Personas Físicas: Existencia, Atributos e Incapacidad en el Código Civil y Comercial
Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 4,22 KB
¿Qué es una Persona? Tipos y Existencia
Una persona es todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. Existen dos tipos de personas:
Persona Jurídica
Es todo ente al cual el ordenamiento jurídico le reconoce la actitud para adquirir derechos y contraer obligaciones, para el cumplimiento de objetos y fines societarios.
Persona Física/Humana
Es todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones, que presenta signos característicos de humanidad.
Existencia de las Personas Físicas
Comienzo
La existencia de las personas físicas comienza a partir de la concepción.
Finalización
El fin de la existencia de la persona física puede ser por:
- Muerte
- Declaración de ausencia con presunción de fallecimiento
Ausencia con Presunción de Fallecimiento
Ausencia
Se considera ausencia a la falta de información sobre una persona por un tiempo determinado, sin dejar apoderado.
Presunción de Fallecimiento
Se presume el fallecimiento en los siguientes casos:
- Caso ordinario: 3 años de ausencia.
- Caso extraordinario genérico: 2 años de ausencia si la persona estuvo en una catástrofe.
- Caso extraordinario específico: 6 meses de ausencia si la persona estuvo presente en un buque o nave que se estrelló.
Efectos de la Ausencia
Ausencia Simple
Se nombra a un curador para que represente y administre los bienes de la persona desaparecida, evitando perjuicios económicos. Cualquier persona con interés legítimo puede solicitarlo. El curador puede ser conservador o administrador de bienes.
Presunción de Fallecimiento
Cualquier persona con interés en la declaración de muerte puede solicitarla. El procedimiento implica:
- Designación del curador.
- Declaración de la muerte presunta y fijación de la fecha de fallecimiento.
- Realización de inventario de bienes.
- Prenotación.
Atributos de la Personalidad
Son las propiedades o características de identidad propias de las personas físicas o jurídicas como titulares de derechos. Son intransferibles, irrenunciables, inalienables, inembargables e imprescriptibles.
- Nombre: Identificación de la persona (Prenombre + Apellido).
- Capacidad: Aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones.
- Domicilio: Asiento jurídico de las personas.
- Patrimonio: Conjunto de bienes materiales e inmateriales con valor económico.
- Estado civil: Posición jurídica de una persona dentro de una familia (aplicable solo a personas físicas). Se comprueba mediante partidas del registro civil (Matrimonio).
Incapacidad de Ejercicio
El régimen legal considera incapaces de ejercicio a:
- Personas por nacer.
- Menores de edad.
- Personas declaradas incapaces por sentencia judicial.
Categorías de Menores
- Niños: Hasta los trece (13) años de edad. Tienen capacidad para decidir sobre tratamientos no invasivos o que no pongan en riesgo su vida, siempre con el consentimiento de sus padres o tutores.
- Adolescentes: Desde los trece hasta los dieciocho años de edad. Son considerados como adultos para las decisiones sobre su cuerpo.
Ambas categorías tienen derecho a ser oídas en procesos judiciales y a participar en decisiones sobre su persona.
Cese de la Incapacidad de los Menores
La incapacidad de los menores cesa con:
- La mayoría de edad.
- La emancipación por matrimonio.
Inhabilitación
Según el Código Civil y Comercial de la Nación, se puede inhabilitar a personas cuya proligalidad (mal gasto de dinero, excesiva generosidad) ponga en riesgo a sus cónyuges, convivientes, hijos menores o discapacitados (incapacitados por sentencia).