Pilares del Derecho Constitucional: Competencia y Publicidad de las Normas
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Principios Fundamentales del Ordenamiento Jurídico Constitucional
El ordenamiento jurídico constitucional se cimienta sobre pilares esenciales que garantizan su coherencia, legitimidad y eficacia. Entre ellos, destacan el Principio de Competencia y el Principio de Publicidad de las Normas, ambos cruciales para la seguridad jurídica y el funcionamiento democrático del Estado de Derecho.
El Principio de Competencia: Estructura y Delimitación
El Principio de Competencia es un pilar estructural de gran trascendencia en nuestro ordenamiento jurídico constitucional. Se manifiesta en tres vertientes fundamentales, asegurando que cada acto normativo y cada entidad actúen dentro de sus límites preestablecidos:
- Vertiente Orgánica: Representa la manifestación más básica y se formula como la necesidad de que cada norma sea dictada por el órgano que posea la potestad normativa correspondiente, es decir, por el órgano competente para ello.
- Vertiente Territorial: Opera entre distintas entidades territoriales dotadas de autonomía política y administrativa, delimitando sus esferas de acción y evitando conflictos de atribuciones.
- Vertiente Normativa: Supone que determinadas categorías de normas tienen un ámbito material prefijado por la propia Constitución. De esta manera, cada una de ellas solo podrá proyectar su fuerza normativa dentro de ese ámbito material, al cual queda limitada su competencia.
El Principio de Publicidad de las Normas: Transparencia y Seguridad Jurídica
El Principio de Publicidad de las Normas consiste en la exigencia de que toda norma ha de ser dada a conocer públicamente antes de que pueda reclamarse su cumplimiento general. Este principio es absolutamente imprescindible en un ordenamiento democrático justo y constituye un requisito básico para la seguridad jurídica.
Importancia y Fundamentos de la Publicidad Normativa
La relevancia de la publicidad de las normas se sustenta en múltiples dimensiones:
- Fundamento Ético y Político: Ni ética ni políticamente, ni desde un punto de vista jurídico, puede concebirse la noción de obligación jurídica exigible a los ciudadanos sin que estos tengan la posibilidad real de conocer las normas que imponen tales obligaciones. La sola idea de disposiciones secretas pugna tanto con el principio democrático como con el conjunto de valores y principios jurídicos básicos del Estado de Derecho.
- Exigencia Democrática: De acuerdo con el principio democrático, el fundamento último de la validez del ordenamiento jurídico en su conjunto es la autoridad del pueblo, en tanto que titular de la soberanía. El principio democrático exige la publicidad de las normas para que los ciudadanos, integrantes del pueblo, cuenten con la posibilidad real de conocer las disposiciones emanadas de las diversas autoridades que actúan en su nombre. Lo contrario sería propio de un Estado incompatible con los valores y principios formulados en los artículos 1.1, 9.3 y 10 de la Constitución Española, entre los que se encuentran la proscripción de la arbitrariedad y la responsabilidad de los poderes públicos.
- Garantía de Seguridad Jurídica y Justicia: Desde el punto de vista de los valores y principios del ordenamiento jurídico en un Estado de Derecho, la publicidad de las normas es condición indispensable tanto para la seguridad jurídica como para la justicia. Sin publicidad, no estaría garantizada la posibilidad de conocimiento de las normas y obligaciones que afectan a los sujetos de Derecho.
Es importante destacar que, en los Estados modernos dotados de ordenamientos jurídicos sumamente complejos, si bien el propio funcionamiento del Estado y la aplicación efectiva de las normas no dependen del conocimiento real que cada ciudadano posea de las mismas, la publicidad asegura la posibilidad de dicho conocimiento, lo cual es fundamental para la legitimidad y la exigibilidad de las obligaciones jurídicas.