Patronato de Liberados: Funciones, Derechos y Obligaciones para la Reinserción Social Exitosa
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Funciones y Competencias del Patronato de Liberados
Las acciones que tiene a cargo el Patronato de Liberados son la tutela, asistencia y tratamiento de toda persona que, por disposición judicial, deba estar sometida a su cuidado, ya sean:
- Liberados condicionales.
- Condenados condicionales.
- Personas eximidas de prisión.
- Excarcelados.
- Condenados con libertad asistida o salidas transitorias.
- Toda persona que deba cumplir prisión domiciliaria.
- Liberados por cumplimiento de pena.
Derechos de las Personas Liberadas
La persona liberada tendrá derecho a:
- Recibir asistencia y tratamiento que corresponda a su caso en particular, según lo dispuesto por el juez competente. La asistencia podrá extenderse a su grupo familiar a cargo, en la medida de las posibilidades del Patronato.
- Solicitar asistencia del Patronato una vez cumplida la pena.
- Requerir pasajes oficiales o las sumas de dinero necesarias para su traslado.
- Solicitar el trámite de su documentación personal, alimentos, alojamiento, y asesoramiento legal para la defensa de sus derechos.
Obligaciones de las Personas Liberadas
Las obligaciones de la persona liberada son:
- Cumplimentar las condiciones o reglas de conducta impuestas por la autoridad judicial competente.
- Someterse al tratamiento del Patronato.
En caso de incumplimiento, el Patronato deberá informar al juez de ejecución o al competente, quien resolverá su situación legal.
Proceso de Pre-Egreso Penitenciario
La tarea de pre-egreso consiste en que el Patronato, con el apoyo del Centro Coordinador y el Servicio Penitenciario, realizará esta labor con todo condenado alojado en los establecimientos penitenciarios bonaerenses. Se iniciará con no menos de seis (6) meses de anticipación a la fecha del posible otorgamiento de la liberación condicional asistida. Esta tarea incluye la comunicación con sus familiares.
Asistencia Integral a Personas Liberadas
La asistencia a personas liberadas será personalizada y dirigida de forma directa e inmediata al tutelado. En cada caso, se deberán realizar todas las gestiones necesarias y conducentes con el fin de procurar:
- La orientación hacia la capacitación.
- La confirmación y el mejoramiento de las relaciones con su núcleo familiar.
- El establecimiento de relaciones con personas e instituciones que faciliten y favorezcan las posibilidades de integración social.
- La obtención de documentación personal y la seguridad social.
- El suministro de alimentos, medicamentos, vestimenta, alojamiento, asistencia médica y psicológica.
- Asesoramiento jurídico.
- El traslado a lugar de residencia, de trabajo o asistencia médica.
- La orientación hacia la alfabetización.
- Orientación sobre la necesidad de asistencia y los tratamientos médicos cuando el caso lo indique.
- Prevención de conductas de riesgo personal o social.
- El acompañamiento en las distintas etapas del proceso de inserción social.
Mecanismos de Control y Seguimiento
El control por parte de los agentes de prueba será de forma individualizada y se realizará a través de:
- Presentaciones periódicas en la delegación o lugar que determine ese cuerpo.
- Entrevistas profesionales.
- Visitas domiciliarias periódicas.
- Constatación del domicilio fijado judicialmente.
- Todo otro procedimiento técnico adecuado.