Plazos en Procedimiento Administrativo: Cómputo, Ampliación y Reducción
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El Tiempo en el Procedimiento Administrativo: Tiempos y Plazos
El Artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, declara que los plazos y términos vinculan por igual a las autoridades, personal al servicio de las Administraciones Públicas e interesados.
El no realizar una actuación dentro del plazo podrá dar lugar a la pérdida del derecho al trámite correspondiente, lo que se conoce como preclusión del plazo. Esta figura vincula más a los ciudadanos que a la Administración. La Ley 30/1992 señala que, si bien no hay un plazo establecido por el ordenamiento jurídico para simples actuaciones, por defecto, este será de 10 días.
Cómputo de los Plazos
Según el Artículo 48 de la Ley 30/1992, los plazos se pueden expresar por días, meses o años.
Cómputo de Plazos Expresados por Días
- La regla general consiste en considerar días hábiles, descontando domingos y festivos, salvo que una norma con rango de ley o una norma comunitaria disponga lo contrario. En este último caso, se computarán días naturales.
- Si el plazo se expresa por días hábiles y va dirigido a los ciudadanos, el cómputo se inicia a partir del día siguiente al de la notificación o publicación.
- Si son plazos para la Administración en procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el cómputo se inicia a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud por el órgano competente.
- Si se trata de procedimientos iniciados de oficio, el día inicial del cómputo es la fecha del acuerdo de iniciación, no la de su notificación o publicación.
- Los plazos para presentar alegaciones o recursos se computan a partir del día siguiente al de la notificación o publicación.
- Si no hay especificación, se entienden días hábiles (descontando domingos y festivos). Si se especifican días naturales, no se descuentan domingos ni festivos.
- En el caso de plazos señalados por días naturales, esta circunstancia debe constar expresamente en las notificaciones.
Cómputo de Plazos Establecidos por Meses o Años
- Los plazos fijados por meses o años se computan de fecha a fecha. El plazo finaliza el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o acuerdo de iniciación en el mes o año de vencimiento.
- Si en el mes de vencimiento no existiera día equivalente al inicial, el plazo finalizará el último día de dicho mes.
- Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Días Inhábiles
Se consideran días inhábiles los domingos y los declarados festivos en el calendario oficial de la Administración General del Estado. A efectos de cómputo de plazos, se consideran inhábiles los días festivos en la sede del órgano administrativo o en el municipio de residencia del interesado.
Ampliación de Plazos
Junto a la ampliación de plazos para resolver y notificar, el Artículo 49 de la Ley 30/1992 regula la ampliación de plazos máximos. Podrán declararse siempre que no exista norma en contrario. Podrá acordarse de oficio o a solicitud de los interesados.
- La ampliación no podrá exceder de la mitad del plazo inicialmente establecido.
- El acuerdo sobre ampliación de plazos no es susceptible de recurso.
- Se exige motivación.
- No procederá la ampliación si perjudica derechos de terceros.
- El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados y solo podrá adoptarse antes del vencimiento del plazo de que se trate.
Reducción del Plazo
El Artículo 50 de la Ley 30/1992 contempla la reducción de plazos mediante la declaración de tramitación de urgencia del procedimiento, bajo ciertas condiciones. Contra el acuerdo de declaración de urgencia no cabe recurso alguno.
- Podrá declararse la urgencia, de oficio o a solicitud del interesado, cuando así lo aconsejen razones de interés público.
- La declaración de urgencia deberá ser motivada.
- La declaración de urgencia implicará la reducción a la mitad de los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.