Parlamento Europeo: Composición, Elección, Estructura y Competencias

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El Parlamento Europeo: Composición, Elección, Estructura y Competencias

El PE: Naturaleza: depositario de la democracia representativa. Cenicienta de las instituciones, ha experimentado un proceso de reforzamiento constante que lo ha acercado a las cámaras de los EM. Composición: no excederá de 750 miembros, y ningún EM tendrá menos de 6 escaños ni más de 96. Actualmente, situación de provisionalidad.

Elección

Regulada en el Acta Electoral Europea de 1976, donde se fijan algunas reglas comunes y se dejan otros aspectos al arbitrio de cada EM. Sufragio universal, libre, directo y secreto. Son electores y elegibles los ciudadanos europeos y el sistema electoral es proporcional. Las elecciones tendrán lugar en la fecha y hora que determine cada EM dentro de un periodo común, y se prohíbe el doble voto. La circunscripción electoral puede ser única o regional.

Estatuto

Mandato de 5 años presidido por la independencia. Ni reciben ni aceptan instrucciones. Poseen inmunidades y privilegios y tienen dedicación exclusiva, fijada en una lista de incompatibilidades.

Estructura

Se organiza a través de una Mesa, que dirige las sesiones, compuesta por Presidente, vicepresidente y 5 cuestores encargados de los asuntos económicos y administrativos. El Presidente es elegido por media legislatura, representando a la institución ante todas las instancias. Trabaja en pleno o a través de las 20 comisiones permanentes en distinta especialidades.

Funcionamiento

Sede en Estrasburgo, pero comisiones en Bruselas. Los eurodiputados se agrupan por ideología. Hay 7 grupos que representan el mapa político europeo. La Conferencia de Presidentes elabora el orden del día. El sistema de adopción de decisiones exige un quorum previo de 1/3 parte de los diputados, que decidirán por mayoría simple como regla general, o por mayoría reforzada de 2/3 en caso de decisiones de especial importancia como moción de censura a la Comisión.

Competencias

Legislativa, presupuestaria, de control político y consultivas.

Competencias Legislativas

Es co-legislador, junto con la Comisión y el Consejo. Participa en igualdad con el Consejo en el procedimiento legislativo ordinario, decide en solitario en los procedimientos especiales y es necesaria su consulta o aprobación en otros casos. Puede instar a la Comisión a que presente una propuesta, y si esta se niega puede emprender un recurso por omisión ante el TJUE.

Control Político

Actúa como contrapeso del Consejo y de la Comisión.

Competencias Presupuestarias

Aprueba junto con el Consejo el presupuesto que le presenta la Comisión. Elige al Presidente de la Comisión, al Defensor del pueblo.

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