Organización de la Prevención de Riesgos Laborales: Modalidades, Roles y Tipos de Daños

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1 Modalidades de Organización de la Prevención de Riesgos Laborales

La gestión de la prevención de riesgos laborales en una empresa puede adoptar diversas modalidades, adaptándose a su tamaño, actividad y características específicas. A continuación, se detallan las principales formas de organización:

A. Asunción Personal de la Actividad Preventiva

Esta modalidad es aplicable cuando se cumplen las siguientes condiciones:

  • Que la empresa tenga hasta diez trabajadores.
  • Que no se trate de una actividad peligrosa, de las incluidas en el Anexo I del Reglamento sobre Servicios de Prevención (por ejemplo, la fabricación, manipulación o utilización de explosivos).
  • Que el empresario se encuentre en el centro de trabajo de manera habitual.
  • Que el empresario tenga la capacidad correspondiente, excepto para la vigilancia de la salud.

Las funciones no asumidas personalmente por el empresario deben cubrirse con una entidad externa.

B. Designación de Uno o Varios Trabajadores

La empresa puede designar a uno o varios trabajadores para llevar a cabo las actividades preventivas, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener la capacidad necesaria. Este requisito implica que deben poseer la formación adecuada, la cual dependerá de la complejidad de las funciones que deban desempeñar en la empresa.
  • Disponer del tiempo necesario.
  • Disponer de los medios precisos.
  • Ser suficientes en número para cubrir las necesidades preventivas de la empresa.

C. Constitución de un Servicio de Prevención Propio

La creación de un servicio de prevención propio es obligatoria en los siguientes casos:

  • Que la empresa tenga más de 500 trabajadores.
  • Que, aunque cuente con un número de entre 250 y 500 trabajadores, la empresa realice alguna de las actividades del Anexo I del Reglamento sobre Servicios de Prevención.
  • Que la autoridad laboral así lo decida por la peligrosidad de la actividad, salvo que se acuda a la modalidad de servicio de prevención ajeno.

D. Recurso a un Servicio de Prevención Ajeno

Este servicio está constituido por entidades especializadas dedicadas al apoyo y asesoramiento a las empresas en materia de prevención de riesgos laborales. Estas empresas deberán estar acreditadas por la autoridad laboral.

El empresario deberá acudir a un servicio de prevención ajeno cuando no asuma la actividad personalmente (total o parcialmente), y cuando la designación de uno o varios trabajadores resulte insuficiente para cubrir todas las necesidades preventivas.

Representación y Participación en Prevención de Riesgos Laborales

Delegados de Prevención

Los delegados de prevención son los representantes de los trabajadores en la empresa con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales. Serán designados por y entre los representantes del personal, con arreglo al número de estos y de acuerdo a una escala predeterminada. Para ser delegado de prevención, es necesario ser nombrado representante de los trabajadores de la empresa.

Número de Delegados de Prevención según el Tamaño de la Empresa

Nº de TrabajadoresNº de Delegados
De 10 a 491
De 50 a 1002
De 101 a 5003
De 501 a 10004
De 1001 a 20005
De 2001 a 30006
De 3001 a 40007
De 4001 en adelante8

Competencias de los Delegados de Prevención

Sus competencias son las siguientes:

  • Colaborar en la mejora de la acción preventiva.
  • Promover y fomentar las buenas prácticas preventivas entre los trabajadores.
  • Ser consultados, con carácter previo a su ejecución, acerca de las decisiones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Vigilar y controlar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

Comité de Seguridad y Salud

El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación y consulta de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales. Este comité, al ser un órgano paritario, en empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores, estará constituido por los delegados de prevención y el mismo número de representantes del empresario.

Competencias del Comité de Seguridad y Salud

Sus competencias son las siguientes:

  • Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes de prevención.
  • Informar a la empresa de las deficiencias existentes y de su corrección.
  • Conocer y analizar los daños para la salud de los trabajadores.

Diferencias entre Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional

Accidente de Trabajo

  • Es súbito, instantáneo, ocurre de forma repentina y las lesiones se manifiestan de forma inmediata.
  • Está más relacionado con las condiciones de seguridad: lugares, instalaciones, maquinaria, etc.
  • Los efectos del accidente, normalmente, son idénticos para todos los que lo sufren.

Enfermedad Profesional

  • Es lenta, sus efectos suelen aparecer al cabo de los años y aumentan conforme se está más tiempo expuesto.
  • Suele aparecer de forma lenta debido a las condiciones medioambientales: físicas, químicas y biológicas.
  • Los efectos son individuales; en algunas personas los síntomas son leves y en otras muy graves.

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