Patronato de Liberados: Funciones, Derechos y Obligaciones para la Reinserción Social Exitosa

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Funciones y Competencias del Patronato de Liberados

Las acciones que tiene a cargo el Patronato de Liberados son la tutela, asistencia y tratamiento de toda persona que, por disposición judicial, deba estar sometida a su cuidado, ya sean:

  • Liberados condicionales.
  • Condenados condicionales.
  • Personas eximidas de prisión.
  • Excarcelados.
  • Condenados con libertad asistida o salidas transitorias.
  • Toda persona que deba cumplir prisión domiciliaria.
  • Liberados por cumplimiento de pena.

Derechos de las Personas Liberadas

La persona liberada tendrá derecho a:

  • Recibir asistencia y tratamiento que corresponda a su caso en particular, según lo dispuesto por el juez competente. La asistencia podrá extenderse a su grupo familiar a cargo, en la medida de las posibilidades del Patronato.
  • Solicitar asistencia del Patronato una vez cumplida la pena.
  • Requerir pasajes oficiales o las sumas de dinero necesarias para su traslado.
  • Solicitar el trámite de su documentación personal, alimentos, alojamiento, y asesoramiento legal para la defensa de sus derechos.

Obligaciones de las Personas Liberadas

Las obligaciones de la persona liberada son:

  • Cumplimentar las condiciones o reglas de conducta impuestas por la autoridad judicial competente.
  • Someterse al tratamiento del Patronato.

En caso de incumplimiento, el Patronato deberá informar al juez de ejecución o al competente, quien resolverá su situación legal.

Proceso de Pre-Egreso Penitenciario

La tarea de pre-egreso consiste en que el Patronato, con el apoyo del Centro Coordinador y el Servicio Penitenciario, realizará esta labor con todo condenado alojado en los establecimientos penitenciarios bonaerenses. Se iniciará con no menos de seis (6) meses de anticipación a la fecha del posible otorgamiento de la liberación condicional asistida. Esta tarea incluye la comunicación con sus familiares.

Asistencia Integral a Personas Liberadas

La asistencia a personas liberadas será personalizada y dirigida de forma directa e inmediata al tutelado. En cada caso, se deberán realizar todas las gestiones necesarias y conducentes con el fin de procurar:

  • La orientación hacia la capacitación.
  • La confirmación y el mejoramiento de las relaciones con su núcleo familiar.
  • El establecimiento de relaciones con personas e instituciones que faciliten y favorezcan las posibilidades de integración social.
  • La obtención de documentación personal y la seguridad social.
  • El suministro de alimentos, medicamentos, vestimenta, alojamiento, asistencia médica y psicológica.
  • Asesoramiento jurídico.
  • El traslado a lugar de residencia, de trabajo o asistencia médica.
  • La orientación hacia la alfabetización.
  • Orientación sobre la necesidad de asistencia y los tratamientos médicos cuando el caso lo indique.
  • Prevención de conductas de riesgo personal o social.
  • El acompañamiento en las distintas etapas del proceso de inserción social.

Mecanismos de Control y Seguimiento

El control por parte de los agentes de prueba será de forma individualizada y se realizará a través de:

  • Presentaciones periódicas en la delegación o lugar que determine ese cuerpo.
  • Entrevistas profesionales.
  • Visitas domiciliarias periódicas.
  • Constatación del domicilio fijado judicialmente.
  • Todo otro procedimiento técnico adecuado.

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