Organización Territorial y Funciones del Gobierno Local en España
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Estructura y Órganos de Gobierno Municipal
El Alcalde
Es elegido por los concejales entre los representantes de los partidos políticos, por mayoría absoluta y para un mandato de 4 años.
Funciones principales:
- Preside y dirige los plenos.
- Dicta bandos.
- Gestiona al personal.
- Dirige e inspecciona servicios y obras.
Los Tenientes de Alcalde
Su función principal es sustituir al alcalde en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
El Pleno Municipal
Está compuesto por todos los concejales y presidido por el alcalde.
Funciones:
- Posee potestad reglamentaria.
- Ejerce el control sobre los restantes órganos municipales.
Constitución (Quórum): Requiere un quórum de un tercio de sus miembros para sesionar.
Comisión Especial de Cuentas
Está formada por los distintos grupos políticos de la corporación.
Función: Se encarga del control de las cuentas anuales.
Regímenes de Organización y Servicios Municipales
Junta de Gobierno Local
Obligatoria en municipios con más de 5.000 habitantes.
Composición: Formada por el alcalde y un número de concejales no superior al tercio del total del ayuntamiento.
Atribuciones: Asiste y apoya al alcalde en el ejercicio de sus funciones.
Municipios de Gran Población
Se aplica a municipios superiores a 250.000 habitantes, o superiores a 75.000 habitantes que cumplan unos requisitos específicos.
Regímenes Especiales
- Municipio de Barcelona.
- Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
- Municipios forales de Navarra y País Vasco.
Servicios Municipales Obligatorios según el Número de Habitantes
Los ayuntamientos deben prestar servicios obligatorios que varían según su población:
- En todos los municipios: Alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías públicas.
- En municipios de más de 5.000 habitantes: Parque público, biblioteca pública.
- En municipios de más de 20.000 habitantes: Protección civil, evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención a personas en riesgo de exclusión social.
- En municipios de más de 50.000 habitantes: Transporte colectivo urbano de viajeros y medio ambiente urbano.
Nota: En los municipios con menos de 20.000 habitantes, la Diputación Provincial coordinará ciertos servicios.
Normativa Municipal
Las normas que puede emitir el ayuntamiento son las ordenanzas y los reglamentos.
La Provincia: Definición y Competencias
Definición de Provincia
La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia. Está determinada por la agrupación de municipios y sirve como división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Está regida por las Diputaciones Provinciales u organismos análogos, según lo establecido por las Cortes Generales.
Gobierno y Administración Provincial
El régimen común se denomina Diputación Provincial y está formado por:
- El Pleno.
- El Presidente.
- La Junta de Gobierno.
- Otros órganos complementarios.
Excepción: Las comunidades autónomas uniprovinciales no tienen Diputación Provincial (o cabildos/consejos insulares en el caso de las islas).
Competencias Provinciales Clave
Las diputaciones provinciales tienen, entre otras, las siguientes competencias:
- La coordinación de servicios municipales para su adecuada prestación con garantías.
- La asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica, especialmente a los municipios con menor capacidad económica.
- La prestación de servicios públicos supramunicipales o supracomarcales.
- La cooperación al desarrollo económico local y social y la planificación territorial.
- El apoyo en la gestión recaudatoria y de la administración electrónica municipal.
- La evaluación de los costes efectivos de los servicios prestados por los municipios.