Organizaciones Internacionales: Derecho, Tipos y Casos Prácticos

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 6,39 KB

Organizaciones Internacionales

Concepto, Naturaleza y Caracteres Generales

La definición de las organizaciones internacionales (OOII) se enfrenta a la dificultad que representan las diferencias de estructura, objeto y competencias entre ellas, y su constante evolución. Podemos definir las OOII como asociaciones voluntarias de Estados establecidas por acuerdo internacional, dotadas de órganos permanentes, propios e independientes, encargadas de gestionar los intereses colectivos y capaces de expresar una voluntad jurídicamente distinta de la de sus miembros.

Elementos diferenciadores de las OOII:

  1. Composición esencialmente interestatal: Constituidas casi exclusivamente por Estados soberanos, aunque la práctica muestra una creciente participación de sujetos no estatales.
  2. Base jurídica generalmente convencional: Su existencia se deriva de un acto jurídico previo, usualmente un tratado multilateral, que actúa como su constitución.
  3. Estructura orgánica permanente e independiente: Poseen órganos permanentes que aseguran su funcionamiento continuo, distinguiéndolas de las conferencias internacionales.
  4. Autonomía jurídica: Tienen personalidad jurídica propia, distinta de la de sus Estados miembros, lo que les permite ser titulares de derechos y obligaciones.

Clasificación de las OOII

Existen diversos criterios para clasificar las OOII:

  1. Por sus fines:
    • De cooperación preferentemente militar o de seguridad (OTAN, UEO).
    • De cooperación preferentemente económica (FMI, OMC, OPEP, MERCOSUR, UE).
    • De cooperación social, cultural y humanitaria (OIT, UNESCO, OMS).
    • De cooperación técnica y científica (UPU, OMM).
  2. Por su composición:
    • De ámbito universal (ONU).
    • De ámbito regional (OEA, UE, Consejo de Europa).
  3. Por sus competencias:
    • De cooperación o coordinación.
    • De integración o unificación.

Participación en las OOII

Participación Plena

  1. Adquisición de la condición de miembro: Puede ser como miembros fundadores o mediante admisión posterior, lo que implica el concurso de voluntades del Estado candidato y la organización.
  2. Condiciones de fondo y procedimiento de control: Las condiciones varían según la organización y pueden ser funcionales, geográficas, económicas o políticas. El procedimiento de admisión puede involucrar a varios órganos y requerir mayorías simples, reforzadas o unanimidad.
  3. Derechos y obligaciones: Rige el principio de igualdad, aunque existen excepciones, como el caso de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU.

Pérdida de la Condición de Miembro

  • Retirada: Derecho inherente a la condición de miembro, sujeto a las normas del tratado constitutivo.
  • Ausencia de participación en algunas actividades: Política de la "silla vacía".
  • Exclusión: Sanción por violación de obligaciones esenciales, puede ser temporal (suspensión) o definitiva.

Existencia Jurídica de las OOII

Creación: El Tratado Constitutivo

Las OOII nacen de un acto jurídico multilateral, generalmente un tratado internacional. Su entrada en vigor marca el inicio de la organización y la adquisición de la condición de miembro por los Estados parte.

Sucesión

Una organización puede suceder a otra en sus funciones, competencias y patrimonio, lo que requiere la conformidad de los Estados miembros.

Disolución

Puede ocurrir por diversas razones, como el cumplimiento de su objetivo, dificultades financieras o cambio de circunstancias. La decisión suele tomarse por unanimidad o mayoría en el órgano plenario.

Manifestaciones de las OOII

Las OOII pueden celebrar acuerdos internacionales, participar en procedimientos de solución de controversias y utilizar símbolos como nombre, bandera e himno.

Principios de la ONU

Los principios del artículo 2 de la Carta de la ONU constituyen el marco general de obligaciones para sus órganos y miembros. Algunos principios clave son:

  • Igualdad soberana de los Estados.
  • Buena fe.
  • Arreglo pacífico de las controversias.
  • Prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza.
  • No intervención.
  • Cooperación pacífica entre los Estados.

El Tribunal Internacional de Justicia (TIJ)

Órgano judicial principal de la ONU, con competencia contenciosa y consultiva. Sus decisiones son vinculantes para los Estados parte en el Estatuto.

Relaciones entre la ONU y Organismos Regionales

El Capítulo VIII de la Carta de la ONU reconoce la existencia de acuerdos y organismos regionales, siempre que sean compatibles con los propósitos y principios de la ONU. Se promueve la cooperación y coordinación entre la ONU y estos organismos.

La Corte Penal Internacional (CPI)

Tribunal internacional permanente con competencia para juzgar crímenes de genocidio, lesa humanidad, guerra y agresión. Su jurisdicción es complementaria a las jurisdicciones nacionales.

El Derecho Internacional Humanitario (DIH)

Regula la conducta de las partes en un conflicto armado para proteger a combatientes y no combatientes. Se basa en convenios como los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales.

El Desarme

Busca limitar el uso, producción, exportación y almacenamiento de material militar. Tratados importantes incluyen el Tratado sobre la no proliferación de armas nucleares y el Tratado sobre el Comercio de Armas.

Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Agencia tripartita de la ONU que reúne a gobiernos, empleadores y trabajadores para establecer normas laborales, formular políticas y promover el trabajo decente.

UNESCO

Organización de la ONU para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Promueve la cooperación internacional en estos ámbitos para contribuir a la paz y la seguridad.

Entradas relacionadas: