Organización del Estado y Poder Judicial en Chile

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Poder Ejecutivo: Toma de decisiones de la dirección del Estado.

F. política: dirección superior del Estado. Presi: planificar y coordinar las políticas superiores del Estado.

F. admin: Leyes se apliquen a casos concretos.

*vice ministro titular al que le corresponda por precedencia legal (ministro del interior).

Atribuciones:

  • Legislativas: colegislador, decreto fuerza de ley e iniciativa legal exclusiva.
  • Político-admin: plebis, ministros de Estado, RE, FA y directores, indultos y Estado de excepción constitucional.

Poder Legislativo: la ley es la principal fuente de derecho.

Congreso Atrib: tratados internacionales, pronunciarse con respecto a los Estados de excepción constitucional. Obj: representación de la ciudadanía y concurrir a la formación de leyes.

-Atrib D (155): 1.Fiscalizar los actos del gobierno y r, 2.Acusar a autoridades del Estado (causas precisas que correspondan).

-AtribS (43/50): 1.Conocer de las acusaciones que los ciudadanos entablen en contra de autoridades del Estado, 2.decidir si dan o no lugar a las acciones judiciales, 3.conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades de gobierno y los Tribunales superiores de Justicia (una autoridad realiza actividades de otro órgano), 4.presi salga del país, 5.aprobar la declaración de inconstitucionalidad, 6.aprobar designación de los ministros y fiscales de la Corte Suprema y del fiscal nacional, 7.dar dictamen al presi.

Poder Judicial: F: Administra la justicia aplicando las leyes, Tribunales de Justicia.

1) Corte Suprema: 21 ministros de la corte (los nombra el presi y el senado). Obj: llevar la administración directiva, correccional y económica de todos los Tribunales de Justicia.

2) Corte de Apelaciones: 17 Tribunales (al menos 1 por región). Obj: Revisar las causas que hayan fallado en los Tribunales de jerarquía menor (procesos judiciales de 2da instancia).

Causas en 1ra instancia: desafuero parlamentario o sobre recurso de protección (víctimas) o amparo (acción a favor del detenido de parte de la Corte).

3) Tribunales de Justicia de 1ra instancia:

  • Juzgados civiles: Situaciones simples, el juez decide.
  • Juzgados de letras: Similares a los civiles, ciudad pequeña, causas que corresponden a distintas áreas del derecho (procesos civiles, comerciales, laborales, cobranza, familia).
  • Juzgados de familia: Relacionados con matrimonio civil, adopción, violencia intrafamiliar, tuición y relación hijos.
  • Juzgados de cobranza laboral: Comunas pobladas. Leyes laborales, previsión, cobranza de imposiciones, aportes y multas en institutos de previsión.
  • Juzgados de letras del trabajo: Relación empleador-trabajador en base al contrato.
  • Juzgado oral en lo penal: creado bajo la reforma judicial. Causas relacionadas con delitos de violencia, asesinatos, maltratos, violaciones. Antes pasado por un Tribunal de garantía. 3 jueces. Sentencia.
  • Juzgado de garantía: Obj: Cautelar los derechos de los acusados y testigos. Preparan el proceso para el juicio en un Tribunal oral. Se afirma la participación en el hecho del acusado para pasar al Tribunal oral en lo penal. Si no resulta, apelan a la Corte de Apelaciones.

Ref procesal penal: Nuevo Sistema procesal es de carácter acusatorio, el antiguo era de carácter inquisitivo.

1. Ministerio público: AT. F: dirigir la investigación de delitos, dirigir la actuación de la policía en la investigación, dar protección a víctimas y testigos y presentar la acusación ante el Tribunal de juicio oral en lo penal y sostener la acción. Compuesto por la fiscalía nacional y 18 regionales (1 por cada región, 4 en Santiago). Fiscal nacional (Nombrado por el presi y aprobado por el Senado de una lista de 5 propuesta por la Corte Suprema), fiscal regional (nombrado por el fiscal nacional de una lista de 3 propuesta por la Corte de Apelaciones de cada región).

2. Defensoría penal pública: F: proveer defensa en el juicio oral al imputado que no pueda producírsela o lo determine el juez de garantía o el Tribunal de juicio oral, en el proceso mismo y en la sentencia final.

3. Juzgado de garantía.

4. Tribunal de juicio oral en lo penal: Sentencia final o la absolución.

-Colaboradores: Carabineros, Servicio médico legal, PDI, Servicio de registro civil e identificación, Instituto de salud pública.

Responsabilidad penal juvenil (2005): S. judicial, prevenir la delincuencia juvenil. Reinserción social de los jóvenes. Responsabilidad penal, consecuencias legales de actos sanciones: privativas de libertad o no.

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