Organización Territorial de España: Origen, Formación y Estructura Autonómica

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Organización territorial de España

La actual administración española cuenta con 17 comunidades autónomas más dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla).

Origen y formación del estado autonómico

Está en la Constitución de 1978 que se basa en el reconocimiento del derecho al autogobierno, a la dirección de los propios asuntos, la descentralización y establece la indisoluble unidad de la nación española y reconoce y garantiza el derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones. La CE dejó a las propias nacionalidades y regiones la libre iniciativa para ejercer el derecho a la autonomía y el proceso que debían seguir era: permitían constituirse en comunidad autónoma a las provincias limítrofes, se favorecían a las regiones de demostrada tradición autonómica como País Vasco, Cataluña y Galicia, el acceso a la autonomía por la vía del artículo 151 de la Constitución que dotaba del máximo techo competencial posible que así accedió Andalucía. La decisión fue aprobada por un referéndum celebrado en 1980, Navarra conservó una amplia autonomía administrativa por causas históricas antiguas y recientes. El acceso a la autonomía se realizó mediante una actualización de su régimen foral activando la disposición adicional primera, el resto de comunidades autónomas accedieron mediante los mecanismos dispuestos en el artículo 143 el pronunciamiento favorable de las diputaciones y de los dos tercios de los ayuntamientos de más del 50% de la población, Ceuta y Melilla que eran municipios dependientes de las diputaciones de Cádiz y Málaga. En 1995 se les dotó del rango de ciudades autónomas con una limitada capacidad legislativa.

Organización del estado autonómico

Cada comunidad se halla regida por su estatuto de autonomía aprobado por las cortes. Las competencias son el concepto jurídico que denota un poder legal atribuido a un órgano del estado para actuar, decidir o ejecutar sobre un asunto determinado. Las principales competencias de las comunidades autónomas se agrupan en los siguientes ámbitos: económicos, ordenación del territorio, infraestructuras y transportes, ocio, culturales, deportivas, políticas, sociales y sanitarias. Las principales instituciones autonómicas son el parlamento autonómico, el tribunal superior de justicia y la presidencia de la comunidad, elegida por la Asamblea y nombrada por el rey. El gobierno central nombra un delegado de gobierno para dirigir la administración del estado. Existen dos modelos de financiación de las comunidades autónomas: el régimen común y el régimen foral, dentro del régimen común, Canarias posee un régimen económico y fiscal especial por razones históricas y geográficas. Ceuta y Melilla son dos ciudades que participan de la financiación autonómica, de conformidad con sus estatutos de autonomía y del régimen de financiación de las haciendas locales.

Régimen común

El refuerzo de la equidad se instrumenta a través del nuevo fondo de garantía de servicios públicos fundamentales y del decimoquinto de la LOFCA, todas las comunidades autónomas van a recibir los mismos recursos por habitante. También contribuyen a incrementar la equidad en el sistema los fondos de convergencia, con los objetivos de reforzar la convergencia en financiación per cápita y la convergencia en los niveles de vida de los ciudadanos. Los principios de autonomía y corresponsabilidad se refuerzan mediante el aumento de los porcentajes de cesión de los tributos parcialmente cedidos a las comunidades autónomas. Los nuevos fondos de convergencia autonómica, el fondo de competitividad y el de cooperación son creados con aportación de recursos del estado y con los objetivos de aproximar las comunidades autónomas en términos de financiación por habitante ajustado y de favorecer el equilibrio económico territorial. Se ha creado el fondo de inversiones en Teruel que se destina a la financiación de inversiones en infraestructura y el desarrollo empresarial en Teruel.

Canarias

Posee un régimen económico y fiscal especial por razones históricas y geográficas. El fiscal está basado en la libertad comercial de importación y exportación. Tiene establecidos dos impuestos propios: el sobre combustible derivados del petróleo y sobre las labores del tabaco.

Régimen foral

El sistema de financiación se caracteriza porque los territorios históricos del País Vasco y Comunidad Foral de Navarra tienen potestad para mantener, establecer y regular su régimen tributario. El cupo se fija cada 5 años y se actualiza anualmente.

Provincias y municipios

Desde las Cortes de Cádiz existe la institución de provincias, cuyas funciones son el mantenimiento de las carreteras, la limpieza en los municipios y la represión política. La posibilidad de crear mancomunidades existe. Los municipios son las entidades administrativas dotadas de competencia de gobierno local. Cada uno está regido por una corporación municipal presidida por el alcalde elegido por los concejales.

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