Preguntas y Respuestas sobre el Procedimiento Fiscalizador
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¿Cuál es la finalidad del procedimiento fiscalizador?
Respuesta:
a) En forma inmediata, persigue la creación o sensación de riesgo del contribuyente incumplido a fin de inducirlo a cumplir en forma correcta y oportuna con sus obligaciones fiscales.
b) En forma mediata, busca alentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales del contribuyente.
¿El procedimiento fiscalizador tiene como finalidad determinar un crédito fiscal?
Respuesta: No, su finalidad es solamente verificar.
¿Del procedimiento fiscalizador se puede derivar la consecuencia de determinar un crédito fiscal?
Respuesta: Sí.
Para notificar una orden de visita tratándose de la verificación de comprobantes fiscales, ¿qué debe hacer el notificador?
Respuesta: Si no se encuentra a la persona a notificar, se entenderá la diligencia con quien se encuentre en el domicilio, levantándose la correspondiente acta parcial.
¿Qué término se le considera al contribuyente tratándose de una auditoría en una visita domiciliaria en el acta final?
Respuesta: Ninguno.
En una revisión de gabinete, ¿a partir de qué acto empiezan a correr los 6 meses?
Respuesta: A partir de la fecha en que concluya el plazo otorgado al contribuyente en el oficio de observaciones (20 días).
¿En qué acto se encuentra la garantía de audiencia en la revisión de gabinete y en la visita domiciliaria?
Respuesta:
- En visita domiciliaria: en la última acta parcial.
- En revisión de gabinete: en el oficio de observaciones.
¿Qué sucede si la autoridad en un término de 1 año no determina el crédito fiscal?
Respuesta: Caduca dicha facultad de la autoridad.
¿Cuál es el objeto de la auditoría?
Respuesta:
- Sujeto a revisar
- Impuestos a revisar
- Periodo
¿Cuántos días se tienen para impugnar las multas independientes?
Respuesta: 30 días.
¿Las multas de la visita domiciliaria forman parte del procedimiento?
Respuesta: No, solo son consecuencia de las acciones u omisiones del contribuyente.
¿Cuáles son las medidas de apremio que establece el C.F.F.?
Respuesta:
- Auxilio de la fuerza pública
- Imposición de multas
- Aseguramiento de cuentas bancarias / Precautorio
¿Qué es el aseguramiento precautorio?
Respuesta: Una medida de apremio.
¿Qué pasa si aún con la aplicación de dichas medidas de apremio no se logra el pago?
Respuesta: Se procederá a la determinación presuntoria (Art. 59, Fracción III, CFF).
¿Se pueden asegurar las cuentas bancarias directamente?
Respuesta: No, se deben agotar antes las otras medidas de apremio. Solo se aplica de forma directa si el contribuyente se encuentra desaparecido.
Si el contribuyente no paga el adeudo que viene en el dictamen en el plazo previsto, ¿puede la autoridad exigir de manera coactiva?
Respuesta: No, deberá darse todo el procedimiento (revisión de gabinete o visita domiciliaria) para determinar el crédito fiscal.
¿Por qué causas se suspende el término para concluir una Visita Domiciliaria o una Revisión de Gabinete?
Respuesta:
- Huelga
- Muerte del contribuyente
- No localizado
- No atiende el requerimiento
Si se encuentran omisiones históricas, ¿qué se hace?
Respuesta: Se emite oficio por el cual se va a determinar el crédito con actualización. 6 meses de término según el artículo 50 C.F.F.
¿Quién emite los dictámenes de estados financieros?
Respuesta: Un contador público registrado en la SHCP.
¿Cuántos días se tiene para pagar en dado caso de que existan omisiones?
Respuesta: 10 días.
Si un contribuyente está llevando a cabo una dictaminación de estados financieros, ¿la autoridad puede realizar una auditoría de manera directa?
Respuesta: No.
¿Con qué inicia la revisión electrónica?
Respuesta: Inicia con el oficio de preliquidación.
3 elementos importantes del mandamiento de ejecución (Acta de pago y embargo)
Respuesta:
- Requerimiento de pago (Notificación del mandamiento de ejecución).
- Derecho a designar bienes para el cumplimiento del pago.
- Derecho a designar depositario.
Estructura del Procedimiento Administrativo de Ejecución
Respuesta:
- Mandamiento de ejecución
- Requerimiento de pago
- Embargo
- Valuación
- Remate
- Adjudicación
¿Podemos impugnar cualquier acto administrativo de ejecución?
Respuesta: No, hasta el avalúo.
¿Qué recurso procede contra el dictamen de valuación?
Respuesta: Recurso de revocación.
¿En qué momento se puede ampliar el embargo?
Respuesta: En cualquier momento.
¿Cuáles son los medios legales de defensa?
Respuesta:
- Juicio de nulidad
- Recurso de revocación
¿Cuántos días son para emitir la convocatoria de remate?
Respuesta: 20 días.
¿Hasta cuándo puedo impugnar?
Respuesta: Hasta que sale la convocatoria de remate.
¿Quién puede ser postor?
Respuesta: Aquel que cubra las dos terceras partes del valor fijado para el inmueble.
¿Quién puede inscribirse a la subasta?
Respuesta: Aquel que cubra el 10% del valor fijado.
¿Qué pasa si hay pujas iguales?
Respuesta: La autoridad se adjudica el bien en un 60%.
A falta de postores, ¿qué pasa con el bien?
Respuesta: La autoridad se adjudica el bien.
En la 2ª almoneda, el bien bajará su valor del 20%.
Tipos de notificaciones en revisiones electrónicas:
Respuesta:
- Personales (personalmente y buzón tributario)
- Edictos
- Correos
- Estrados
¿Hasta qué momento se puede impugnar un PAE?
Respuesta: Hasta el remate se puede impugnar.
En el remate, ¿cuáles son los tres derechos del deudor señalados en el oficio de convocatoria?
Respuesta: Derecho a impugnar el PAE, a recuperar sus bienes y a designar comprador (éste sólo deberá pagar el valor base del bien en cuestión).
¿Cuál es la cantidad que deberá pagar el deudor para poder recuperar el bien?
Respuesta: Todo el gasto generado, es decir, el crédito fiscal más los gastos de ejecución y el peritaje.
¿Con qué se puede impugnar un avalúo?
Respuesta: Se puede impugnar mediante el recurso de revocación para el dictamen únicamente.
¿Cuánto tiempo se tiene para aportar pruebas en la revisión electrónica?
Respuesta: Se tiene 15 días para la aportación de pruebas.
Si la diferencia del primer y segundo avalúo tiene más de 10% de diferencia, ¿qué sucede?
Respuesta: Se toma en cuenta el dictamen de un tercer perito.
Contenido del mandamiento de ejecución
Respuesta:
a) Requisitos del artículo 38 del CFF
b) Los que señala el 16 del CFF
c) Tener liquidación y nombre del ejecutor.