Plan de Estudios para Educación Preescolar, Primaria y Secundaria: Implementación y Fases
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¿Quién lo emite?
La Secretaría de Educación Pública (SEP).
¿Por qué?
Se establece el Plan de Estudio para la Educación Preescolar, Primaria y Secundaria.
Considerandos
- Artículo 2º (CPEUM): Dispone que la Nación Mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas y que la Federación, las entidades federativas y los municipios tienen la obligación de garantizar e incrementar los niveles de escolaridad.
- Artículo 3º (CPEUM): Menciona que la educación preescolar, primaria y secundaria forman parte de la educación básica. Corresponde al Estado la rectoría de la educación; el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de los referidos niveles educativos en toda la República.
- Artículo 4º (LGE): Establece que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos y la satisfacción de sus necesidades de educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Asimismo, prevé que toda persona tiene derecho a la educación, el cual es un medio para adquirir, actualizar, completar y ampliar sus conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes que le permitan alcanzar su desarrollo personal y profesional.
- Artículo 57 (LGE): Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos, al desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad, fortaleciéndolos.
Artículos Transitorios
- Iniciará su aplicación con la generación de estudiantes que les corresponda cursar el primer grado de preescolar, primaria y secundaria en el ciclo 2023-2024.
- Durante el piloteo, las autoridades educativas de los gobiernos de los estados y la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México realizarán las acciones que permitan concretar dichos aspectos en los respectivos programas de estudio.
- La SEP, las Autoridades Educativas de los Estados y la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México garantizarán que los cambios que implique cualquier proceso en la implementación del presente Acuerdo entre las maestras y los maestros, y personas con funciones de dirección, se realicen en etapas.
- En el transcurso del ciclo escolar 2022-2023, para la Fase 2 (educación preescolar), Fase 3 (primero y segundo grado de educación primaria) y Fase 6 (primero, segundo y tercer grado de educación secundaria), en el marco del piloteo a que refiere el Cuarto Transitorio que antecede, se obtendrá información y sugerencias por parte de las escuelas y colectivos docentes.
Implementación del Plan de Estudios "Aprendizajes Clave para la Educación Integral"
Se establece el plan y los programas de estudio denominados "Aprendizajes clave para la educación integral". Se divide en tres fases:
- Fase 2: Solo primer grado de educación preescolar.
- Fase 3: Solo primer grado de educación primaria.
- Fase 4: Solo primer grado de educación secundaria.
La primera etapa se llevará a cabo en el transcurso del ciclo escolar 2022-2023. Se obtendrá información y sugerencias por parte de las escuelas y colectivos docentes para ajustar y retroalimentar los contenidos y procesos de desarrollo de aprendizaje.
Referente a la Fase 4 (tercer y cuarto grado de educación primaria) y Fase 5 (quinto y sexto grado de educación primaria), se pretende avanzar en el diseño y ajuste de dichos programas de estudio correspondientes.
Con la información recopilada y realizados los ajustes pertinentes, se concretarán las propuestas definitivas.