Organización de la prevención a nivel de la empresa
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A tener en cuenta: la actividad y el número de trabajadores.
Es obligación del empresario la prevención de riesgos laborales, en todos los niveles de la empresa. Debe implantar un plan de prevención de riesgos. Señalará la estructura organizativa (quién lo llevará a cabo), las funciones prácticas, procedimientos y recursos para llevar a cabo la acción preventiva. Esta acción preventiva se planificará por el empresario a partir de una identificación y evaluación de los riesgos: primero la evaluación de riesgos, y segundo, la planificación de la actividad preventiva.
La acción preventiva, la planificación de la prevención, debe hacerse con arreglo a los principios generales siguientes:
- Evitar los riesgos
- Evaluar riesgos no se puedan evitar
- Combatir riesgos en su origen
- Adaptar el trabajo a la persona, para evitar que sea monótono y repetitivo.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica
- Sustituir lo peligroso
- Planificar la prevención
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual (medidas de prevención: foco, condiciones de trabajo)
- Dar las instrucciones a los empleados
La organización de la prevención en la empresa se hace a través de: los Servicios de Prevención, los Delegados de Prevención y el Comité de Seguridad y Salud. Cabe la posibilidad de que el empresario asuma personalmente la actividad preventiva.
Asunción personal por el empresario de la actividad preventiva:
El empresario puede desarrollar tal actividad personalmente, excepto las actividades relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores, siempre y cuando:
- Se trate de una empresa de menos de 6 trabajadores
- La actividad no sea peligrosa: radiaciones, agentes tóxicos, excavación, construcción, etc.
- Desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo
- Tenga la capacidad necesaria (conocimientos en la materia)
Formación: básico, intermedio (250h. o más) y superior (+350h)
Los servicios de prevención
Conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas. Su función es la de asesoramiento y apoyo referente a:
- Planes y programas de acción preventiva
- Evaluación de los factores de riesgo
- Información y formación de los trabajadores
- Prestación de primeros auxilios y planes de emergencia
- Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos del trabajo.
El empresario tiene que organizar actividades preventivas a través de estos Servicios de prevención que estarán formados por:
- Uno o varios trabajadores que tengan conocimientos y formación en materia de prevención.
- Delegados de prevención: representantes de los trabajadores elegidos entre el personal.
- Un servicio de prevención propio
- Un servicio de prevención ajeno.
Designación de trabajadores: no es necesaria cuando el empresario la haya asumido, haya servicio de prevención propio o ajeno. Si se designan, deben tener conocimientos en materia de prevención. Deben ser cuantos sean suficientes.
Servicio de prevención propio: medios humanos y materiales de la empresa necesarios para realizar actividades de prevención. Se designarán cuando la empresa:
- + de 500 trabajadores
- Tenga entre 250-500 trabajadores en actividad peligrosa
- Sin tener ese número de trabajadores, lo decida la autoridad laboral
Estos servicios de prevención propios deberán contar con los medios materiales y humanos adecuados, con conocimientos de nivel superior: medicina del trabajo, seguridad, higiene industrial, ergonomía, psicosociología aplicada.
Servicio de prevención ajeno: (las mutuas) es el prestado por una entidad especializada que concierte con la empresa la realización de actividades de prevención, asesoramiento y apoyo.
Se designarán cuando la prevención no sea asumida por el empresario, cuando la designación de uno o varios trabajadores sea insuficiente o cuando no se haya constituido servicio de prevención propio. Son entidades especializadas que deben cumplir una serie de requisitos, o incluso las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Los delegados de prevención
Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención. Se designan por y entre los representantes de los trabajadores. (Un mínimo de 1 y máximo de 8)
Colaboran con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva, promover y fomentar el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad y salud laboral y controlar que se cumpla la normativa.
El comité de seguridad y salud
En empresas con 50 o más trabajadores se constituirá un Comité de Seguridad y Salud, cuya misión es actuar en materia de prevención de riesgos. Está formado por los delegados de prevención y por el empresario y/o sus representantes, a partes iguales.