Plan de Empresa y Contrato Laboral: Guía Completa para Emprendedores
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Plan de Empresa: Guía para Emprendedores
Definición y Factores Clave
Un plan de empresa es un documento de trabajo que desarrolla la idea de negocio. Debe ser claro, conciso y dinámico. A continuación, se detallan los factores a considerar:
- Número de socios
- Cuantía del capital social
- Obligaciones fiscales
- Régimen de seguridad social
- Responsabilidad frente a terceros
- Tramitación administrativa
Empresario Individual
Persona física que realiza, en nombre propio y a través de una empresa, una actividad comercial, industrial o profesional.
Características:
- Control total de la empresa por parte del propietario.
- No existe diferencia entre patrimonio mercantil y civil.
- No precisa proceso previo de constitución.
- La aportación de capital la limita el propio empresario.
- Responsabilidad ilimitada.
Ventajas:
- Forma idónea para empresas de muy reducido tamaño.
- Menos gestión y trámites.
- No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil.
- Puede ser más económica.
Inconvenientes:
- Responde con su patrimonio personal.
- Si está casado, puede implicar al cónyuge.
- Si el beneficio es alto, tipos impositivos altos.
Tributación: IRPF
Comunidades de Bienes
Contrato por el cual la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece a varias personas. No tiene personalidad jurídica propia.
Características:
- Para ejercer, requiere la existencia de un contrato privado donde se detallen las aportaciones y porcentajes.
- No exige aportación mínima.
- Se constituye mediante escritura pública cuando se aporten bienes inmuebles o derechos.
- Mínimo 2 socios.
- Responsabilidad frente a terceros ilimitada.
Tributación: IRPF
Sociedad Anónima (S.A.)
Personalidad jurídica propia y carácter mercantil. Requiere escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil. Capital social mínimo: 60.101,21 € totalmente suscrito en constitución y desembolsado al 25%.
Órganos de la Sociedad:
Junta General de Accionistas
Derechos de los Accionistas:
- Participación en el reparto de ganancias.
- Suscripción preferente.
- Asistir y votar en juntas generales.
- Impugnar acuerdos sociales.
- Derecho a la información.
Tributación: Impuesto de Sociedades
Sociedad Limitada (S.L.)
Carácter mercantil. Capital social mínimo: 3.005 €. No se admiten aportaciones sociales en trabajos o servicios. Se utilizan participaciones. La transmisión de participaciones sociales debe formalizarse en documento público.
Tributación: Impuesto de Sociedades
Contrato Laboral: Guía para Empleadores
Sujetos del Contrato
Los sujetos de la relación laboral del contrato son el trabajador y el empresario.
Manifestación de Voluntad
En el contrato de trabajo se manifiesta la voluntad del empresario y del trabajador por la que el trabajador se compromete a prestar determinados servicios bajo la dirección del empresario, recibiendo a cambio una retribución.
Trabajadores que Pueden Celebrar Contratos
Personas mayores de 18 años, menores de 18 legalmente emancipados y mayores de 16 años.
Prohibiciones para Menores de 18 Años
- Realizar trabajos nocturnos.
- Trabajos peligrosos o insalubres.
- Realizar horas extraordinarias.
Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo
- Personal
- Voluntario
- Dependiente
- Ajenidad
- Retribución
Forma de Celebración del Contrato
El contrato de trabajo podrá celebrarse por escrito o palabra.
Contenido del Contrato de Trabajo
- Identificación de las partes del contrato de trabajo.
- Domicilio social de la empresa.
- Cuantía del salario base inicial y de los complementos salariales.
Periodo de Prueba
Es variable dependiendo de la cualificación profesional y el número de trabajadores. Es un derecho del empresario, que puede ejercerlo o no. Durante este periodo, el empresario puede extinguir el contrato de trabajo sin ningún tipo de obligación con respecto al trabajador.
Duración del Periodo de Prueba:
Entre 2 y 6 meses.
Derechos y Obligaciones Durante el Periodo de Prueba:
- El trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que el resto de los trabajadores de la plantilla.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social.
- Cualquiera de las partes puede dar por finalizado el contrato sin necesidad de preaviso.
Contratos de Duración Determinada
Podrán celebrarse contratos de duración determinada cuando:
- Se contrate al trabajador para una obra o servicio determinado.
- Las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o excesos de pedidos así lo exijan.
- Para sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto.
Obligaciones del Empresario en la Contratación Laboral
- Dar de alta al trabajador en la Seguridad Social.
- Comunicar al SEPE en el plazo de 10 días siguientes todos los contratos realizados.
- Informar a los representantes legales.
- Cotizar a la Seguridad Social.
Tipos de Contrato según el Estatuto de los Trabajadores
- Por tiempo indefinido (sin fecha de finalización).
- Por tiempo determinado.
Tipos de Contratos Temporales:
- Obra o servicio determinado.
- Eventual por circunstancias de la producción.
- Interinidad.
Objetivo del Contrato de Interinidad:
Sustituir a trabajadores de la empresa cuyo contrato está suspendido con reserva del puesto de trabajo. Su duración coincide con el tiempo de la sustitución.
Contrato en Prácticas
Dirigido a diplomados universitarios, licenciados, técnicos o técnicos superiores.
Duración:
De 6 meses a 2 años.
Retribución:
Salario según convenio, no inferior al 60% durante el primer año y al 75% durante el segundo año. No pueden realizar horas extraordinarias.
Causas de Extinción del Contrato de Trabajo
- Voluntad concurrente
- Voluntad del trabajador o del empresario
- Circunstancias ajenas a las partes
- Mutuo acuerdo
- Condición resolutoria
- Dimisión del trabajador
- Muerte, gran invalidez o jubilación del trabajador
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario
- Dimisión de la trabajadora víctima de violencia de género
- Fuerza mayor
- Despido colectivo
- Despido disciplinario
- Rescisión por el trabajador
- Despido por causas objetivas legalmente procedentes
Documento de Finiquito
Documento que, tras la extinción de la relación laboral, sirve para acreditar que se ha puesto a disposición del trabajador las cantidades que se le adeudan. Tiene que reflejar la cantidad correspondiente a la parte de las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Puede firmarse o no. Si el trabajador no está de acuerdo con la cantidad que se refleja, puede poner "recibí no conforme". Si no lo firma, no recibirá la cantidad que en él aparece.
Causas y Tipos de Despido
- Despido disciplinario
- Disminución del rendimiento
- Alcoholismo o toxicomanía
- Acoso o discriminación
- Por causas objetivas legalmente procedentes
- Colectivo
- Por fuerza mayor
Causas de Despido Disciplinario
- Falta de asistencia o puntualidad
- Indisciplina o desobediencia
- Disminución del rendimiento
Calificación del Despido
- Procedente: Sin derecho a indemnización.
- Improcedente: Irregularidades formales o de fondo. Opción del empresario entre readmisión o indemnización.
- Nulo: Motivos discriminatorios cuando se vulneran derechos fundamentales. Tendrá efecto la readmisión inmediata del trabajador, abonándole los salarios dejados de percibir.
Cuantía de la Indemnización
33 días por año de servicio, con un tope de 24 mensualidades (2 años).