Pérdida de Nacionalidad, Doble Ciudadanía y Fuentes del Derecho Internacional Público

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Mecanismos y Causas de Pérdida de la Nacionalidad

  • Por matrimonio.
  • Renunciar a la nacionalidad.
  • Estar sujeto a patria potestad o tutela y que el tutor la pierda.
  • Por dejar de existir su país de origen o dejar de reconocerse como tal.
  • Por tiempo: Si se pasan más de 20 años fuera de un país.
  • Por conquista de un país u otro territorio, perdiendo la nacionalidad originaria. Ejemplo: Durante la Guerra Mundial en Alemania y Francia, aquellas personas que, con la conquista, no aceptaron la nacionalidad, quedaron apátridas.
  • Por decreto de autoridad. Ejemplo: Hitler quitó la nacionalidad a los judíos.

Consideración sobre la Nacionalidad Venezolana

En Venezuela, la nacionalidad no se pierde. Sin embargo, puede darse el caso de que una persona adquiera la nacionalidad venezolana y pierda la de su país de origen, y tiempo después, por decreto, pierda la nacionalidad venezolana, quedando así sin nacionalidad.

Situaciones de Nacionalidad Múltiple y Conflictos

Nacionalidad Positiva (Doble o Múltiple)

Cuando sobre una misma persona se acuñan dos o más nacionalidades, es decir, cuando dos o más Estados le atribuyen la nacionalidad a una persona.

Nacionalidad Conflictual

Hay una especie de choque entre el Ius Solis y el Ius Sanguinis, un conflicto por Derecho Natural. Ejemplo: Los inmigrantes, que son de una nacionalidad, y su hijo nace en un país distinto. (No hay un conflicto como tal, sino una concurrencia de criterios).

Nacionalidad Convencional

Proviene de los Tratados Internacionales entre los Estados, reconociéndoles a los extranjeros su nacionalidad. Venezuela no tiene tratados en base a esto, pero tiene con España una especie de canje de notas, es decir, una obligación de informar si un nacional de ese país adquiere la nacionalidad del otro. Ejemplo: La naturalización privilegiada (Art. 37).

Nacionalidad Unilateral

Cuando una persona tiene dos nacionalidades por iniciativa propia. Es permitido unilateralmente por la decisión de un Estado determinado. La nacionalidad venezolana no se pierde por adquirir otra nacionalidad, por lo que, al adquirir otra, queda automáticamente con dos.

Nacionalidad Bilateral

Cuando dos países reconocen mutuamente la doble nacionalidad y pueden permitir incluso más de dos.

Fuentes del Derecho Internacional Público (DIP)

  • Tratados Internacionales Vigentes suscritos por Venezuela.
  • Normas de Derecho Internacional Público en Venezuela.
  • La Analogía.
  • Principio del Derecho Internacional Público de Venezuela.

Clasificación de las Fuentes del DIP

  • Materiales.
  • Formales.

Fuentes Materiales

Las fuentes materiales son las causas productoras de un fenómeno jurídico. Pueden darse de forma natural o no, pero deben regularse porque pueden crear conflictos sociales. Ejemplo: La vida en pareja, la muerte de una persona.

Principios y Valores Fundamentales de las Normas Jurídicas

Principios y valores que son el motivo de las normas jurídicas, son esencia, ser y naturaleza:

  • Solidaridad.
  • Pacta Sunt Servanda.
  • Opinión Pública.
  • Conciencia Colectiva.
  • Noción de Justicia.
  • Convicción Jurídica.

Fuentes Formales

Las fuentes formales hacen referencia a cómo son creadas las normas jurídicas, es decir, el proceso para convertirse en norma.

El Poder Constituyente

Es la Primera Gran Fuente, porque de él nace la Constitución.

La Legislación

Es la Segunda Gran Fuente, en base a la ley que es producto de ella.

La Potestad Reglamentaria

Aquella que forma los reglamentos.

La Jurisprudencia

La verdadera fuente debería ser el proceso, que es de donde surge la jurisprudencia. Esta solo es fuente cuando resuelve casos novedosos de los cuales se puede extraer la interpretación dada por los jueces para un caso concreto, permitiendo resolver casos similares de la misma forma.

La Costumbre Jurídica

Produce normas jurídicas siempre y cuando sea reconocida por la ley. Está compuesta por dos elementos:

Elemento Objetivo (Inveterata Consuetudo)

Conducta que se sigue constantemente.

Elemento Subjetivo (Opinio Iuris Seu Necessitatis)

Consiste en la convicción voluntaria de la persona para considerar esa conducta como una norma obligatoria.

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