Organización de la Prevención de Riesgos Laborales: Modelos y Roles Clave

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Modelos de Organización de la Prevención

El capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP) hace referencia a cinco opciones diferentes para la organización de la actividad preventiva:

  • Asumiéndola el empresario.
  • Designando a uno o varios trabajadores.
  • Constituyendo un servicio de prevención propio.
  • Recurriendo a un servicio de prevención ajeno.
  • Constituyendo un servicio de prevención mancomunado.

Asunción por parte del empresario

Esta modalidad está orientada a empresas muy pequeñas y con pocos riesgos. En este caso, la vigilancia de la salud siempre se ha de concertar aparte.

Requisitos:

  • Que se trate de empresas de menos de 10 trabajadores.
  • Que desarrolle su actividad en el centro de trabajo.
  • Que las actividades desarrolladas en la empresa no estén incluidas en el Anexo I.
  • Que tenga la capacidad correspondiente a las funciones que va a desarrollar.

Designación de uno o varios trabajadores

Esta modalidad es para empresas de más de 10 trabajadores y menos de 500 o 250. En este caso, el empresario designará a uno o varios trabajadores para ocuparse de la actividad preventiva en la empresa. El número de trabajadores designados, así como los medios que el empresario ponga a su disposición y el tiempo de que dispongan para el desempeño de su actividad, deberán ser los necesarios para desarrollar adecuadamente sus funciones. Las actividades preventivas para cuya realización no resulte suficiente la designación de uno o varios trabajadores deberán ser desarrolladas a través de uno o más servicios de prevención propios o ajenos.

Funciones y Responsabilidades en la Prevención de Riesgos Laborales

Funciones y responsabilidades de la Dirección

  • Establecer objetivos anuales de Prevención de Riesgos Laborales en coherencia con la política preventiva existente.
  • Establecer la estructura organizativa necesaria y obligatoria para la realización de las actividades preventivas.
  • Designar una persona en materia de Seguridad y Salud que coordine y controle las actuaciones y mantenga informada a la organización de lo más significativo en esta materia.
  • Establecer las competencias y las interrelaciones de cada departamento en materia de prevención de riesgos laborales.

Funciones del Operario

  • Apoyar a los mandos intermedios asignados para que puedan desempeñar correctamente sus cometidos. A tal fin, deberán asegurar que estén debidamente formados y que cuentan con los medios necesarios para el desarrollo de sus cometidos.
  • Efectuar un seguimiento de la eficacia del sistema de gestión establecido y de su cumplimiento para alcanzar los objetivos, estableciendo o proponiendo, en su caso, las acciones correctoras o preventivas necesarias.
  • Cumplir con las programaciones de acciones preventivas asignadas e implantar las medidas planificadas.

Funciones de los Mandos Intermedios

  • Vigilar y controlar que se cumplen los procedimientos y medidas preventivas establecidas e incluirlos en las instrucciones que transmitan a los trabajadores que tienen a su cargo.
  • Informar a los trabajadores de los riesgos y de las medidas a adoptar, de los lugares de trabajo que ocupan y de los puestos de trabajo que desarrollan.
  • Comunicar los posibles riesgos o deficiencias observadas o la ineficiencia de las medidas previstas para su eliminación o control.

Funciones de los Trabajadores

  • Velar, a tenor de la información y formación recibida, por el cumplimiento de las medidas de prevención, tanto en lo relacionado con su seguridad y salud en el trabajo como por la de aquellas personas a las que pueda afectar su actividad profesional.
  • Usar las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas y equipos con los que desarrollen su actividad de acuerdo con su naturaleza y las medidas preventivas establecidas.
  • Usar correctamente los medios y equipos de protección facilitados.
  • No anular los sistemas y medios de protección.

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