Oso pardo en peligro de extinción: protección legal, caza y recuperación en España y los Pirineos
Resumen
El documento describe el estado de conservación del oso pardo, con especial atención a la población pirenaica y a su recuperación desde mediados de los años noventa. Recoge el marco legal nacional, autonómico y europeo que protege a la especie, así como las amenazas derivadas de la caza y la caza furtiva y las sanciones previstas. También incluye curiosidades sobre su olfato, su oído y su baja tasa de natalidad.
Puntos clave
- A mediados de los años noventa el oso pardo estuvo a punto de extinguirse en los Pirineos.
- La población pirenaica alcanza unos 70 ejemplares según el último censo del Grupo de Seguimiento Transfronterizo del Oso en los Pirineos.
- El Real Decreto 439/1990 regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, donde el oso pardo figura como especie en peligro de extinción.
- La Ley 4/1989 atribuye a las Comunidades Autónomas la elaboración de los Planes de Recuperación de las especies catalogadas.
- La Directiva 92/43/CEE incluyó al oso pardo en sus anexos como “especie prioritaria”.
- Desde 1973 su caza está prohibida en todo el territorio español, aunque persiste la caza furtiva.
- La hembra alcanza la madurez sexual entre los 3 y los 5 años y puede pasar hasta 3 años entre camadas.
Estado de Conservación del Oso Pardo
A mediados de los años noventa, el oso pardo estuvo a punto de extinguirse en los Pirineos.
Recuperación y Población Actual
Actualmente, la población pirenaica sigue consolidándose, y ahora alcanza un total de unos 70 ejemplares, según el último censo del Grupo de Seguimiento Transfronterizo del Oso en los Pirineos.
Marco Legal y Protección del Oso Pardo
Legislación Nacional (Tratados Antiguos)
El oso pardo es una especie protegida y catalogada en peligro de extinción por el Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, que regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Esta catalogación exige la adopción de medidas urgentes que permitan eliminar las causas de su progresiva desaparición y adoptar las medidas necesarias para su recuperación.
La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, establece que corresponde a las Comunidades Autónomas la elaboración de los Planes de Recuperación para las especies catalogadas en peligro de extinción.
Protección Actual (Tratados Recientes)
La forma más efectiva de proteger a este animal está en manos de los Gobiernos y Administraciones públicas, así como en su capacidad de delimitar áreas protegidas donde se preserve el hábitat del oso pardo.
Normativa Europea
Dado que la especie desapareció de casi toda la Unión Europea, fue incluida en los anexos de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestres, con la categoría de “especie prioritaria”.
Normativa en Euskadi
En el País Vasco, la protección de la fauna silvestre se complementa con normativas específicas, como la Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales domésticos (aunque el oso pardo se rige por legislación de fauna silvestre, esta ley forma parte del marco legal autonómico de protección animal).
Amenazas: Caza y Caza Furtiva
Aunque es cierto que la caza constituye un problema menor debido a las leyes que prohíben su práctica en muchos países y territorios, la realidad es que, todavía a día de hoy, podemos encontrar diferentes zonas del planeta donde la caza constituye una amenaza real para las poblaciones de oso pardo.
Desde 1973, la especie está protegida y su caza está prohibida en todo el territorio español, pero todavía se capturan como trofeos de manera furtiva.
Denuncias y Sanciones
Los ecologistas denuncian el “récord mundial” de ejemplares de oso, especie en peligro de extinción, muertos por disparos en la Montaña Palentina, mientras el Gobierno de Castilla y León insiste en defender que se realicen cacerías en sus santuarios.
Las sanciones por la caza ilegal del oso pardo varían significativamente por comunidad autónoma:
- Cataluña: 6.000 euros.
- Castilla y León: 9.015 euros.
- Asturias: 18.030 euros.
- Cantabria o Navarra: Más de 60.000 euros.
Curiosidades del Oso Pardo
Sentidos Agudos: El Olfato
Su olfato es extremadamente agudo. También el oído lo tienen muy bien desarrollado; sin embargo, carecen de una buena visión. Pero esto no es problema para ellos, pues con el oído y el olfato logran realizar las actividades de búsqueda de alimento sin dificultad, pueden detectar amenazas y hasta el estado sexual de otros ejemplares, incluso a largas distancias.
Baja Tasa de Natalidad
Son los vertebrados con la menor tasa de natalidad del mundo. Esto ocurre porque la hembra de oso pardo alcanza la madurez sexual entre los 3 y los 5 años, y entre una camada y otra pueden pasar hasta 3 años.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Desde cuándo está prohibida la caza del oso pardo en España?
Según el texto, desde 1973 la especie está protegida y su caza está prohibida en todo el territorio español. Aun así, se siguen capturando ejemplares de forma furtiva.
¿Qué norma regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas?
El Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, donde se incluye al oso pardo como especie en peligro de extinción. Esta catalogación exige medidas urgentes de recuperación.
¿Por qué el oso pardo tiene una tasa de natalidad tan baja?
Según el documento, la hembra alcanza la madurez sexual entre los 3 y los 5 años y entre una camada y otra pueden pasar hasta 3 años. Por ello es el vertebrado con la menor tasa de natalidad del mundo.
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