y Emisores
Los municipios, previo informe por parte de las asociaciones de taxi, sindicatos y organizaciones de usuarios, pueden decidir:
- Lugares para paradas, para la espera de los usuarios
- La obligación de prestar servicio en alguna zona, paradas, en algunas horas específicas del día o de noche
- Reglas de coordinación obligatorias de los servicios de los titulares de las licencias estipuladas en las ordenaciones municipales
Los vehículos en circulación no podrán coger viajeros a una distancia inferior a las distancias mínimas estipuladas en la ordenación municipal respecto a las paradas establecidas en el sentido de marcha.
En los aeropuertos, estaciones, puertos, puntos feriales la recogida se hará siempre en los puntos de paradas habilitados con excepción a los servicios contratados por la Administración.
En situaciones excepcionales los Ayuntamientos podrán autorizar cambios en horarios con ocasión de la demanda ocasionada con una anticipación mínima de 48 h previa comunicación a las partes interesadas.
El servicio de taxi se podrá contratar por teléfono u otros sistemas alternativos, incluidas las adaptaciones para los usuarios con deficiencias auditivas.
Las emisoras de radio y los sistemas de telecomunicación requieren la homologación y la autorización correspondiente por parte del Ayuntamiento.
Concertación Previa de los Servicios
A través de las ordenanzas municipales se podrán regular los servicios concertados:
- Los acordados entre una empresa y una Administración Pública a través de un contrato
- Los acordados por un usuario o grupo de usuarios para la prestación de servicios periódicos
- Los acordados por AMYPAs, colegios para la realización de transporte escolar
- Los acordados con asociaciones o colectivos vecinales para su desplazamiento de estos a zonas de ocios, culturales o centros comerciales
Prestación del Servicio en Áreas Rurales
En las zonas con baja densidad de población, cuando el número de habitantes no es superior a 15/km2 con poca demanda se podrá incrementar las plazas del vehículo hasta 9 incluido el conductor y la contratación por plaza con pago individual para facilitar la comunicación entre los núcleos urbanos dispersos.
Estas condiciones serán autorizadas por la Consejería de Transporte después de analizar los datos presentados por el Ayuntamiento.
Transporte Discrecional Internacional
Ámbito de Aplicación
a) Transporte internacional de viajeros, de cualquier nacionalidad, por carretera mediante servicios discrecionales:
- Entre los territorios de Estados diferentes
- Prestados por transportistas en alquiler o a cambio de remuneración, por una parte contratante que esté de acuerdo con la legislación y tenga licencia para realizar transporte discrecional internacionales
- Empleando autobuses matriculados en la parte contratante
b) Viajes sin pasaje de los autobuses dedicados a estos servicios
Definiciones
- Autobuses: Vehículos que puedan transportar más de 9 personas, incluida conductor y destinadas a transportar viajeros
- Servicios discrecionales internacionales: Servicios prestados entre el territorio de dos partes contratantes como mínimo.
- Servicios regulares: Servicios que se realizan con determinada frecuencia especificada y por rutas establecidas, pueden estar en la obligación de respetar horarios y tarifas preestablecidas.
- Servicios regulares especiales: Transportar categorías específicas, con exclusión de otros viajeros
- Servicios de lanzadera: Los servicios que mediantes ida y vuelta, se transportan grupos de viajeros previamente formados desde un único punto hasta un único destino. Cada grupo que ha realizado la ida, será transportado al punto de partida por el mismo transportista. No se recogen o dejan viajeros durante el viaje.
- Partes contratantes: Los signatarios que han accedido someterse al convenio y que se encuentre en vigor
El interbus se negoció por la comisión europea con 14 países, el cual regula el transporte entre comunidad y terceros países, si no el transporte entre los propios terceros países.
- Autoridades competentes: Las autoridades designadas por los estados miembros de la comunidad y otras partes contratantes.
- Tránsito: parte del servicio en la que transcurre por el territorio sin recoger ni dejar viajeros.
Condiciones Técnicas Relativas a los Vehículos
Los autobuses y autocares deberán cumplir la reglas del anexo 2:
- Inspección técnica de los vehículos a motor y sus remolques
- Instalación de dispositivos de control de velocidad en determinados vehículos
- Dimensiones máximas autorizadas en el tráfico nacional e internacional y los pesos máximos autorizados
- Limitaciones sobre la antigüedad de los vehículos
A bordo del vehículo se llevará un documento con la fecha de matriculación del vehículo para que en caso de inspección pueda presentarse. En caso que no se sepa la fecha de matriculación, se indicará la de fabricación del mismo.
Acceso al Mercado
- Servicios Discrecionales Liberalizados
Exentos de autorización, excepto en el que está establecido el transportista::
- Viajes a puerta cerrada
- Viajes de ida con pasaje y vuelta con pasaje (autorización)
- Operaciones a través del territorio de las partes contratantes en combinación con servicios discrecionales exentos de autorización
- Autobuses sin pasaje, usados para sustituir averiados
Los puntos de partida o de llegada pueden darse en cualquier estado miembro de la C.E
- Servicios Discrecionales No Liberalizados
Sujetos a autorización:
- Servicio discrecional que no haya sido liberalizado, de mutuo acuerdo entre partes contratantes en que se recoge o se deja viajeros.
Procedimiento de autorización:
El transportista presentará una solicitud a las autoridades competentes de la parte contratante,y estas examinarán la solicitud , en caso que se apr
uebe emitirán autorización en el plazo de un mes. Si no se ponen de acuerdo, informaran de los motivos a la parte afectada ● Documentos de control para servicios discrecionales exentos de autorización Se realizará con el documento de control de hojas de ruta de viajeros separables por duplicado en 25 unidades, impreso en los idiomas oficiales de la parte contratante establecido del transportista. Se conservará en el vehículo y el transportista complementará por duplicado la hoja de ruta de cada viaje antes de su inicio. Para el nombre de los viajero podrá hacer una lista en una hoja aparte que se adjuntará a la hoja de ruta, en ambas, se estampará el sello del transportista o firma del conductor. ● Controles, sanciones y asistencia mutua Los controles vistos anteriormente,las autorizaciones y copia legal de la licencia siempre estarán en el vehículo y se exhibirán en caso de inspección. Las partes contratantes establecerán un sistema de sanciones por incumplimiento del convenio. En caso de sanciones graves o repetidas, podrán denegar temporalmente el acceso al transportista afectado al territorio de la parte contratante.