Planificación Urbanística: Conceptos Clave y Aplicación en la Gestión Municipal

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La planificación urbanística es la ordenación detallada de los usos del suelo y los aprovechamientos de un municipio. Se lleva a cabo desde las corporaciones municipales mediante la calificación, clasificación y categorización del suelo.

Instrumentos Normativos de la Planificación Urbanística

Para asegurar una aplicación homogénea y coherente de la planificación urbanística, existen diversos instrumentos normativos:

Normas Técnicas de Planificación Urbanística

Las Normas Técnicas de Planificación Urbanística desarrollan y concretan aspectos técnicos necesarios para que la planificación urbanística se pueda aplicar de un modo homogéneo desde el punto de vista conceptual. En este sentido, actúan como un reglamento de la Ley del Suelo.

Instrucciones Técnicas de Planificación Urbanística

Las Instrucciones Técnicas establecen criterios orientativos sobre la planificación y gestión de los instrumentos de planificación urbanística. Regulan aspectos formales y de procedimiento (cómo se planifica y cómo se gestionan los instrumentos). Por ejemplo, especifican qué partes deben componer un Plan General y cuál es el trámite para su aprobación.

El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU)

El Plan General de Ordenación Urbana es el documento fundamental que establece la ordenación urbanística en un municipio. Incluye tanto la planificación como la gestión de lo planificado. Es elaborado por la corporación municipal, generalmente con una revisión periódica.

Este instrumento está supeditado a otros de mayor jerarquía, como:

  • Ordenación general y de los recursos naturales.
  • Ordenación de los Espacios Naturales Protegidos.
  • Ordenación territorial (excepto los PATs).

El PGOU tiene un carácter ejecutivo y la ordenación urbanística que propone se compone de dos elementos principales: la ordenación estructural y la ordenación pormenorizada.

Componentes de la Ordenación Urbanística

Ordenación Estructural

La ordenación estructural es el conjunto de determinaciones que definen los usos del territorio y los elementos fundamentales de su organización. Incluye:

  1. Los usos del territorio (Ordenación Básica).
  2. La clasificación del suelo.
  3. La categorización de los suelos urbano, urbanizable y rústico.
  4. Medidas protectoras de los bienes de dominio público.
  5. Condiciones complementarias para la aprobación de PATs.
  6. Red básica de sistemas generales y/o equipamientos insulares y municipales, que comprende:
    • Red de comunicaciones.
    • Principales infraestructuras (eléctricas, hidráulicas, de saneamiento, etc.).
    • Espacios libres principales.
    • Principales equipamientos educativos y sanitarios.

Ordenación Pormenorizada

La ordenación pormenorizada es la planificación urbanística que completa y desarrolla la ordenación estructural. Se puede realizar mediante el Plan General o a través de instrumentos de desarrollo.

Esta ordenación implica la división en Unidades de Actuación Urbanística (UAU) –aplicable al suelo urbano no consolidado– y en sectores –para suelo urbanizable–. La división en sectores es obligatoria para municipios con más de 10.000 habitantes o camas turísticas.

Las UAU son áreas constituidas por uno o varios inmuebles que deben ser planificadas y ejecutadas como una unidad. Incluyen el reparto de cargas y beneficios entre los propietarios del suelo. Su definición corresponde al Plan General o a un Plan Parcial.

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