Origen y Concepto del Municipio: Fundamentos y Evolución Legislativa Peruana

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Nociones Generales del Origen del Municipio

Etimológicamente, la palabra municipio proviene del latín, que está compuesta de dos locuciones:

  • El sustantivo munus, muneris, que significa cargas u obligaciones, tareas u oficios.
  • El verbo capio, capis, capere, que se refiere a tomar, hacerse cargo de algo, asumir ciertas cosas.

De la conjugación de estas dos palabras surge el término municipium, que se utilizaba para hacer referencia a la forma organizacional de una comunidad itálica mediante la cual sus miembros tomaban a su cargo ciertas tareas personales u obligaciones tributarias a favor de Roma que atañían a la vida comunitaria.

Derecho Municipal

Concepto

  • Según Herrero Pons: Es una rama del derecho público que trata de los preceptos jurídicos que rigen la estructura y los fines de esa forma de sociedad que se denomina municipio, de los órganos que los gobiernan, de los poderes que le corresponden y de las atribuciones que ejercen para realizar los servicios públicos que demanda el bienestar común.
  • Según el Diccionario Enciclopédico de Cabanellas: Nos dice que es un conjunto de leyes, fueros y costumbres peculiares de las provincias, ciudades, villas o lugares, y más comúnmente el que rige la vida administrativa y general de las municipalidades y corporaciones y en sus nexos con el respectivo vecindario.

Concepto Amplio del Municipio

Se refiere a todo aquello que está comprendido en el ámbito de una localidad: población, actividades económicas, recursos naturales, clubes, instituciones públicas y privadas. (Es la actuación de una gestión municipal).

Municipio y Municipalidad

La municipalidad forma parte del municipio; es la institución desde la cual se ejerce el gobierno del municipio. La municipalidad es conducida por el alcalde y el concejo municipal.

Definición según la Real Academia Española

Conforme al Diccionario de la Real Academia Española (2016):

  • El municipio es “el conjunto de habitantes de un mismo término jurisdiccional, regido en sus intereses vecinales por un ayuntamiento”.

Capítulo II: Antecedentes de la Legislación Municipal Peruana

Los encontramos en los cabildos hispanos que llegaron con la conquista española y fueron surgiendo conjuntamente con la creación de las ciudades.

  • La Constitución de 1823, en su art. 138, reconocía las municipalidades electivas. El denominado poder municipal tenía su origen en los colegios electorales de parroquia y tenía a su cargo el control del orden público, la educación, la beneficencia y salubridad, el ornato y recreo locales, así como el desarrollo de la agricultura y de las industrias.
  • La Constitución Vitalicia de Bolívar en 1826, suprimió el régimen municipal.
  • En el año 1873, se dictó la Ley de los Consejos Departamentales y Municipales, tomada de la Ley Francesa de 1871.
  • El 14 de octubre de 1892, se dictó la primera Ley Orgánica de Municipalidades.

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