Obligaciones y Trámites Clave en la Seguridad Social para Empresas y Autónomos
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Aspectos Fundamentales de la Seguridad Social para Empresas y Autónomos
Entidades Relacionadas con la Seguridad Social
- Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Empresas (en su rol de colaboradoras con la Seguridad Social).
Obtención de la Vida Laboral
La vida laboral se obtiene: con certificado digital o mediante correo ordinario.
Obligaciones de las Empresas con la Seguridad Social
- Cotización a la Seguridad Social.
- Afiliación, alta y baja de los trabajadores.
- Inscripción de las empresas, de los trabajadores autónomos, variación de datos y cese de la actividad de la empresa.
Definición de Empresario
Empresario: Es toda persona física o jurídica, pública o privada, a la que prestan sus servicios con la consideración de trabajadores por cuenta ajena o asimilados.
Inscripción de Empresas y Código de Identificación
La inscripción es el acto administrativo por el que la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social) asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones en el respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social (modelo TA6).
Formas y Plazos de Inscripción
- Empresario individual:
- Modelo TA6.
- DNI.
- Documento emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda asignando el Número de Identificación Fiscal en el que conste la Actividad Económica de la Empresa.
- Empresario colectivo y sociedades españolas:
- Ídem anterior.
- Escritura de constitución o certificado de registro.
- Empresario colectivo y sociedades extranjeras:
- Ídem anterior.
- Nombramiento de un representante legal con domicilio en España.
Principios Básicos de la Seguridad Social
- Universalidad.
- Unidad.
- Solidaridad.
- Igualdad.
- Unidad de caja (el Estado es titular de todos los recursos de la Seguridad Social).
Variaciones y Obligaciones del Empresario con la Seguridad Social
El empresario debe comunicar cualquier variación que afecte a los datos declarados en la inscripción de la empresa o apertura de Cuenta de Cotización. Esto incluye:
- Cambio de nombre de la persona física o de la persona jurídica.
- Cambio de domicilio.
- Cambio de entidad que cubre las contingencias profesionales.
- Cambio de actividad económica.
- Cualquier otra variación que afecte a los datos declarados.
Modelos relacionados:
- TA6: Inscripción de la empresa.
- TA7: Variación de datos y bajas.
- TA8: Solicitud de cambio para trabajadores.
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
Campo de Aplicación del RETA
Se aplica al trabajador por cuenta propia o autónomo que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar.
Incluidos en el RETA
- Trabajadores mayores de 18 años que, de forma habitual, personal y directa, realizan una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo.
- Los escritores de libros.
- Comuneros o socios de comunidades de bienes y sociedades civiles irregulares.
Excluidos del RETA
- Aquellos cuya actividad como tales dé lugar a su inclusión en otros regímenes de la Seguridad Social.
Requisitos y Trámites para la Inscripción en el RETA
¿Quiénes están obligados a la inscripción?
El propio trabajador autónomo es responsable directo de cumplir la obligación de solicitar su alta y, en su caso, su afiliación. Subsidiariamente, responderá el trabajador autónomo con respecto a sus familiares colaboradores.
Plazos para Trámites en el RETA
- Alta: 30 días naturales antes del inicio de la actividad.
- Baja/Variaciones: 6 días naturales desde el cese o la variación.
¿Dónde se presenta la documentación?
En la Dirección Provincial de la TGSS o en la administración de la misma.
Documentación a presentar para el RETA
- DNI o tarjeta de extranjero o pasaporte.
- Original y copia del permiso de trabajo o certificación de la excepción al citado permiso.
- Original y copia de cualquier documento o medio de prueba determinante de la procedencia del alta, baja o variación.
- Original y copia del documento de la constitución de la sociedad (si aplica).
Plazos Generales de Trámites con la Seguridad Social
- Inscripción de la empresa: 60 días antes del inicio de la actividad.
- Afiliación y alta de un trabajador: Previo al inicio de la relación laboral.
- Inscripción trabajador autónomo: 30 días antes del inicio de la actividad.
- Bajas y variaciones: 6 días antes del cese o la variación.
Regímenes que Integran la Seguridad Social
- Régimen General de la Seguridad Social.
- Régimen Especial de Estudiantes.
- Régimen Especial de Funcionarios.
- Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Régimen Especial de la Minería del Carbón.
- Régimen Especial de Trabajadores del Mar.