Órganos Jurisdiccionales Civiles en España: Competencia y Ámbito

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Órganos Jurisdiccionales Civiles en España

  • Juzgados de Paz: Art. 100 LOPJ y Art. 47 LEC. Ámbito municipal (Art. 99 LOPJ). (Conocerán en primera instancia de asuntos que, por razón de la cuantía, no superen los 90 euros).
  • Juzgado de Primera Instancia: Art. 85 LOPJ y Art. 45 LEC. Ámbito de partido judicial (Art. 84 LOPJ). (Conocerán en primera instancia de los asuntos civiles que no vengan atribuidos por ley a otros Juzgados o Tribunales. Es un órgano residual. Conocerán también de los recursos que establezca la ley frente a resoluciones de los Juzgados de Paz).
  • Juzgado de Violencia sobre la Mujer: Art. 87 ter.2 LOPJ y Art. 49 bis LEC. Ámbito, en principio, de Partido Judicial (Art. 87 bis LOPJ). (Podrán conocer, en el orden civil, de los siguientes asuntos: filiación, paternidad, maternidad, nulidad de matrimonio, separación y divorcio, relaciones paterno filiales, adopción de medidas de transparencia familiar, etc.).
  • Juzgado de lo Mercantil: Art. 86 ter LOPJ. Ámbito, en principio, provincial (Art. 86 bis LOPJ). (Conocerán en materia concursal, acciones relativas a competencia desleal, propiedad industrial, propiedad intelectual, publicidad, transportes, derecho marítimo, acciones colectivas en materia de condiciones generales de la contratación y protección de consumidores y usuarios, etc.).
  • Audiencia Provincial: Art. 82.2, 1º, 2º, 3º y 4º LOPJ. Ámbito provincial (Art. 80 LOPJ). (Conocerán de los recursos que establezca la ley frente a resoluciones dictadas en primera instancia por los Juzgados de Primera Instancia, por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y por los Juzgados de lo Mercantil, todos ellos de la correspondiente provincia).
  • Tribunal Superior de Justicia (TSJCA, Sala de lo Civil y de lo Penal, como Sala de lo Civil): Art. 73.2 LOPJ. (Conocerá, en única instancia, de las demandas de responsabilidad civil por hechos cometidos en el ejercicio de sus cargos, dirigidas contra el Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno de la CA o contra los miembros de la Asamblea Legislativa, etc. Según el Art. 73.1.a), conocerán del recurso de casación foral y del extraordinario por infracción procesal cuando se den todos los presupuestos para ello).
  • Tribunal Supremo (Sala 1ª, de lo Civil): Art. 56 LOPJ. (Conocerá de las demandas de responsabilidad civil por hechos realizados en el ejercicio de su cargo dirigidas contra el Presidente del Gobierno, Presidentes del Congreso y del Senado, del CGPJ, del TC, miembros del Gobierno, diputados y senadores, etc. Según el Art. 56.1º LOPJ, conocerá de los recursos de casación, revisión y otros extraordinarios en materia civil que establezca la ley).

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