Prestación por Desempleo y Fomento Laboral: Requisitos, Clases y Bonificaciones de Contratación

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Prestación por Desempleo: Requisitos y Clases

Concepto

Actuación pública destinada a evitar o paliar el estado de necesidad que implica la ausencia de retribución salarial debido a la falta de trabajo.

Requisitos para Acceder a la Prestación

  1. Estar afiliado a la Seguridad Social (SS) y en situación de alta.
  2. Mínimo de cotización de 360 días en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. (Nota: El incumplimiento del empresario de las obligaciones de afiliación, alta y cotización no impide la prestación al trabajador.)
  3. Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y aceptar colocación adecuada, a través de la suscripción del compromiso de actividad.
  4. No haber cumplido la edad ordinaria exigida para causar derecho a pensión contributiva de jubilación, salvo que el trabajador no tuviera acreditado el periodo de cotización necesario para ello.
  5. No estar incluido en alguna de las causas de incompatibilidad.

Clases de Desempleo

  1. Desempleo Total: Cuando el trabajador cesa con carácter temporal o definitivo la actividad y no percibe salario.
    • Desempleo Ordinario (D. Ordinario): Vínculo total que se extingue definitivamente.
    • Desempleo Temporal (D. Temporal): Suspensión o reducción de la jornada temporal, siempre que exista un cese total del trabajador por días completos y continuados.
  2. Desempleo Parcial: Reducción temporal de la jornada de trabajo (entre un mínimo del 10% y un máximo del 70%), con la consecuente reducción del salario.

Nacimiento del Derecho a la Prestación

  1. Las personas que reúnan los requisitos deberán solicitar a la entidad gestora el reconocimiento del derecho a las prestaciones. Este derecho nacerá a partir de la situación legal de desempleo, siempre que se solicite en el plazo de 15 días siguientes. Implicará la inscripción como demandante de empleo.
  2. Si se acreditan los requisitos fuera del plazo de 15 días, se tendrá derecho al reconocimiento de la prestación a partir de la fecha de solicitud.
  3. En el caso en que el periodo correspondiente a las vacaciones no se hubiese disfrutado, la situación legal de desempleo y el nacimiento del derecho a las prestaciones se producirán una vez transcurrido dicho periodo, siempre que se solicite dentro del plazo de los 15 días siguientes.

Cuantía de la Prestación

  • Primeros 6 meses: 70% de la base reguladora.
  • A partir del 7º mes: 60% de la base reguladora.

Incentivos y Fomento del Empleo

Ámbito de Aplicación

Beneficiarios

Empresas, autónomos, cooperativas y sociedades laborales (incluyendo socios trabajadores por cuenta ajena en la Seguridad Social).

Excluidos

Administraciones Públicas (AGE, CCAA, local) y sus organismos públicos.

Requisitos Generales

  1. Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria (fiscal) al inicio y durante la aplicación de las bonificaciones.
  2. No haber sido excluidas del acceso a los beneficios de fomento del empleo por la comisión de infracciones muy graves.

Bonificaciones por Colectivos y Tipos de Contrato

  1. Contrato Indefinido:
    • Mujeres víctimas de violencia de género: Bonificación de 1.500 € (o 600 € en 4 años).
    • Personas en exclusión social: Bonificación de 600 € (o 500 € en 4 años).
    • Personas con Discapacidad:
      • General: 4.500 €.
      • Discapacidad severa: 5.100 €.
      • Centros Especiales de Empleo: 100% de bonificación.
  2. Conversión de Contratos:
    • Discapacitados: Conversión de contrato de fomento de empleo o formativo (4.500 € de vigencia).
  3. Mantenimiento del Empleo:
    • Contratos indefinidos de trabajadores con 60 años de edad y 5 años de antigüedad.

Causas de Exclusión de Bonificaciones

  1. Relaciones laborales de carácter especial.
  2. Cónyuge y familiares de segundo grado del empresario, directivo, o de control/organización de la administración (salvo empleador RETA).
  3. Despido individual improcedente o colectivo (la empresa queda exenta de bonificaciones).

Consecuencias del Incumplimiento

Reintegro de las bonificaciones aplicadas y sanción (según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social - LISOS).

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