Organización del Poder Judicial Español: Jurisdicciones, Órganos y Personal
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El sistema judicial español, pilar fundamental de nuestro Estado de Derecho, se articula a través de diversos órganos y tipos de personal. Los Juzgados y Tribunales son los encargados de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, conforme al principio de exclusividad de la función jurisdiccional.
I. Estructura de la Jurisdicción: Órganos Colegiados y Unipersonales
Tipos de Jurisdicción en España
En el ámbito judicial español, distinguimos principalmente dos tipos de jurisdicción:
La Jurisdicción Ordinaria
Está compuesta por el conjunto de órganos jurisdiccionales del Estado a los que se encomienda el conocimiento y resolución de la generalidad de los procesos relativos a la generalidad de las materias. Aunque dentro de la jurisdicción ordinaria puede producirse una cierta especialización, esto no implica que dichos órganos pierdan su condición de ordinarios ni que pasen a formar parte de una jurisdicción especial.
Ejemplos de órganos especializados dentro de la jurisdicción ordinaria: los Juzgados de Menores o los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
La Jurisdicción Especial
Está compuesta por órganos determinados, con una composición específica, que conocen solo de materias que les vienen especialmente asignadas.
Ejemplos de jurisdicciones especiales: el Tribunal de Cuentas, los tribunales consuetudinarios, el Tribunal Constitucional y la Jurisdicción Militar.
Clasificación de Órganos en la Jurisdicción Ordinaria
Dentro de la jurisdicción ordinaria, los órganos se distinguen entre colegiados y unipersonales:
Órganos Unipersonales
Son aquellos cuyo titular es un solo juez o magistrado.
Ejemplos: los Juzgados (por ejemplo, de Instrucción, de lo Penal, de Vigilancia Penitenciaria, etc.).
Órganos Colegiados
Son órganos servidos por varios magistrados que, juntos, integran el órgano en cuestión.
Ejemplos: las Audiencias (Provincial y Nacional) y los Tribunales (Superiores de Justicia y Supremo).
Estos órganos colegiados se dividen para su actuación en salas y/o secciones, las cuales deben estar compuestas por un mínimo de tres miembros, aunque en determinados supuestos pueden actuar en Pleno.
II. Órdenes Jurisdiccionales: Civil, Penal, Contencioso-Administrativo y Social
Todos los órganos de la jurisdicción ordinaria están divididos conforme a lo que se conoce como ramas de la jurisdicción u órdenes jurisdiccionales, cada uno con su ámbito de competencia específico:
El Orden Jurisdiccional Civil
Sus órganos son competentes para conocer de los conflictos que se producen en el ámbito del derecho civil y mercantil.
El Orden Jurisdiccional Penal
A sus órganos les corresponde enjuiciar todos los hechos que pudieran ser constitutivos de delito o falta.
El Orden Social (Laboral)
A sus órganos les corresponde resolver los conflictos en los que se aplica el derecho laboral.
El Orden Contencioso-Administrativo
Es el adecuado cuando está implicado un órgano de la administración central, autonómica o local en un conflicto jurídico.
III. Personal al Servicio del Poder Judicial: Jurisdiccional y No Jurisdiccional
Un órgano jurisdiccional, además de estar "servido" por un juez o por magistrados titulares, cuenta con el apoyo de diverso personal para el correcto desempeño de sus funciones. Este personal se clasifica en jurisdiccional y no jurisdiccional.
Personal Jurisdiccional
Está constituido por el personal que ejerce la función jurisdiccional, es decir, que juzga y ejecuta lo juzgado. Nos referimos principalmente a los jueces y magistrados, quienes son los únicos que pueden desempeñar esta función en exclusiva.
No obstante, la ley también establece que:
«También ejercen funciones jurisdiccionales sin pertenecer a la Carrera Judicial, con sujeción al régimen establecido en esta ley, sin carácter de profesionalidad y con inamovilidad temporal, los magistrados suplentes, los que sirven plazas de jueces como sustitutos, los jueces de paz y sus sustitutos.»
Por lo tanto, existen dos grupos de sujetos que tienen el carácter de personal jurisdiccional:
El Personal Juzgador Profesional (Carrera Judicial)
Este grupo compone la Carrera Judicial y, a su vez, consta de tres categorías principales:
- Magistrado del Tribunal Supremo
- Magistrado
- Juez
Este personal se rige por un estatuto orgánico específico.
El Personal Juzgador No Profesional (No perteneciente a la Carrera Judicial)
Incluye a los magistrados suplentes, jueces sustitutos y jueces de paz, quienes ejercen funciones jurisdiccionales de manera temporal o con un régimen particular.
Personal No Jurisdiccional
Aunque el documento no profundiza en este apartado, es importante mencionar que el personal no jurisdiccional incluye a los letrados de la Administración de Justicia (anteriormente secretarios judiciales), gestores procesales, tramitadores procesales, auxilio judicial, entre otros, que desempeñan funciones de apoyo administrativo y técnico esenciales para el funcionamiento de los órganos judiciales.