Organización y Entidades Gestoras de la Seguridad Social en España
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Estructura General de la Administración de la Seguridad Social
Administración Específica de la Seguridad Social
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
- La gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social.
- El reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.
- La sanción de infracciones leves y graves de los trabajadores, asimilados y beneficiarios de prestaciones de la Seguridad Social.
- La gestión del Fondo Especial de Mutualidades de Funcionarios de la Seguridad Social.
- La participación en la negociación y ejecución de convenios internacionales.
- Actividades de Prevención de Riesgos Laborales.
Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
Art. 74.1 LGSS: “La TGSS tiene personalidad jurídica propia y se rige por los principios de unidad de caja y solidaridad financiera, unifica todos los recursos financieros de la Seguridad Social.”
- Inscripción de empresas y apertura de Códigos de Cuenta de Cotización (CCC).
- Cobertura y tarificación de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT/EP).
- Afiliación, altas y bajas de trabajadores o asimilados.
- Gestión liquidatoria y administrativa de deudas:
- Cotizaciones.
- Otros conceptos recaudables conjuntamente.
- Gestión recaudatoria de cuotas y otros recursos de la Seguridad Social.
- Aplazamiento y fraccionamiento del pago.
Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA)
Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Sanidad (o ministerio competente) a través de la Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y de Alta Inspección.
- Desarrollo de la cartera de servicios del Catálogo de Prestaciones del Sistema Nacional de Salud (SNS).
- Establecimiento de prestaciones sanitarias complementarias a las básicas del SNS por parte de las Comunidades Autónomas (CCAA).
- Establecimiento de criterios marco que permitan garantizar un tiempo máximo de acceso a las prestaciones del SNS.
- Establecimiento de criterios básicos y convocatorias de profesionales que aseguren la movilidad en todo el territorio del Estado.
Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)
Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 (o ministerio competente) a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE)
- Ordenación, desarrollo y seguimiento de programas y medidas de las políticas de empleo.
- Elaborar y elevar al ministerio competente propuestas normativas de ámbito estatal en materia de empleo.
- Colaborar con las CCAA en la elaboración del Plan Nacional de Acción para el Empleo.
- Percibir ayudas de fondos europeos para cofinanciar acciones a cargo de su presupuesto.
- Gestionar las funciones y servicios derivados de las prestaciones por desempleo, declarando su reconocimiento, suspensión, extinción y reanudación.
- Controlar las prestaciones, subvenciones y ayudas de fomento del empleo y protección por desempleo.
Instituto Social de la Marina (ISM)
“Asistencia a los trabajadores del mar, tanto en España como en el extranjero, favoreciendo su mejoramiento humano, profesional y económico-social”.
- Gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
- Tramitación de la solicitud y gestión de la prestación por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia de este régimen.
- Colaboración con la TGSS en materia de inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores en este régimen especial.
- Asistencia sanitaria de los trabajadores del mar.
- Formación y promoción profesional de los trabajadores del mar.
- Asistencia social a los trabajadores del mar y sus beneficiarios.
Entidades Colaboradoras
Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social
Art. 79 LGSS. La colaboración en la gestión se llevará a cabo por Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (anteriormente Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales - MATEP). Son asociaciones de empresarios debidamente autorizadas por el ministerio competente, sin ánimo de lucro, que gestionan ciertas prestaciones (contingencias profesionales, incapacidad temporal por contingencias comunes - ITCC). Requisitos específicos de constitución (ej. número mínimo de empresarios y trabajadores asociados).
Empresas
Art. 102 LGSS.
- Empresas: Pueden tener colaboración obligatoria (ej. pago delegado de prestaciones) y colaboración voluntaria (ej. gestión de la ITCC).
- Asociaciones, fundaciones y entidades públicas o privadas: Previa inscripción en registro público, pueden colaborar en ciertos ámbitos.
Beneficios Legales de las Entidades Gestoras
- Reserva de nombre (Art. 75 LGSS).
- Exención tributaria absoluta (Art. 76 LGSS).
- Franquicia postal y telegráfica (Art. 76.2 LGSS).
- Asistencia jurídica gratuita (en los términos legalmente establecidos).
- Posibilidad de pertenencia a Asociaciones y Organismos Internacionales.
- Sometimiento del personal de las Entidades Gestoras al régimen jurídico aplicable a los Funcionarios Públicos.