Pactos y Obligaciones Clave en el Contrato de Trabajo

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Pactos Accesorios al Contrato de Trabajo

Periodo de Prueba (Art. 14 ET)

  • Pacto contractual de duración temporal con la finalidad de experimentar sobre el terreno las aptitudes del trabajador para el desarrollo del trabajo encomendado.
  • Permite la verificación de las aptitudes profesionales del trabajador.
  • Naturaleza jurídica: Condición resolutoria potestativa (continuidad y cumplimiento de la condición).
  • Régimen jurídico: Singularidad (permite la resolución contractual por ambas partes).
  • Límites a su establecimiento: Nulidad cuando haya comenzado la relación laboral o cuando sea un trabajador que haya realizado antes las mismas funciones.
  • Requisitos formales:
    • Pacto expreso en el momento de celebración del contrato.
    • Por escrito.
    • Máximo de duración:
      • Técnicos y titulados: 6 meses.
      • Resto de trabajadores: 2 meses.
      • Alta dirección: 9 meses.
      • Hogar familiar: 2 meses.
      • Práctica profesional: 1 mes.
  • Vigencia: Igualdad de derechos y obligaciones.
  • Resolución empresarial del contrato durante el periodo de prueba:
    • No formalidad: No es necesario justificar causa.
    • Nula en caso de trabajadora por embarazo o maternidad, o en caso de vulnerar Derechos Fundamentales del trabajador.
  • Finalización: Transcurso del plazo fijado sin que el empresario haya ejercido su facultad resolutoria.

Pacto de Permanencia en la Empresa (Art. 21.4 ET)

  • Límite a la libertad de desistimiento del trabajador.
  • Protege el interés empresarial en aquellos casos en que el trabajador ha recibido "especialización profesional" con cargo a la empresa.
  • Acuerdo escrito.
  • Máximo 2 años.
  • Incumplimiento: Indemnización por daños y perjuicios.

Pacto de No Competencia Postcontractual (Art. 21.2 ET)

  • Competencia desleal durante la vigencia del contrato de trabajo: Prohibición.
  • Competencia con posterioridad: Es preciso pacto.
  • Requisitos:
    • Interés empresarial efectivo.
    • Compensación económica al trabajador.
  • Duración:
    • Técnicos: 2 años.
    • Otros: 6 meses.

Pacto de Exclusividad (Art. 21.1 ET)

  • Posibilidad de pluriempleo.
  • Excepciones: Cuando se estime competencia desleal o se pacte plena exclusividad.
  • Régimen jurídico: Trabajador compensado económicamente y puede rescindir el acuerdo y recuperar su libertad de trabajo en otro empleo.
  • Requisito para rescindir: Aviso con 30 días de antelación.
  • Consecuencia de la rescisión: Pérdida de la compensación económica.

Las Obligaciones de Comunicación de las Contrataciones Efectuadas

Obligaciones de Comunicación a los Servicios Públicos de Empleo

  • Obligados: Todas las empresas.
  • Objeto: Todas las contrataciones, sus modificaciones y sus prórrogas.
  • Destinatario: Servicios Públicos de Empleo.
  • Contenido: Datos de la empresa y del trabajador.
  • Plazo: 10 días siguientes a la celebración del contrato.
  • Incumplimiento: Infracción leve.

Obligaciones en Materia de Seguridad Social

  • Obligaciones de afiliación:
    • Inscripción de la empresa.
    • Solicitud de afiliación de los trabajadores contratados por primera vez.
    • Solicitud de alta de los trabajadores ya contratados con anterioridad.
    • Ha de cumplirse con anterioridad al inicio de la relación laboral.
  • Obligación de alta: Cada vez que se inicia la relación laboral.
  • Incumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social:
    • Alta presunta o de pleno derecho.
    • Responsabilidad en materia de prestaciones.
    • Responsabilidades administrativas.
    • Responsabilidad por las cotizaciones adeudadas.

La Copia Básica del Contrato y la Información de los Elementos Esenciales

Entrega de la Copia Básica del Contrato

  • Requisito adicional a la contratación: Entregar la copia básica de los contratos que deban formalizarse por escrito.
  • Excepción: Se excluyen los contratos laborales especiales de alta dirección.
  • Destinatario: Representantes de los trabajadores y oficinas de empleo.
  • Plazo: 10 días.
  • Contenido: Todos los datos menos DNI, domicilio, estado civil y otros datos personales.
  • Incumplimiento: Sancionable.

Información al Trabajador sobre los Elementos Esenciales del Contrato (Art. 8.5 ET)

  • Supuestos en los que procede: Cuando la relación laboral sea de duración superior a 4 semanas, el empresario deberá informar por escrito al trabajador.
  • Plazo: 2 meses.
  • Contenido: Elementos esenciales del contrato y principales condiciones de la ejecución de la prestación laboral (lugar, salario, jornada, etc.).
  • Incumplimiento: Responsabilidad administrativa por infracción leve (Art. 6.4 LISOS).

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