Organización Social y Política en la Antigua Roma: Monarquía y República
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Períodos Históricos de Roma
Monarquía (Fundación tradicional: 753 a.C.)
Estructura Social Temprana
- Tribus Fundadoras: Se reconocen tradicionalmente tres tribus originales: Ramnes, Tities y Luceres.
- Curias: Agrupaciones (30 en total) de ciudadanos, base de las primeras asambleas.
- Gens: Concepto fundamental que significa linaje o descendencia común.
- Gentiles: Miembros de una gens que podían trazar su descendencia hasta un antepasado común.
Derechos y Obligaciones de la Gens
- Derecho de Gentilidad: Incluía el derecho mutuo de sucesión en los bienes de un gentil fallecido sin herederos directos (herencia gentilicia).
- Posesión de un cementerio común.
- Obligación de no contraer matrimonio dentro de la misma gens (exogamia gentilicia).
- Posesión de tierras en común (en las fases más arcaicas).
- Obligación recíproca de auxilio, defensa y reparación de daños entre gentiles.
Instituciones Políticas Monárquicas
- Rey (Rex): Su poder era vitalicio (duraba toda su vida).
- Interrex: Magistrado patricio que asumía el poder temporalmente (por periodos de 5 días) durante el interregno y proponía al nuevo rey.
- Senado: Consejo formado por los patres (senadores), generalmente los jefes más ancianos e influyentes de las familias patricias. Proponía leyes y aconsejaba al rey.
- Comicios por Curias: Asamblea compuesta inicialmente solo por patricios, agrupados por curias. Ratificaban la elección del rey y otras decisiones importantes. Se reunían en un lugar llamado Comitium.
- Patricios (Nobleza de Sangre): Miembros de las curias originales, descendientes de los fundadores. Inicialmente, solo ellos participaban plenamente en la vida política y religiosa y formaban el Senado.
República (Inicia tradicionalmente en 509 a.C.)
Transición y Nuevas Instituciones
- Consulado: El poder del rey fue sustituido por el de dos magistrados supremos, llamados cónsules, elegidos anualmente y generalmente patricios en un inicio. Se separó la autoridad religiosa (asignada al *Rex Sacrorum*) de los poderes civiles y militares de los cónsules.
Reformas de Servio Tulio (Periodo Monárquico Tardío)
- Estableció un sistema de impuestos basado en la fortuna (base timocrática).
- Integró a patricios y plebeyos en nuevas estructuras cívicas y militares.
- Dividió la ciudad de Roma en 4 tribus urbanas (Suburana, Palatina, Collina y Esquilina) y creó tribus rústicas.
- Instituyó el Censo, que se realizaba cada cinco años para registrar ciudadanos y propiedades. La omisión en el censo acarreaba castigos severos (pérdida de libertad y confiscación de bienes).
Conceptos Sociales y Jurídicos Relevantes
- Familia Romana: Unidad social básica bajo la autoridad del pater familias. Incluía no solo a descendientes directos (hijos, nietos), sino también a adoptados, esclavos y prisioneros. El pater familias tenía amplios poderes de mando y decisión sobre las personas y bienes de la familia.
- Derecho de Adoptar: El pater familias podía incorporar miembros a su familia mediante la adopción.
- Derecho de Elegir: Los ciudadanos participaban en la elección de magistrados a través de las distintas asambleas (comicios).
Asambleas Romanas (Evolución)
- Comicios por Curias (Monarquía y República temprana): Compuestos originalmente por patricios. Sus funciones políticas disminuyeron en la República, conservando importancia en actos religiosos y de derecho familiar (adopciones, testamentos). Se reunían en el Comitium.
- Comicios por Centurias (República): Asamblea fundamental basada en la división censitaria de Servio Tulio. Incluían a patricios y plebeyos, organizados en centurias según su riqueza. Elegían a los magistrados superiores (cónsules, pretores, censores) y votaban leyes importantes.
- Concilia Plebis (República): Asambleas exclusivas de la plebe, presididas por los Tribunos de la Plebe. Deliberaban y votaban sobre asuntos de interés plebeyo. Sus decisiones, llamadas plebiscitos, inicialmente solo obligaban a los plebeyos, pero luego (con la *Lex Hortensia*, 287 a.C.) adquirieron fuerza de ley para todo el pueblo romano.
Constituciones Imperiales (Principado y Dominado)
Fuentes del derecho emanadas directamente del Emperador:
- Edicta: Disposiciones de carácter general, similares a leyes, con vigencia, en principio, durante el mandato del emperador que las emitía.
- Mandata: Instrucciones de carácter administrativo dirigidas por el emperador a sus funcionarios (gobernadores de provincia, etc.).
- Decreta: Decisiones judiciales (sentencias) emitidas por el emperador en su función de juez supremo, resolviendo casos concretos.
- Rescripta: Respuestas escritas del emperador a consultas jurídicas planteadas por funcionarios o particulares.
Concepto de Derecho Romano
El Derecho Romano es la disciplina jurídica que estudia el origen, desarrollo histórico, fuentes, instituciones y principios del complejo sistema legal que rigió en la Antigua Roma, desde su fundación hasta la compilación de Justiniano (Corpus Iuris Civilis), analizando su evolución y su profunda influencia en los sistemas jurídicos posteriores.