Origen y Soluciones del Conflicto Social: Perspectivas Jurídicas y Sociológicas

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El Conflicto Social

El derecho existe porque existen los conflictos, y nace con la finalidad de resolverlos. Esta relación también se da entre el conflicto y la política criminal. Hay algunos conflictos que son especialmente graves; en esos casos, interviene el derecho penal. ¿Por qué existen los conflictos? La respuesta varía según el autor:

Platón

Según Platón, el hombre en sociedad no realiza las funciones para las que está mejor dotado por su naturaleza, por lo que se siente insatisfecho. Observa que, en gran medida, los conflictos han sido determinados por el deseo de satisfacer dos necesidades básicas: las materiales (alimentos, bienes…) y las sexuales. Establece la comunidad de bienes, en la que entrarían todos los hombres, y la de relaciones sexuales, donde no entrarían los artesanos porque los asemeja a la típica familia tradicional. Aparece el aspecto de la conexión entre conflicto social y necesidad humana.

Rousseau

Rousseau sostiene que el desarrollo de las ciencias y las artes ha contribuido a envilecer al hombre, que se comporta de manera despreciable. En la tesis del mito del buen salvaje, afirma que el hombre, en el estado de naturaleza, es un ser feliz que no tiene vicios, por lo que ha sido la sociedad la que, de alguna forma, ha corrompido al hombre. Antes de vivir en sociedad, la naturaleza satisfacía las necesidades del hombre, por lo que no tenía motivos para estar insatisfecho. El primer hombre que tomó una estaca e hizo un cerco y dijo "esto es mío" fue el fundador de la sociedad; por lo tanto, se empieza a establecer la desigualdad entre los hombres en la sociedad, y se sienten infelices. Da solución al conflicto a través del contrato social por su participación democrática. La solución tiene que estar regulada por leyes que expresen la voluntad general; en la sociedad, los hombres seguirían siendo libres.

Marx

Marx lleva a sus últimas consecuencias la teoría del conflicto social. El hombre está sometido a condiciones de trabajo que proceden de los distintos modos de producción que se han ido sucediendo a través de las culturas. Cuando en la evolución histórica hay una separación entre el sistema de producción económico y las normas que tienen que regular esa estructura, es cuando surge el conflicto y la revolución, por lo que el conflicto es la contradicción entre la estructura y la superestructura. Los procesos revolucionarios y los cambios se dan cuando hay falta de sintonía entre las exigencias económicas y las reglas que regulan esos sistemas productivos. Por ejemplo, tras la Revolución Francesa, la burguesía se da cuenta de que sus necesidades económicas no concuerdan con las del Antiguo Régimen.

Stammler

A finales del siglo XIX, Stammler critica a Marx diciendo que no era la economía la que dirige el derecho, sino todo lo contrario: el derecho se basta a sí mismo para reglamentar los conflictos sociales.

Proyecciones Jurídicas sobre el Conflicto Social

Existen tres grandes tesis del conflicto social:

  • La Tesis de la Sociología del Consenso

    (Teoría del liberalismo conservador): Su creador es Parsons. Según él, en todas las sociedades existe una estructura social básica construida sobre la base de un gran acuerdo entre los miembros de la sociedad. La sociedad mantiene su estructura porque quienes la integran están de acuerdo con unos valores que aceptan, por lo que el consenso es el elemento básico del orden social. Cuando no se acepta ese consenso, surge el proceso revolucionario. Los modelos de política criminal que se inspiran en Parsons dicen que la política criminal tiene un papel que es impedir que existan conflictos sociales y, cuando estos surgen, hay que reprimirlos con todos los medios político-criminales posibles.

  • La Teoría del Conflicto

    (Teoría social-demócrata): Defendida por los sociólogos de la escuela de Frankfurt (Marcuse, Habermas y Hassemer). En 1920, estos autores intentan dar una visión crítica de los problemas de la sociedad influidos por la sociología de Max Weber, el pensamiento ideológico de Marx y el psicoanálisis de Freud. El conflicto no se puede eliminar de la sociedad, es esencial para esta, pero no por esto hay que considerar que es malo; es un elemento dinamizador de la sociedad. La contradicción hace que la sociedad progrese, siendo más abierta y plural.

    • Marcuse: En su obra El hombre unidimensional, explica que una sociedad sin conflictos no es una sociedad feliz porque la sociedad tiene unos elementos de disconformidad que son buenos.
    • Habermas: Su pensamiento ha influido mucho en penalistas y teóricos de política criminal actuales.
    • Hassemer: Discípulo de Habermas, por lo que se inspira en él. Sostiene que el derecho penal tiene que ser receptivo al pluralismo social, que es lo que hace que existan en la sociedad distintos modos de concebir la vida. Ni el derecho penal ni la política criminal tienen que jugar un papel represor respecto al conflicto. Una buena política criminal será aquella que proteja al conflicto, permitiendo que los grupos minoritarios de la sociedad tengan cauces jurídicos para expresar sus opiniones, aunque estas sean conflictivas con respecto a las de la mayoría, por lo que la política criminal ha de dar garantías a los grupos minoritarios para que puedan ejercer su libertad de expresión, consiguiendo una sociedad libre y pluralista.
  • La Tesis Reformista

    (Teoría del liberalismo progresista): Representada por Dahrendorf. Según él, la sociología del conflicto y la del consenso son peligrosas e insatisfactorias porque son unilaterales. Para resolver los conflictos, crea la teoría de la institucionalización del conflicto, o sea, institucionalizar los conflictos para que los intereses se canalicen en instituciones y, por lo tanto, no degeneren en violencia. Los grupos pueden expresarse de una manera institucionalizada, como en el caso de los sindicatos.

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