El Positivismo Jurídico: Teoría, Características y Postulados

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Durante el siglo XIX surge una reacción contra el Derecho Natural, influenciada por la nueva concepción de la ciencia basada en datos empíricos. Esta corriente da lugar a una Teoría General del Derecho de carácter formal, la cual se centra en el estudio de la estructura normativa del Derecho, dejando de lado los valores.

Características del Positivismo Jurídico

  • Relativismo (escepticismo, formalismo) ético:
    • Los valores son subjetivos, relativos y no cognoscibles.
    • Concepción legalista de la justicia:
    • Justo: lo establecido por la ley.
    • Injusto: lo prohibido por la ley.
  • Formalismo jurídico:
  • El Derecho debe limitarse únicamente a las normas elaboradas por el legislador, sin considerar los valores.

El Positivismo Jurídico se configura en torno a dos tesis principales:

  1. El Derecho se entiende como el ordenamiento jurídico positivo de un Estado, negando la existencia del Derecho Natural como fuente de legitimidad.
  2. Independientemente de su contenido, las normas del Derecho Positivo tienen validez y fuerza obligatoria. La calificación de una norma como Derecho debe ser independiente de su valoración como justa o injusta.

Postulados Básicos del Positivismo Jurídico

  • Doctrina monista del Derecho:
    • Solo existe el Derecho Positivo creado por el legislador en un momento histórico determinado (ordenamiento jurídico). Este es el Derecho auténtico, mientras que el Derecho Natural se considera una ética de carácter histórico. La justificación o legitimación del Derecho debe buscarse en los factores que determinan o intervienen en su creación.
    • El Derecho solo puede ser conocido a través de su estudio científico.
  • Fundamento de validez: criterios formales:
    • La validez de las normas se determina por el procedimiento de creación de las mismas.
    • Se trata de una validez formal, ya que no se tienen en cuenta los valores o el contenido de las normas.

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