Organización y Funcionamiento de Centros Preventivos y de Readaptación Social en México
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Organización y Funcionamiento de Centros Preventivos y de Readaptación Social
1. Estructura Organizativa de los Centros
Según el Artículo 19, el sistema de centros preventivos y de readaptación social del estado se compone de las siguientes secciones:
- I. Ingreso
- II. Observación
- III. Custodia Preventiva
- IV. Ejecución de Penas
- V. Instituciones Abiertas
2. Funciones del Consejo Técnico Interdisciplinario
El Artículo 11 establece que la Agencia de Seguridad Estatal cuenta con un Consejo Técnico Interdisciplinario que desempeña las siguientes funciones:
- Asesorar y auxiliar a las Unidades Administrativas de la Agencia de Seguridad Estatal.
- Orientar sobre la aplicación del sistema preventivo técnico.
- Supervisar el tratamiento progresivo y técnico de los internos sentenciados.
- Evaluar estudios clínico-criminológicos para decidir sobre medidas preliberacionales.
3. Integración del Consejo Técnico Interdisciplinario
El Artículo 17 detalla que en cada centro opera un Consejo Interno Interdisciplinario, integrado por:
- Director o Subdirector
- Secretario General
- Jefe de Vigilancia
- Administrador
- Coordinadores de las Áreas Médicas, Psicológica, Psiquiátrica, Pedagógica, Trabajo Social y Laboral.
4. Condiciones Generales de los Centros
Los Artículos 30 al 33 establecen las condiciones de los centros:
- Artículo 30: Instalaciones higiénicas y eléctricas adecuadas, con un mínimo de tres individuos por celda, siempre en números impares.
- Artículo 31: Vestimenta no degradante ni humillante. Los procesados pueden usar prendas personales similares al uniforme reglamentario.
- Artículo 32: Alimentación sana, suficiente y adecuada, proporcionada por el Estado. Se permite el consumo de alimentos adicionales a expensas del interno, dentro de los límites reglamentarios.
- Artículo 33: El ingreso a los centros se realizará únicamente bajo los protocolos establecidos.
5. Tratamiento de los Internos
El tratamiento de los internos está a cargo de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social.
6. Régimen Ocupacional
Según los Artículos 49 al 61, el trabajo y la capacitación son fundamentales para el tratamiento, asignándose a los internos según sus aptitudes y habilidades, en correlación con las fuentes ocupacionales del centro.
7. Régimen Interdisciplinario
Los Artículos 71 al 81 indican que los internos deben observar las normas internas. La Dirección General de Prevención y Readaptación Social, a través de la Dirección de cada Centro, informará a los internos sobre las disposiciones aplicables.
8. Servicios Médicos y de Apoyo
Artículo 90
- Medicina: Se enfoca en la salud física y mental de la población interna. Realiza inspecciones regulares, asesora sobre la alimentación e higiene.
- Psicología: Apoya, auxilia y asesora a la dirección de los centros, basándose en estudios de personalidad de los internos.
- Psiquiatría: Se centra en la salud mental, el tratamiento hospitalario y la medicación autorizada según la patología del interno.
9. Patronato de Ayuda para la Prevención y Readaptación Social
El Artículo 125 establece la creación del Patronato de Ayuda para la Prevención y Readaptación Social, que brinda asistencia jurídica, moral, económica, médica, social y laboral a quienes gocen de beneficios legales o hayan sido liberados. Su organización y funcionamiento se rigen por el reglamento interno respectivo.