El Poder de Policía y las Autoridades en el Sistema Administrativo
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POLICÍA
Policía es la atribución de la administración para intervenir, fijando límites o restringir derechos individuales y libertades públicas a fin de cumplir con los cometidos estatales. El poder de policía está en cabeza del Estado (constitucional, legislativo, administrativo y judicial).
Función de Policía
Facultad que tiene la administración para tomar decisiones en ejercicio de las facultades dadas por la ley con carácter preventivo, para garantizar, conservar y restablecer el orden público. La ejercen el presidente, ministro de defensa, gobernadores y agencia de seguridad del Estado.
Autoridades - Plano nacional
- Congreso
- Presidente
Plano territorial - Departamento
- Asamblea
- Potestad de policía principal en el departamento. Reglamentan normas de carácter residual a las del congreso y con sujeción a la norma de policía.
- Jefe y representante legal del departamento. Potestad subsidiaria de policía en el departamento. Reglamentará las ordenanzas que necesiten precisiones.
Municipio
- Alcalde
- Primera autoridad de policía en el municipio. El alcalde ejecuta el código de policía, es decir, da la orden para que la policía actúe.
- Potestad reglamentaria en asuntos de policía especial.
- Servidor público que establece normas de convivencia. Sus funciones se las delega el alcalde, conocen de contravenciones y querellas.
- Realizan diversas funciones policivas, son creadas por el alcalde, expiden normas de turismo, normas para preservar el patrimonio.
Técnicas de policía
- Reglamentaria
Acto jurídico general, impersonal y abstracto expedidos por órganos diferentes al congreso (poder de policía), para la legítima regulación de una o más libertades públicas. Pueden reglamentar el presidente, concejos, asambleas, gobernadores y alcaldes. Principios del reglamento:
- Regulación de actividades ciudadanas no reservadas en la ley.
- Reglamento no minucioso que imposibilite el derecho a la libertad.
- Reglamento contiene prohibiciones por excepción obligación de hacer.
- Reglamento fundado en motivos de interés general. Reglamentar la libertad solo cuando se exteriorice.
Las autoridades administrativas deben verificar y, en su caso, exigir el ejercicio de derechos u obligaciones de los particulares, con el fin de prevenir daños. Deberes: evaluar, recopilar datos, vigilancia e investigación, hacer seguimiento. Características: preventiva, reglada, con instrumentos técnicos, potestad sancionatoria (cuando sea necesario, no siempre).
Autorizatoria- Autorización: manifestación de una autoridad administrativa. La finalidad es remover obstáculos para que el ciudadano ejerza cierta actividad de manera libre. Hay un derecho preexistente.
- Permiso: se levanta una prohibición para conceder permiso al particular. Requisitos: por escrito, motivado, por tiempo limitado, personal e intransferible.
- Licencia: actividad que el particular pide autorizar para una acto de gran impacto. Su procedimiento es complejo, una sola autoridad da licencia pero intervienen más.
- Concesión: no hay derecho preexistente puesto que el derecho se crea con el título. Hoy en día solo se usa para el uso de recursos naturales, por ejemplo, concesión de uso de aguas.
Mandato dado por funcionario de policía competente a una persona o grupo determinado para asegurar el cumplimiento de las disposiciones de policía. Es la principal manifestación de las autoridades administrativas en ejercicio de la función de policía. Características: expedidas para ser cumplidas, sobre persona o grupo de personas, escrito y motivado (verbal solo en emergencia), imponerse por la fuerza si hay orden y no quieren cumplir, puede revocarse por quien emite la orden, comunicarla por cualquier medio idóneo.
Uso de la fuerzaCoacción del poder de policía. Características: fuerza solo para prevenir o restablecer el orden, escoger el medio más idóneo (menor daño a bienes o integridad de las personas), fuerza solo por tiempo indispensable.
Controles
Sobre las personas
- Penal: serv pub.
- Disciplinario: cuando ejercen actos de policía.
Sobre fines y medios
- Nulidad y reparación.