Prestación por Desempleo: Requisitos, Beneficiarios y Cómo Acceder al Paro

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¿Qué es la Prestación por Desempleo?

La prestación por desempleo de nivel contributivo es una protección económica destinada a quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo de forma temporal o definitiva, o ven reducida temporalmente su jornada diaria por las causas legalmente establecidas, considerándose estas como situaciones legales de desempleo.

Es fundamental entender que no se trata de una ayuda, sino de una prestación a la que se tiene derecho por haber cotizado previamente.

Requisitos para Solicitar la Prestación por Desempleo

Para acceder a la prestación contributiva por desempleo, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada, y suscribir un compromiso de actividad.
  • Tener cubierto un período mínimo de cotización de trescientos sesenta días (360 días) dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
  • No haber cumplido la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación.
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo competente.
  • No estar incluido en alguna de las causas de incompatibilidad.

¿Quién Paga la Prestación por Desempleo?

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), anteriormente conocido como INEM, es el organismo encargado de abonar la prestación contributiva por desempleo. La continuidad de esta prestación se mantiene siempre y cuando el beneficiario no renuncie a un puesto de trabajo adecuado ofrecido por los servicios públicos de empleo o por las agencias de colocación autorizadas.

Definición de Desempleo Total

Se entenderá por desempleo total el cese completo del trabajador en su actividad laboral por días completos, ya sean continuados o alternos, durante, al menos, una jornada ordinaria de trabajo. Esto ocurre en virtud de una suspensión temporal de contrato, ordenada al amparo de lo establecido en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué es el Desempleo Parcial?

El desempleo parcial se refiere a la reducción temporal de la jornada diaria ordinaria de trabajo, decidida por el empresario al amparo de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores (E.T.), sin que estén comprendidas las reducciones de jornada de carácter definitivo. La reducción protegida debe encontrarse entre un mínimo del 10% y un máximo del 70% de la jornada, siempre que el salario sea objeto de una reducción análoga.

Beneficiarios de la Prestación por Desempleo

La prestación por desempleo está dirigida a diversos colectivos, siempre que cumplan con los requisitos generales. Entre los principales beneficiarios se encuentran:

  • Trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, pertenecientes a la Unión Europea (UE) o al Espacio Económico Europeo (EEE).
  • Personal español contratado al servicio de la Administración española en el extranjero.
  • Los reservistas voluntarios activados.
  • Funcionarios de empleo y personal contratado en colaboración temporal.
  • Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
  • Los penados que hubiesen sido liberados de prisión.
  • Trabajadores emigrantes retornados.
  • Militares.
  • Los cargos representativos de los Sindicatos constituidos.
  • Los altos cargos de las Administraciones públicas que tengan dedicación exclusiva, estén retribuidos y no sean funcionarios públicos.
  • Los socios trabajadores de las sociedades laborales.

En todos estos casos, la concesión de la prestación estará sujeta a las especificaciones dadas por la ley y siempre que se encuentren en situación legal de desempleo con el periodo mínimo de cotización exigido.

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