Organización y competencias de la administración local: municipios, órganos y servicios

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T5. La administración

La administración

Está formada por entes con responsabilidad jurídica propia.

Entidades locales

  1. Entidades locales necesarias: Municipios, provincias e islas.
  2. Entidades locales posibles: mancomunidades de municipios, áreas metropolitanas, comarcas y entes locales menores.

La autonomía local

La autonomía local es una autonomía administrativa, no política, ya que carece de potestad legislativa; solo tiene potestad reglamentaria y de autoorganización.

El municipio

El municipio es el territorio en el que ejerce sus competencias el Ayuntamiento y está integrado por el alcalde y los concejales elegidos por sufragio universal. Sus elementos son:

  1. Término municipal: territorio donde ejerce su competencia el Ayuntamiento.
  2. Población municipal: conjunto de personas que residen o no en el municipio.
  3. Organización municipal: órganos de gobierno del municipio.

El gobierno municipal

Órganos necesarios: son 4

1. Alcalde

Alcalde: es un órgano unipersonal que preside la corporación. Es elegido entre los concejales por mayoría absoluta.

Atribuciones:

  • Representar al Ayuntamiento.
  • Dirigir el gobierno y la administración municipales.
  • Nombrar y cesar a los tenientes de alcalde.
  • Presidir las sesiones del pleno.
  • Dirigir la política municipal.
  • Ejercer la jefatura superior de la corporación.

2. Tenientes de alcalde

Tenientes de alcalde: son concejales que, en ocasiones, sustituyen al alcalde.

3. Pleno municipal

Pleno municipal: integrado por el alcalde y los concejales.

Atribuciones:

  • Elegir y destituir al alcalde.
  • Aprobar y modificar los presupuestos.
  • Aprobar la plantilla de personal y las bases de su puesto de trabajo.
  • Aprobar planes urbanísticos y proyectos.

4. Junta de gobierno local

Junta de gobierno local: presente en municipios de más de 5.000 habitantes, integrada por el alcalde y concejales, con un número no superior a un tercio del número legal.

Atribuciones:

  • Asistencia permanente al alcalde.
  • Otras que el alcalde u otros órganos deleguen.

Órganos complementarios

Órganos complementarios: son 7

1. Concejales delegados

Concejales delegados: ostentan responsabilidades sobre algunas materias o sectores de actividad.

2. Comisiones informativas

Comisiones informativas: formadas por los representantes de todos los grupos políticos para el estudio de cuestiones que deben llevarse al pleno.

3. Comisión especial de cuentas

Comisión especial de cuentas: se encarga de examinar, estudiar e informar de todas las cuentas que debe aprobar el pleno.

4. Consejos sectoriales

Consejos sectoriales: proponen iniciativas de distintos sectores.

5. Representantes personales

Representantes personales: nombrados por el alcalde en los poblados o barriadas separadas del casco urbano.

6. Juntas municipales de distrito

Juntas municipales de distrito: creadas para gestionar mejor los asuntos municipales.

7. Comisión especial de sugerencias y reclamaciones

Comisión especial de sugerencias y reclamaciones: creadas para la defensa de los vecinos ante la administración municipal.

Régimen de concejo abierto

El régimen de concejo abierto se aplica en municipios de pocos habitantes, menos de 100 habitantes, o más de 100 si ya se aplicaba. Está formado por el alcalde y una asamblea de vecinos.

Régimen de organización de los municipios de gran población

1. Distritos

Distritos: son divisiones territoriales dotadas de órganos de gestión desconcentrada, para impulsar y desarrollar la participación ciudadana.

2. Consejo social de la ciudad

Consejo social de la ciudad: integrado por representantes de las organizaciones económicas, sociales y profesionales y de vecinos más representativas. Dicho consejo emitirá informes, estudios y realizará presupuestos.

3. Asesoría jurídica

Asesoría jurídica: órgano administrativo responsable de la asistencia jurídica al alcalde, a la junta de gobierno local y a los órganos directivos.

Servicios municipales

Servicios municipales

A) En todos                                                        B) En más de 5.000 hab.

  • - Cementerio                                                       - Parque público
  • - Limpieza viaria                                                   - Biblioteca
  • - Alcantarillado                                                     - Mercado
  • - Agua domiciliaria                                               - Tratamiento de residuos
  • - Pavimentación de vía pública

C) Más de 20.000 hab.                                              D) Más de 50.000 hab.

  • - Protección civil                                                - Transporte urbano
  • - Servicios sociales                                              - Protección del medio ambiente
  • - Prevención y extinción de incendios
  • - Instalaciones deportivas y matadero

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