La Persona y el Estado en el Derecho Civil: Conceptos Esenciales y Atributos Jurídicos
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La Persona en el Derecho Civil: Existencia y Atributos
La persona: solo el ser humano es persona y todo ser humano es persona. La existencia de la persona humana comienza con la concepción en el seno materno. En el caso de técnicas de reproducción humana asistida (inseminación artificial - fecundación in vitro), comienza con la implantación del embrión en la mujer.
El embarazo es el periodo de gestación que transcurre entre la concepción y el nacimiento. Para determinar la fecha de concepción, sin contar el día del alumbramiento, se cuentan 300 días hacia atrás y luego 180 días también hacia atrás; en esos 120 días la ley presume que se ha producido la concepción (presunción iuris tantum, susceptible de ser desvirtuada por prueba en contrario).
La Persona por Nacer: Derechos y Condición
La persona por nacer puede ser titular de derechos recibidos por herencia o donación, los cuales se encuentran sometidos a la condición resolutoria de su nacimiento con vida. Si no nace con vida, se considera que la persona nunca existió. El nacimiento con vida se presume.
Atributos de la Persona: Esencia de la Personalidad
Desde el momento mismo de su nacimiento con vida, los atributos de la persona constituyen la esencia de su personalidad. Sus caracteres son:
- Necesarios: No se concibe persona que pueda carecer de ellos, por cuanto la determinan en su individualidad.
- Innatos: El hecho del nacimiento con vida hace que adquieran su plenitud.
- Vitalicios: Se extinguen con la vida de la persona.
- Inalienables: No están en el comercio, no pueden ser objeto de relación jurídica alguna.
- Imprescriptibles.
El Estado Civil: Posición del Sujeto en la Familia
El Estado Civil: es la posición que ocupa el sujeto con relación a la familia, que actúa como causa de relaciones jurídicas familiares cuyo contenido son deberes y derechos recíprocos. Se relaciona con:
- El Matrimonio: Se puede ser soltero, casado o viudo.
- La Unión Convivencial: Se puede ser conviviente o cónyuge afín.
- Las Relaciones Parentales:
- Consanguíneo: Une a personas que tienen vínculo de sangre.
- Adoptivo: Se crea por el imperio legal cuando una adopción es concedida judicialmente.
- Afinidad: Se tiene con los parientes consanguíneos del cónyuge.
- La Voluntad Procreacional: Deriva del consentimiento que presta una persona para ser progenitor cuando se recurre a técnicas de reproducción asistida.
Caracteres del Estado Civil
Los caracteres del Estado Civil son: universalidad, correlatividad, oponibilidad, estabilidad, inalienabilidad, imprescriptibilidad.
Efectos del Estado Civil
Los efectos del Estado Civil son:
- Determina el número y la naturaleza de los derechos y las obligaciones que incumben a las personas.
- Influye en la capacidad de ejercicio y en el nombre de las personas.
- Determina incapacidades de derecho.