Pilares del Derecho Romano: Magistraturas y la Ley de las XII Tablas
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Las Magistraturas Romanas: Características y Clasificación
Las magistraturas en la Antigua Roma eran cargos públicos de gran relevancia. A continuación, se detallan sus características esenciales y su clasificación.
Características de las Magistraturas Romanas
- Gratuidad: Los magistrados no recibían ningún sueldo; este privilegio estaba reservado únicamente a los patricios.
- Colegialidad: La mayoría de los magistrados eran colegiados, lo cual llevaba aparejada la facultad de veto o intercessio, que uno de ellos podía interponer a la acción del otro. Los cónsules podían vetarse mutuamente sus decisiones y oponer vetos a los pretores y magistrados patricios menores, con excepción del censor.
- Responsabilidad: Todos los magistrados eran responsables de la labor realizada y, al finalizar esta, se les podía reclamar por ella. El cargo de magistrado requería un juramento tanto al inicio como al cese en el mismo.
- Incompatibilidad: No se podía ejercer dos magistraturas simultáneamente. Para evitar tentaciones de corrupción, no se podía volver a ocupar el mismo puesto hasta transcurridos diez años desde que se abandonaba el anterior.
- Personalidad: El ejercicio de la magistratura era personal, por lo que no se podía transmitir el imperium a terceros. No obstante, los magistrados con imperium pudieron transmitir a otras personas que carecían de este la facultad de ejercer aspectos parciales de su poder.
Clasificación de las Magistraturas Romanas
Las magistraturas se clasificaban según su origen, duración y poder:
Por Origen
- Patricias: Regían de forma exclusiva solo a los patricios.
- Plebeyas: Regían de forma exclusiva a los plebeyos (ej. aediles plebis, tribunus plebis).
Por Duración
- Ordinarias: Gobernaron la República y se renovaban cada año, con la salvedad del censor. Su orden jerárquico descendente era: la censura, el consulado, la pretura, la edilidad y la cuestura.
- Extraordinarias: Se crearon por necesidades excepcionales. Eran magistrados elegidos para resolver alguna emergencia por causas externas o internas. Su orden de aparición histórica fue: la dictadura (donde se nombraba a un dictador que designaba a un magister equitum), el decenvirato y el triunvirato.
Por Poder
- Curules: Aquellos que tenían el privilegio u honor de ser transportados en la silla curul. Eran los de las magistraturas mayores, más los aediles curules.
- No Curules: El resto de los funcionarios.
- Mayores (Superiores): Contaban con amplios poderes, incluyendo el auspicia maxima o facultad de interpretar la voluntad de los dioses. Eran elegidos por los comitia centuriata (patricios).
- Menores (Inferiores): Contaban con auspicia minima y eran electos por los comitia tributa (plebeyos).
- Con Imperium: Poseían la autoridad soberana, originaria, unitaria, ilimitada y absoluta, para ser ejercida dentro de los límites de la ciudad (imperium domi) o fuera de ella (imperium militiae), incluyendo la facultad de la leva o reclutamiento militar y el mando del ejército. Ejemplos: el consulado, la pretura, la dictadura, el decenvirato, el tribuno con potestad consular, la censura y los cuestores (quaestores).
- Sin Imperium: Todos los demás magistrados que no tenían una autoridad absoluta.
Importancia: Las magistraturas romanas fueron una expresión de una soberanía directa y contribuyeron a la descentralización del poder.
La Ley de las XII Tablas: Fundamento del Derecho Romano
La Ley de las XII Tablas (leges duodecim tabularum) representa una codificación de los mores maiorum (costumbres de los ancestros), que recogió algunas innovaciones fruto de las tensiones entre patricios y plebeyos. Estas leyes contenían todo el derecho romano, tanto el derecho público como el privado, el procedimiento y el derecho penal.
Características de la Ley de las XII Tablas
- Nacionalismo Jurídico: Era un derecho exclusivo de los patricios y plebeyos que alcanzaban la categoría de ciudadanos romanos, por lo que se convirtió en un ordenamiento jurídico excesivamente nacionalista.
- Individualismo: El sujeto de derecho es el individuo frente al grupo, es decir, prima un aspecto individualista del derecho.
- Carácter Religioso y Obligatorio: Es un derecho eminentemente religioso, más evolucionado que el ius Quiritarium, con la fuerza obligatoria que le atribuye su promulgación.
- Formalismo y Publicidad: Es un derecho formal más que ritual, pues el deseo de Roma era dar publicidad a su derecho mediante el recurso al simbolismo.
- Perfeccionamiento Institucional: Comienzan a perfilarse los derechos y las instituciones, por ejemplo: el derecho de familia, la posesión, la obligación o el delito como expresión de una pena.
Contenido de la Ley de las XII Tablas
Las Tablas I, II y III contenían derecho procesal privado. El procedimiento que regulaban era el de las acciones de la ley, acciones judiciales que en virtud de las XII Tablas podían ejercer los ciudadanos romanos para la defensa de sus derechos. El proceso se caracterizaba por su excesivo formalismo y la intervención del poder público era escasa. El pretor era el magistrado que presidía el proceso, pero el juez que dictaba sentencia era un ciudadano elegido de común acuerdo por las partes.