El Orden Internacional, la Paz Mundial y los Derechos de los Pueblos

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Orden Internacional y Defensa de la Paz

El bien común universal plantea un conjunto de exigencias éticas. Conviene que la comunidad internacional se organice de un modo adecuado. Este ordenamiento exige contar con instituciones apropiadas y una autoridad mundial que hagan respetar los derechos de los pueblos y promuevan su desarrollo y la paz en el mundo.

Desde hace tiempo, las relaciones internacionales entre personas y pueblos se han intensificado notablemente, ya sea por motivos económicos, políticos, culturales o de otro tipo, y existe una creciente interdependencia entre naciones. La economía se ha hecho global, de modo que las crisis financieras o económicas regionales tienen repercusiones planetarias; las discordias o las guerras locales afectan o amenazan la convivencia pacífica en muchos otros lugares, mientras que muchas innovaciones culturales, científicas o técnicas se difunden con rapidez por todo el mundo.

El orden social internacional y la defensa de la paz tienen una larga tradición en la teología y en el Magisterio de la Iglesia católica. Sus orientaciones inequívocas a favor de las comunidades internacionales y de la paz del mundo hunden sus raíces en la razón y, sobre todo, en el conocimiento de la fe. Sus enseñanzas están basadas en la igualdad fundamental entre los hombres —más allá de sus diferencias—, en la unidad del género humano y el origen común de toda la humanidad, en la Redención de Cristo, que se extiende a todos, y en la llamada universal a la santidad. Todo ello lleva a la Iglesia a fomentar la fraternidad entre personas y pueblos de todo el mundo.

La Comunidad Internacional

La comunidad internacional está integrada por todos los seres humanos que habitan el planeta, que en el actual mundo globalizado se hallan en permanente comunicación e interdependencia. La comunidad tiende a borrar las diferencias culturales de los pueblos, pero esto no es necesario, mientras todos los individuos y grupos que integren la comunidad mundial muestren respeto hacia las tradiciones, religiones, lenguas y costumbres diferentes, y se manifiesten en trato solidario.

Los Derechos de los Pueblos

En los tiempos actuales, "no sólo ha crecido la conciencia del derecho de los individuos, sino también la de los derechos de las naciones" (CA 21). La DSI se ha referido en diversas ocasiones a estos dos tipos de derechos. Juan XXIII afirmaba que "las naciones son sujetos de derechos y deberes mutuos" y añadía que "la misma ley natural que rige las relaciones de convivencia entre los conciudadanos debe regular también las relaciones mutuas entre las comunidades políticas" (PT 302). Juan Pablo II añade que "los 'derechos de las naciones' no son sino los 'derechos humanos' considerados a este específico nivel de la vida comunitaria" (Discurso en la Asamblea General de la ONU, 5 de octubre de 1995, n. 8).

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