Plazos y Requisitos para la Conservación de Documentos Laborales y Protección de Datos

Enviado por Chuletator online y clasificado en Otras materias

Escrito el en español con un tamaño de 4,04 KB

Conservación de los Documentos de Carácter Laboral

Legislación Laboral

Mínimo 4 años desde el fin de la relación laboral:

  • Contratos de trabajo.
  • Documentos de afiliación a la Seguridad Social.
  • Partes de altas y bajas.
  • Afiliación a mutualidad de accidentes y enfermedades profesionales.
  • Nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social (4 años desde que vence el plazo para liquidar cotizaciones).

Legislación Fiscal

4 años, a contar desde la liquidación de los impuestos, ya que se trata de documentos justificativos de gastos fiscalmente deducibles.

Código de Comercio

Seis años, a contar desde la fecha de cierre del ejercicio contable.

Otras Normas

Algunas administraciones establecen mayores plazos de conservación cuando conceden subvenciones (Ayudas del Fondo Social Europeo para la formación: 10 años).

La LOPD en la Empresa

Los documentos que forman parte del expediente deben ser protegidos para garantizar el derecho al honor y la intimidad. Debe existir un responsable del fichero y su tratamiento, cuyas obligaciones son:

  • Informar a los afectados: Toda persona debe ser informada si sus datos van a ser incluidos en un fichero y el tratamiento que se realiza con esos datos. El responsable está obligado a informar de su recogida y utilización.
  • Pedir consentimiento: Consentimiento del afectado.
  • Calidad de datos.
  • Garantizar los derechos de los afectados.
  • Deber de guardar el secreto profesional.
  • Adopción de medidas de seguridad.

Responsabilidad del Personal

El personal administrativo, puesto que son los que recogen y tratan datos personales de los trabajadores de la empresa, deben guardar confidencialidad y secreto profesional.

Medidas de Seguridad

Nivel 1

Situación: Datos de carácter personal: nombre y apellidos, DNI, teléfono, imagen…

Medidas:

  • Definir funciones y obligaciones.
  • Proceso de notificación, gestión y registro de incidencias.
  • Relación de usuarios y accesos autorizados.
  • Soportes identificados e inventariados con la información que contienen.
  • Cuando se deseche algún documento o soporte, deberá procederse a su destrucción o borrado.
  • Medidas para identificar y autentificar a los usuarios.
  • Las contraseñas se cambian como mínimo cada año.
  • Copias de seguridad semanales.

Nivel 2

Situación:

  • Infracciones administrativas o penales.
  • Datos responsabilidad de autoridades tributarias o entidades financieras.
  • Relacionados con la Seguridad Social y mutuas de trabajo.
  • Datos que definan características de la personalidad y que permitan evaluar a los ciudadanos.

Medidas:

  • Se designa uno o varios responsables de seguridad.
  • Auditoría de datos cada dos años.
  • Sistemas de registro de entradas y salidas del soporte.
  • Mecanismo que limite la posibilidad de intentar varias veces el acceso no autorizado.
  • Sólo las personas autorizadas en el documento de seguridad podrán acceder al lugar de los equipos.

Nivel 3

Situación:

  • Datos de ideología, afiliación sindical, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual.
  • Datos policiales sin consentimiento de las personas afectadas.
  • Datos derivados de la violencia de género.

Medidas:

  • Etiquetar los soportes de forma que dificulten su identificación por no autorizados.
  • Copias de respaldo guardadas en un lugar diferente.
  • Se guarda cada intento de acceso a los datos, con el usuario, fecha, hora y fichero al que se quiere acceder y si se ha autorizado o denegado.
  • Transmisión cifrada de los datos.

Entradas relacionadas: